Juzgado de Letras de Colina

SCHALCHLI/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE COLINA

Rol

C-2847-2020

Fecha

3 de junio de 2020

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: A folio 1 comparece do a Scarlette Suhail Schalchli Almonacid, domiciliada enñ calle Oscar Bonilla N 209, Poblaci n Oscar Bonilla, comuna de Colina, debidamente° ó representado por do a Marjorie Mart nez Fern ndez, abogada de la Corporaci n deñ í á ó Asistencia Judicial, domiciliada en avenida Concepci n N 555, comuna de Colina, quienó ° interpone demanda de prescripci n extintiva de la acci n de cobro de deuda de aseoó ó domiciliario en contra de la Ilustre Municipalidad de Colina, representada por don Mario Olavarr a Rodr guez, Alcalde de la comuna, ambos domiciliados en calle Colinaí í N 700, comuna de Colina.° Funda su demanda en el hecho de ser dueña del inmueble ubicado en calle Oscar Bonilla N 209, Poblaci n Oscar Bonilla, comuna de Colina, inmueble respecto del cual° ó adeuda el pago de derechos de aseo domiciliario por el periodo comprendido entre el 31 de marzo de 2014 hasta el 31 de diciembre de 2014, por un monto total de $90.628.- que corresponde a $38.684.- por concepto de monto bruto impago; $7.011.- correspondiente a cargo de IPC; y $44.933.- por concepto de intereses totales. Finalmente solicita tener por presentada la demanda, en contra de la Ilustre Municipalidad de Colina, ya individualizada, se declare la prescripci n de la acci n deó ó cobro de aseo domiciliario por la suma de $90.628.- respecto de la propiedad se alada, yñ en definitiva extinguir la obligaci n devengada en el periodo comprendido entre el 31ó de marzo de 2014 hasta el 31 de diciembre de 2014, liber ndola del pago de la sumaá referida. A folio 4 se da curso a la demanda y se concede el traslado respectivo. A folio 6 comparece don David Vega Becerra, abogado en representaci n de laó Ilustre Municipalidad de Colina, quien se notifica expresamente de la demanda de autos. En la misma presentaci n se ala aceptar la demanda interpuesta en contra de suó ñ representada, conforme a lo se alado en el art culo 313 del C digo de Procedimientoñ í ó Civil y en virtud de los argume

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1 do a Scarlette Suhail Schalchli Almonacid acciona enñ contra de la Ilustre Municipalidad de Colina, representada por don Mario Olavarr aí C-2847-2020 Foja: 1 Rodr guez, todos ya individualizados, conforme a los fundamentos expuestos y peticionesí formuladas en la primera parte de este sentencia, los que se dan por reproducidos. SEGUNDO: Que la demandada se notifica expresamente y viene en aceptar los hechos se alados por la contraria en su libelo conforme a lo se alado en el art culo 313ñ ñ í del C digo de Procedimiento Civil.ó TERCERO: Que en conformidad a lo dispuesto en la norma invocada por la demandada el Tribunal cit inmediatamente a las partes a o r sentencia.ó í CUARTO: Que, para acreditar los fundamentos de su pretensi n, el actor,ó acompa en la demanda: 1) Certificado de deuda de derechos municipales; 2)ñó Inscripci n de dominio; 3) C dula de identidad.ó é QUINTO: Que, como bien ha se alado la demandante, en conformidad a loñ dispuesto en el art culo 2521 del C digo Civil, la acci n de cobro de derechosí ó ó domiciliarios de aseo prescribe en el t rmino de tres a os, toda vez que tiene por objetoé ñ el cobro de un impuesto municipal, no admiten suspensi n alguna y se interrumpe desdeó que interviene pagar u obligaci n escrita, o concesi n de plazo por el acreedor; oé ó ó requerimiento -Art. 2523 del C digo Civil-.ó SEXTO: Que en ausencia de controversia y coincidiendo, adem s, con el m ritoá é de autos y de los antecedentes fundantes de la demanda, y que han transcurrido m s deá tres a os desde el vencimiento de las cuotas correspondientes al periodo comprendidoñ entre el 31 de marzo de 2014 y el 31 de diciembre de 2014, cuya prescripci n se alega,ó y en ausencia de interrupci n natural y/o civil de la prescripci n alegada, se acoger laó ó á demanda respecto de los per odos antes se alados.í ñ

Fallo

Por estas consideraciones y vistos, adem s, lo dispuesto en los art culos 160, 170,á í 254, 698 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil, art culos 2521 y 2523 deló í C digo Civil; y dem s normas legales pertinentes, se declara:ó á I.- Que se acoge la demanda de prescripci n de derechos de aseo domiciliario yó se declara extinta la obligaci n devengada en el periodo comprendido entre el 31 deó marzo de 2014 hasta el 31 de diciembre de 2014. II.- Que cada parte soportar sus costasá . Reg strese, notif quese y archivase en su oportunidad.í í Rol C-2847-2020 Dictada por do a Andrea Coppa Hermosilla, Juez Titular Juzgado de Letras deñ Colina Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Colina, tres de Junio de dos mil veinte Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-06-03T10:15:08-0400

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C-2847-2020 Foja: 1 FOJA: 8 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Colina CAUSA ROL : C-2847-2020 CARATULADO : SCHALCHLI/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE COLINA Colina, tres de Junio de dos mil veinte VISTOS: A folio 1 comparece do a Scarlette Suhail Schalchli Almonacid, domiciliada enñ calle Oscar Bonilla N 209, Poblaci n Oscar Bonilla, comuna de Colina, debidamente° ó repre

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