MP C/ JOAQUÍN ALEJANDRO RAMÍREZ TORRES
Rol
O-7786-2022
Fecha
18 de enero de 2023
Materia
CONDUC.SIN LA LICENCIA DEBIDA ART 194 LEY DE TRANSITO.
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y la resolutiva es del siguiente tenor: Y visto además, lo dispuesto en los artículos 1, 7, 14, 15, 25 y 50 del Código Penal; artículos 196 letra de la ley 18290; artículos 36, 45, 47, 295, 297, 340, 342, 346, 348, 393, 394, 395 y 396 del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que se Absuelve a JOAQUÍN ALEJANDRO RAMÍREZ TORRES, ya individualizado, de los cargos formulados de ser autor de un delito de desempeñarse en la conducción de un vehículo motorizado que requiere licencia profesional sin haberla obtenido, hecho que habría acaecido en esta ciudad el día 5 de Octubre del año 2022, por no haberse acreditado los hechos ni la participación, ante la inexistencia absoluta de prueba. II.- Que atendido lo señalado precedentemente, deberán dejarse sin efecto el requerimiento y las medidas cautelares si es que hubiesen sido decretadas III- Que no se condena en costas al imputado, en cuanto al Ministerio Público no se le condenará a ellas por por estimar que obró en el imperativo que establece su ley orgánica respecto de la persecución penal Regístrese y notifíquese. Dictada por Doña María del Pilar Labarca Rocco, Juez de Garantía de Viña del Mar. Código: XXNDXDXMXNJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: XXNDXDXMXNJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-01-20T13:58:04-0300
Fallo
se declara: I.- Que se Absuelve a JOAQUÍN ALEJANDRO RAMÍREZ TORRES, ya individualizado, de los cargos formulados de ser autor de un delito de desempeñarse en la conducción de un vehículo motorizado que requiere licencia profesional sin haberla obtenido, hecho que habría acaecido en esta ciudad el día 5 de Octubre del año 2022, por no haberse acreditado los hechos ni la participación, ante la inexistencia absoluta de prueba. II.- Que atendido lo señalado precedentemente, deberán dejarse sin efecto el requerimiento y las medidas cautelares si es que hubiesen sido decretadas III- Que no se condena en costas al imputado, en cuanto al Ministerio Público no se le condenará a ellas por por estimar que obró en el imperativo que establece su ley orgánica respecto de la persecución penal Regístrese y notifíquese. Dictada por Doña María del Pilar Labarca Rocco, Juez de Garantía de Viña del Mar. Código: XXNDXDXMXNJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: XXNDXDXMXNJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-01-20T13:58:04-0300
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SENTENCIA: Fecha Viña del Mar, dieciocho de enero de dos mil veintitrés RUC 2200986264-5 RIT 7786 - 2022 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA JOAQUÍN ALEJANDRO RAMÍREZ TORRES 002032122 7-5 Sector POB. OHIGGINGS CALLE TOCOPILLA Nº 1521 La Calera. Vistos y oídos los intervinientes: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y la resolutiv
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