NUTREX SPA/
Rol
V-10-2018
Fecha
3 de junio de 2020
Materia
MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: A folio 1, comparece don Eduardo Abdala Delgado, chileno, casado, contador, c dula de identidad N 4.326.138-K, domiciliado ené ° calle Ochandia N 1599 de la comuna de Vallenar, en representaci n de° ó NUTREX SPA, sociedad del giro minero, RUT N 76.425.111-3,° domiciliado en Avenida Andr s Bello N 2711, piso 8, comuna de Lasé ° Condes, Santiago, quien presenta solicitud de constituci n de concesi nó ó minera de explotaci n.ó Expone que, su representada actualmente es titular de la concesi n de exploraci n LA PIEDRA 33", constituida por sentencia deló ó “ Primer Juzgado de Letras de Los Andes, con fecha 11 de abril de 2016, inscrita a fojas 600 N 252 del Registro de Descubrimientos del° Conservador de Minas de Los Andes, correspondiente al a o 2016. Elñ pedimento respectivo se present el d a 16 de octubre de 2015.ó í Deseando constituir concesi n minera de explotaci n y enó ó ejercicio del derecho que otorga la concesi n de exploraci n LAó ó “ PIEDRA 33", de propiedad de su representada, actualmente vigente, seg n consta en certificado de dominio vigente acompa ado en el primerú ñ otros de esta presentaci n y de acuerdo a lo que dispone el art culo 114í ó í del C digo de Miner a en relaci n con el N 5 del art culo 44 del mismoó í ó ° í cuerpo legal, viene en manifestar un yacimiento productor de minerales concesibles situado en terrenos abiertos e incultos. El Punto de Inter sé est ubicado en la comuna de Los Andes, provincia de Los Andes,á Foja: 1 Quinta Regi n de Valpara so, y sus coordenadas U.T.M. son lasó í siguientes: Norte 6.348.500,00 metros; y Este 403.000,00 metros. Por la presente manifestaci n solicita se concedan 40 pertenenciasó de 5 hect reas cada una, que se denominar n sucesiva y respectivamenteá á LA PIEDRA 33 1 al 40".“ El grupo de pertenencias solicitadas tiene la forma de un rect ngulo cuya superficie total es de 200 hect reas y cuyos lados deá á orientaci n Norte-Sur U.T.M. medir n 1.000 metros y en orientaci nó á ó Este-Oeste U.T.M. med
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO. Que se cumplieron todos los tr mites y diligenciasá establecidas en la ley, en tiempo y forma; y no existen faltas o ilegalidades sobre las que este Tribunal deba pronunciarse. Tampoco se han constatado vicios procesales que resten valor al procedimiento ni caducidades que lo afecten, y existiendo informe t cnicoé favorable, y no habi ndose producido oposici n, procede declararé ó constituidas las pertenencias mineras solicitadas. SEGUNDO. Que en estas circunstancias y atendido a lo dispuesto en el art culo 85 y 87 del C digo de Miner a, s lo corresponde acceder a laí ó í ó solicitud y declarar constituido el pedimento. Con lo relacionado anteriormente y lo dispuesto, adem s, en losá art culos 34, 35, 36, 37, 38, 40, 43, 46, 47, 48, 50, 51, 52, 55, 56, 57, 58,í 86, 87, 89 y 90 del C digo de Miner a, y 817 del C digo deó í ó Procedimiento Civil, e declara: I.- Que se tienen por constituidas las pertenencias mineras LA“ PIEDRA 33 1 AL 40 , a favor de NUTREX SPA, ya individualizado,” cuyo pedimento minero fue presentado ante el Primer Juzgado de Letras de Los Andes, con fecha 16 de octubre de 2015, de una superficie de 200 hect reas, cuyas coordenadas U.T.M. de los v rtices de su per metro yá é í del punto de inter s son las siguientes:é PUNTO O VERTICE NORTE UTM (mts.) ESTE UTM (mts.) PM 9.348.500,00 403.000,00 Foja: 1 L1 6.349.000,00 402.000,00 L2 6.349.000,00 404.000,00 L3 6.348.600,00 404.000,00 L4 6.348.600,00 402.900,00 II.- Que se aprueba el acta de mensura de fecha 6 de enero de 2019, que rola a folio 17, y el plano de mensura del grupo de pertenencias “LA PIEDRA 33 1 AL 40” III.- Inscr base esta sentencia constitutiva en el Registro deí Propiedad del Conservador de Minas de Los Andes, conjuntamente con copia del acta y plano de mensura. V.- Publ quese en extracto esta sentencia antes de proceder a laí inscripci n ordenada en el N III, y;ó º VI.- Ejecutoriada esta sentencia rem tase copia de ella, asimismoí original del plano de folio 17 al Servicio Nacional de Geolog a y Miner aí í de Quilpu .é Reg strese, notif quese y arch vese, en su oportunidad.í í í Rol N V-10-2018° Dictada por Silvia Ivonne Sanhueza Zapata, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras de Los Andes. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. y se notific por el estado diario la sentencia precedente, enó Los Andes, tres de Junio de dos mil veinte Foja: 1 Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-06-03T12:15:07-0400
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Foja: 1 FOJA: 36 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Los Andesº CAUSA ROL : V-10-2018 CARATULADO : NUTREX SPA/ Los Andes, tres de Junio de dos mil veinte VISTOS: A folio 1, comparece don Eduardo Abdala Delgado, chileno, casado, contador, c dula de identidad N 4.326.138-K, domiciliado ené ° calle Ochandia N 1599 de la comuna de Vallenar, en representaci n de° ó NU
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