MANRÍQUEZ/PIFFAUT
Rol
O-1292-2017
Fecha
4 de noviembre de 2021
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Gratificaciones legales, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Prestaciones, Reajustes e intereses, Recargos, Subterfugio
Resultado
No especificado
Hechos
ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 03 DE NOVIEMBRE DE 2021 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA SALA VIRTUAL 15 RUC 17-4-0011742-K RIT O-1292-2017 MAGISTRADA ANDREA PAOLA SOLER MERINO ADMINISTRATIVO DE ACTAS FRANCISCO GUERRERO RETAMALES HORA DE INICIO 12:41 HORAS HORA DE TÉRMINO 13:14 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 1740011742-K-1349-211103-00 PARTE DEMANDANTE 1. MARISOL ROMERO ARAYA 2. VÍCTOR MANRÍQUEZ OLIVARES ABOGADO PARTE DEMANDANTE DANIEL PATRICIO CARRASCO TORO FORMA DE NOTIFICACIÓN CORREO ELECTRÓNICO PARTE DEMANDADA 1. MAURICIO FERNANDO PIFFAUT PASSICOT 2. JORGE ALBERTO PIFFAUT PASSICOT 3. INTERTECNO EST S.A. 4. SOCIEDAD DE TRANSPORTES INTERTECNO VALORES S.A. 5. INTERTECNO S.A. (NO COMPARECEN) ACTUACIONES EFECTUADAS: SI NO ORD (HECHO DE HABERSE EFECTUADO O NO, Y SU ORDEN) OBSERVACIONES A LA PRUEBA, PARTE DEMANDANTE X SENTENCIA X Se deja constancia que ninguno de los demandados asiste a la presente audiencia, estando válidamente notificados para la misma. Observaciones a la prueba: La parte demandante realizó las observaciones a la prueba rendida en juicio. Sentencia: Se deja constancia que conforme a lo dispuesto en el acta 71-2016 de la Excelentísima Corte Suprema y lo acordado en acta de Comité de Jueces N° 77-2016 de este Tribunal, la sentencia es pronunciada íntegramente en la audiencia, como consta en el registro de audio, correspondiendo la transcripción únicamente de su parte resolutiva. Parte resolutiva: Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 58, 63, 67, 161, 162, 163, 168, 420 a 462 del Código del Trabajo, se declara: I. Que se acoge la demanda interpuesta por doña MARISOL HERNANDA ROMERO ARAYA y don VÍCTOR LAUTARO MANRÍQUEZ OLIVARES en contra de las empresas SOCIEDAD DE TRANSPORTES INTERTECNO VALORES SA, INTERTECNO EST S.A, INTERTECNO S.A., JORGE ALBERTO PIFFAUT PASSICOT y MAURICIO FERNANDO PIFFAUT PASSICOT, declarándose en
Fundamentos
fundamentos esgrimidos en el presente fallo, debiendo responder de manera solidaria respecto del pago de las indemnizaciones y demás prestaciones laborales que serán ordenadas enterar en virtud de o que será establecido a continuación. II. Que, asimismo,
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 58, 63, 67, 161, 162, 163, 168, 420 a 462 del Código del Trabajo, se declara: I. Que se acoge la demanda interpuesta por doña MARISOL HERNANDA ROMERO ARAYA y don VÍCTOR LAUTARO MANRÍQUEZ OLIVARES en contra de las empresas SOCIEDAD DE TRANSPORTES INTERTECNO VALORES SA, INTERTECNO EST S.A, INTERTECNO S.A., JORGE ALBERTO PIFFAUT PASSICOT y MAURICIO FERNANDO PIFFAUT PASSICOT, declarándose en consecuencia que dichos demandados conforman una unidad económica en los términos del artículo 3° del Código del Trabajo, de acuerdo a los fundamentos esgrimidos en el presente fallo, debiendo responder de manera solidaria respecto del pago de las indemnizaciones y demás prestaciones laborales que serán ordenadas enterar en virtud de o que será establecido a continuación. II. Que, asimismo, se declara la existencia de un subterfugio laboral respecto de los demandados de autos de conformidad a lo establecido en el artículo 507 del Código del Trabajo en virtud de los fundamentos esgrimidos en el presente fallo, condenándose en consecuencia a los demandados de autos al pago de una multa equivalente a 100 Unidades Tributarias Mensuales en virtud de lo establecido en el numeral 2 del artículo 507 antes aludido. III. Que, asimismo, se declara nulo el despido de que fueron objeto los trabajadores demandantes con fecha 19 de diciembre de 2016 al haber existido deuda previsional a la época de terminación de sus servicios, condenándos
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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 03 DE NOVIEMBRE DE 2021 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA SALA VIRTUAL 15 RUC 17-4-0011742-K RIT O-1292-2017 MAGISTRADA ANDREA PAOLA SOLER MERINO ADMINISTRATIVO DE ACTAS FRANCISCO GUERRERO RETAMALES HORA DE INICIO 12:41 HORAS HORA DE TÉRMINO 13:14 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 1740011742-K
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