MUÑOZ/COMERCIAL GIDI HERMANOS Y COMPAÑIA LIMITADA
Rol
C-1761-2019
Fecha
4 de junio de 2020
Materia
OBLIGACIÓN DE DAR, CUMPLIMIENTO
Resultado
No especificado
Hechos
hechos de manera expresaá una pr rroga de plazos de entrega o de ejecuci n de la obligaci n, entienden hasta queó ó ó la demandante decida de manera voluntaria llevarse el tractor desde las bodegas de la Comercial, situadas en la ciudad de Parral, que fue donde se adquiri este mismo. ó Por ltimo se corrobora todo lo expuesto con hechos reales y t citos como en laú á especie es que no se ha alegado alg n deterioro o menoscabo en el bien por parte de laú contraria, situaci n que a todas luces no se produce.ó 2) La del N 14 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil,° í ó esto es, nulidad de la obligaci n, la que funda indicando que la obligaci n alegada por laó ó contraria carece de causa, toda vez que el motivo de esta se basa en presupuestos falaces y err neos al atribuir la mora del deudor como un hecho concreto, que en la especie yó como se explic ac pites m s arriba no es efectiva. En efecto, su representado no est enó á á á C-1761-2019 Foja: 1 mora y nunca ha estado en mora de restituir, ya que por un hecho ajeno a su voluntad -falta de voluntad del demandante- no ha cumplido con la parte de la sentencia -como t tulo ejecutivo- que le ordena a ello. í Agrega que por econom a procesal, da por reproducidos los hechos y el derechoí expuesto ac pites anteriores, y que son base tambi n de esta excepci n.á é ó 3.- A folio 17, la parte ejecutante evacua el traslado a las excepciones solicitando su rechazo, con costas. En relaci n a la excepci n del art culo 464 N 11 del C digo de Procedimientoó ó í º ó Civil, indica que su representado no ha concedido ni otorgado plazo alguno para la entrega de la especie, que no sea el se alado en la sentencia que se trata de cumplir. ñ En relaci n a la excepci n del art culo 464 N 14 del C digo de Procedimientoó ó í º ó Civil, cabe precisar que se est exigiendo el cumplimiento espec fico de una obligaci ná í ó establecida en una sentencia, la que se encuentra firme, y no adolece de vicio de nulidad alguno. 4.- A folio 18, s
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1, comparece don Felipe Z iga Y ez en representaci núñ áñ ó judicial de don Luis Humberto Mu oz Ibarra, quien deduce demanda ejecutiva enñ contra de Comercial Gidi hermanos y C a. Limitada, solicitando se despacheí mandamiento de ejecuci n y entrega en su contra, a fin de que notificado legalmente deó la demanda ejecutiva y requerido para la entrega, proceda a la restituci n del tractoró nuevo New Holland, modelo T punto 5-110 4WD, cabinado, N serie HFD132556, N° ° de motor 311750, diesel, color azul, con costas; concedi ndose fuerza p blica para elé ú caso de oposici n. Lo anterior seg n consta en la parte expositiva de esta sentencia.ó ú SEGUNDO: Que a folio 11, la ejecutada opone las excepciones del N 11 y 14° del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, esto es, la concesi n de esperas o laí ó ó pr rroga del plazo; y nulidad de la obligaci n, respectivamente; ambas fundadas en losó ó argumentos ya expuestos en la parte expositiva de esta sentencia. TERCERO: Que a folio 17 la parte demandante, evacua el traslado a las excepciones opuestas, solicitando su rechazo, por no ser efectivos los fundamentos de ellas. CUARTO: Que la parte ejecutante acompa a folio 1, los siguientesñó documentos: a) Sentencia dictada con fecha 13 de diciembre de 2017, por el Juzgado de Polic a Local de Linares, en causa Rol N 56.592; b) Sentencia dictada con fecha 26 deí ° septiembre de 2018, por la Ilustr sima Corte de Apelaciones de Talca, en causa Rolí N 12-2018/Polic a Local; c) Certificaci n de ejecutoria de las referidas sentencias.