DIEGO ALEXIS MARDONES OYARCE C/ CARLOS JOSE ATENCIO NAVA
Rol
O-5099-2022
Fecha
19 de enero de 2023
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: “El día de diciembre de , alrededor de las : horas aproximadamente, el imputado condujo en estado de ebriedad y sin haber obtenido licencia de conducir el vehículo placa patente HHSV. , por la comuna de Las Condes y a la altura de la Calle Roberto Peragallo N° fue fiscalizado por funcionarios policiales quienes pudieron percatarse que el imputado mantenía signos físicos de estar bajo la ingesta de alcohol, lo cual fue corroborado por Intoxilyzer que arrojó un resultado de . gramos de alcohol por litro de sangre y examen de alcoholemia de . gramos por mil de alcohol por litro de sangre.” I. Que se condena a CARLOS JOSE ATENCIO NAVA, ya individualizado, a la pena de SESENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado mínimo y multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, en calidad de autor del delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia de conducir, prescrito y sancionado en el artículo Inciso ° en relación al artículo Inciso ° y artículo , en relación al art. inciso ° de la ley 8. , en grado de desarrollo consumado, perpetrado el día de diciembre de , en la comuna de Las Condes, y a las accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y se le exime del pago de las costas de la causa. Se impone además la pena accesoria de prohibición de obtener licencia de conducir por el plazo de años, sin abonos. II. Que reuniéndose en la especie los requisitos contemplados en el artículo de la Ley 8. , se le sustituye la pena corporal impuesta por REMISIÓN CONDICIONAL debiendo cumplir con dicha pena en el Centro de reinserción social Santiago, ubicado en calle Santo Domingo N° 8 , comuna de Santiago, por el plazo de UN AÑO, la que comenzará el día de enero . Si debiere cumplir efectivamente privado de libertad la pena corporal impuesta, ésta se le contará desde que se presente o sea habido, sin abonos. III. Que, la pena de multa se le autoriza pagarla dentro de un plazo de días. IV. Una
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4° Juzgado de Garantía de Santiago Av. Pedro Montt 1606, 9º piso, Edificio B. Fono: 02 29 300 Fax: 02 29 3 3 Centro de Justicia de Santiago Pág. COMPLEMENTO DE SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Santiago, diecinueve de enero de dos mil veintitrés. TRIBUNAL: CUARTO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: ANDREA PAOLA OSORIO GANDERATS RUC: - RIT: - IMPUTADO: CARLOS JOSE AT
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