ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA/SOCIEDAD DE INVERSIONES DUE VITTA LIMITADA
Rol
C-31698-2019
Fecha
3 de junio de 2020
Materia
OTROS EJECUTIVOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Comparece don Boris Alberto Durandeau Stegmann, abogado de la Direcci nó Jur dica de í I. Municipalidad de Lo Barnechea, en representaci n judicial de dichaó Municipalidad, representada legalmente por su Alcalde don Luis Felipe Guevara Stephens, todos con domicilio en Avenida Las Condes Nro. 14.891, comuna de Lo Barnechea; quien interpone demanda ejecutiva por cobro de patentes comerciales y derechos municipales adeudados en contra del contribuyente Sociedad de Inversiones Due Vitta Limitada, representada por Jocelyn Ann Kirberg Rodr guez, domiciliados ení La Dehesa Nro. 1201 Oficina O-407, comuna de Lo Barnechea. Se ala que el contribuyente Sociedad de Inversiones Due Vitta Limitada adeudañ a I. Municipalidad de Lo Barnechea el pago por concepto de las patentes comerciales y derechos municipales por el per odo comprendido entre el 31 de julio de 2012 y el 31 deí julio de 2019, de conformidad al Certificado Nro. 1437 emitido por el Secretario Municipal. Indica que, conforme lo dispone el art culo 47 de la Ley de Rentas Municipales,í Decreto Ley 3.063 de 1979, el certificado que emite el Secretario Municipal, en el que consta la deuda del contribuyente, tiene m rito ejecutivo, conforme a lo expresado en elé art culo 48 de la Ley de Rentas Municipales en relaci n a lo se alado en el art culo 438í ó ñ í del C digo de Procedimiento Civil.ó C-31698-2019 Foja: 1 Concluye se alando que la obligaci n es l quida, actualmente exigible y su acci nñ ó í ó no se encuentra prescrita. En m rito de lo expuesto, y en virtud de las normas citadas y lo dispuesto en losé art culos 434 Nro. 7 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil, solicita tener porí ó presentada demanda ejecutiva en contra de Sociedad de Inversiones Due Vitta Limitada, representada legalmente por Jocelyn Ann Kirberg Rodr guez, ya individualizados, yí ordenar se despache mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra por la suma deó $1.164.238.- m s reajustes, intereses e inter s penal del 1,5% mens
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don Boris Alberto Durandeau Stegmann, abogado, en representaci n judicial de I. Municipalidad de Lo Barnechea, quien interponeó demanda ejecutiva de obligaciones de dar en contra de Sociedad de Inversiones Due Vitta Limitada, representada por Jocelyn Ann Kirberg Rodr guez, indicando que laí demandada le adeuda por concepto de patentes municipales y otros, aquellos giros con vencimiento desde el 31 de julio de 2012 al 31 de julio de 2019, por la suma de $1.164.238.-, m s reajustes, intereses e inter s penal del 1,5% mensual por cada mes oá é fracci n de mes, seg n lo establecido en el art culo 48 de la Ley de Rentas Municipales,ó ú í y costas; de acuerdo a los antecedentes de hecho y de derecho expuestos en su libelo, los que han sido precedentemente rese ados en lo expositivo de esta sentencia.ñ SEGUNDO: Que legalmente notificada y requerida de pago, la ejecutada Sociedad de Inversiones Due Vitta Limitada opone a la ejecuci n seguida en su contra laó excepci n del art culo 464 Nro. 17 del C digo de Procedimiento Civil, esto es, laó í ó prescripci n de la deuda o s lo de la acci n ejecutiva, todo ello seg n lo relacionado enó ó ó ú lo expositivo de esta sentencia. C-31698-2019 Foja: 1 TERCERO: Que evacuando el traslado que le fuere conferido, la ejecutante se allan a la excepci n de prescripci n parcial opuesta por su contraria, respecto del cobroó ó ó de patente municipal con vencimiento entre el 31 de julio de 2012 al 31 de julio de 2016; solicitando continuar con la ejecuci n respecto de las patentes con vencimientoó entre el 31 de enero de 2017 y 31 de julio de 2019, ambas inclusive, con reajustes e intereses correspondientes. CUARTO: Que a fin de acreditar su pretensi n, la parte ejecutante acompaó ñó Certificado Nro. 1437/2019, emitido por el Secretario Municipal de la I. Municipalidad de Lo Barnechea, de fecha 10 de octubre de 2019, que certifica que el monto de la deuda por concepto de patente municipal, que la Sociedad de Inversiones Due Vitta Limitada mantiene con la Municipalidad de Lo Barnechea, asciende a $ 2.186.877.- QUINTO: Que conforme lo dispone el art culo 2492 y siguientes del C digoí ó Civil, la prescripci n es un modo de adquirir las cosas ajenas o de extinguir las accionesó y derechos ajenos por haberse pose do las cosas o no haberse ejercido dichas acciones yí derechos durante cierto lapso de tiempo y concurriendo los dem s requisitos legales. Elá art culo 2497, a su vez, agrega que las reglas relativas a la prescripci n se aplicaní ó igualmente a favor y en contra del Estado, de las iglesias, de las municipalidades, de los establecimientos y corporaciones nacionales, y de los individuos particulares que tienen la libre administraci n de lo suyo. ó SEXTO: Que el art culo 2514 del C digo Civil dispone que í ó “la prescripci n queó extingue las acciones y derechos ajenos exige solamente cierto lapso de tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones. Se cuenta este tiempo de
Fallo
se declara admisible la excepci n, y se cita a las partes a o r sentencia.ó í CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don Boris Alberto Durandeau Stegmann, abogado, en representaci n judicial de I. Municipalidad de Lo Barnechea, quien interponeó demanda ejecutiva de obligaciones de dar en contra de Sociedad de Inversiones Due Vitta Limitada, representada por Jocelyn Ann Kirberg Rodr guez, indicando que laí demandada le adeuda por concepto de patentes municipales y otros, aquellos giros con vencimiento desde el 31 de julio de 2012 al 31 de julio de 2019, por la suma de $1.164.238.-, m s reajustes, intereses e inter s penal del 1,5% mensual por cada mes oá é fracci n de mes, seg n lo establecido en el art culo 48 de la Ley de Rentas Municipales,ó ú í y costas; de acuerdo a los antecedentes de hecho y de derecho expuestos en su libelo, los que han sido precedentemente rese ados en lo expositivo de esta sentencia.ñ SEGUNDO: Que legalmente notificada y requerida de pago, la ejecutada Sociedad de Inversiones Due Vitta Limitada opone a la ejecuci n seguida en su contra laó excepci n del art culo 464 Nro. 17 del C digo de Procedimiento Civil, esto es, laó í ó prescripci n de la deuda o s lo de la acci n ejecutiva, todo ello seg n lo relacionado enó ó ó ú lo expositivo de esta sentencia. C-31698-2019 Foja: 1 TERCERO: Que evacuando el traslado que le fuere conferido, la ejecutante se allan a la excepci n de prescripci n parcial opuesta por su contraria, respecto del
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C-31698-2019 Foja: 1 FOJA: 15 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 14 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-31698-2019 CARATULADO : ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA/SOCIEDAD DE INVERSIONES DUE VITTA LIMITADA Santiago, tres de Junio de dos mil veinte VISTOS: Comparece don Boris Alberto Durandeau Stegmann, abogado de la Direcci nó Jur dica de í I. Municipalidad de Lo Barnechea, en
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