° í ó QUINTO: Que la parte ejecutada rindi la siguiente prueba:ó Documental: C-1761-2019 Foja: 1 A folio 30, acompa : a) Certificado de Inscripci n y Anotaciones Vigentes delñó ó tractor marca New Holland, modelo TD5 110, a o 2015, Placa Patente nicañ Ú GWXJ.96-3; b) Certificado de Inscripci n y Anotaciones Vigentes del tractor marcaó Massey Ferguson, modelo MF291T4 4 X 4, a o 2008, Placa Patente nica BBFB.91-0;ñ Ú c) Copia de correos con soluci n de continuidad, enviados entre la parte demandada y eló apoderado del ejecutante. Testimonial: A folio 29 comparece Justo Alberto Seg Seg ,ü ü c dula nacional deé identidad N 7.322.231-1, domiciliado en Villa Parque Cordillera, pasaje Volcan° Lanin N 1888 de Linares, quien previamente juramentado e interrogado al tenor° de los puntos de prueba expone: Que es efectivo que al demandado le fue concedida prorrogas. Ello le consta en su calidad de gerente de Administraci n y Finanzas de Comercial Gidi;ó el tractor materia de este juicio, est hace varios a os en la sucursal de Parralá ñ disponible para su entrega, la que no se ha podido concretar por exigencias del demandante que ha solicitado y que su juicio no tiene la obligaci n de cumplirlasó por no estar referidas en la sentencia original del tribunal. Que en varias oportunidades el abogado de la parte demandante se contact con l e incluso estuvo en su oficina en la que solicitaba se pusieran deó é
Fallo
Fallo Sentencia Definitiva Fecha Ingreso 12 de septiembre de 2019 Materia Cumplimiento de Obligaci n de daró Caratulado Mu oz con Com. Gidi Hermanos y Cia. Ltda.ñ Procedimiento Juicio Ejecutivo Demandante Luis Humberto Mu oz Ibarrañ C.I. 6.276.065-6 Abogado Felipe Humberto Z iga Y ezúñ áñ C.I. 14.027.577-8 Demandado Comercial Gidi hermanos y C a.í Limitada RUT 86.033.500-K Abogado Juan Jos Valenzuela Silvaé C.I. 14.399.523 -2 Juez Paula Luengo Montecino Linares, cuatro de junio de dos mil veinte. VISTOS. 1.- Que a folio 1, comparece don Felipe Humberto Z iga Y ez, abogado, enúñ áñ representaci n judicial convencional de don ó LUIS HUMBERTO MU OZ IBARRAÑ , ambos domiciliados para estos efectos en Calle Arauco 331 oficina n mero 23 deú Chill n, quien interpone demanda en juicio ejecutivo en contra de á COMERCIAL GIDI HERMANOS Y CIA LIMITADA, representada por Alfredo Gidi Thumala, ambos domiciliados en Avenida Le n Bustos N 0897, Linares.ó ° Funda su demanda se alando que por sentencia firme de fecha 13 de diciembreñ de 2017, dictada por el se or Juez del Juzgado de Polic a Local de esta ciudad,ñ í confirmada ntegramente por la Ilustr sima Corte de Apelaciones de Talca, se conden aí í ó la demandada Comercial Gidi hermanos y Compa a Limitada, a la restituci n yñí ó entrega a su representada, del tractor nuevo New Holland, modelo T punto 5-110 4wd, cabinado, N serie HFD132556, N de Motor 311750, Diesel, color azul. ° ° Agrega que la obligaci n es l quida, la especie o cuerpo ci
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C-1761-2019 Foja: 1 FOJA: 42 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Linaresº CAUSA ROL : C-1761-2019 CARATULADO : MU OZ/COMERCIAL GIDI HERMANOS YÑ COMPA IA LIMITADAÑ Causa C-1761-2019 Tipo de Fallo Sentencia Definitiva Fecha Ingreso 12 de septiembre de 2019 Materia Cumplimiento de Obligaci n de daró Caratulado Mu oz con Com. Gidi Hermanos y Cia. Ltda.ñ Procedimiento
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