SOCIEDAD AGRICOLA QUELEN LIMITADA/
Rol
V-263-2019
Fecha
2 de junio de 2020
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
Visto: En el folio 1, se presenta Hugo Prieto Rojas, chileno, casado, abogado, cédula de identidad 11.947.423-K, en representación según se acredita de Sociedad Agrícola Quelen Limitada, Rut 76.047.022-8, ambos con domicilio en Magdalena 140, piso 20, comuna de Las Condes quien deduce una petición minera de concesión de exploración que denominará SAN MATIAS 26, ubicada en la comuna de Los Ángeles, Provincia del Biobío, Región del Biobío. Funda su pretensión señalando que el punto medio de la cara superior de la concesión que se solicita está ubicada en la intersección de las coordenadas U.T.M. Norte: 5.855.569,00 metros y Este: 720.900,00 metros, referidas al Elipsoide Internacional 1924, Datum La Canoa 1956, Zona 18. Agrega que la superficie de la concesión de exploración tiene forma de rectángulo con una superficie de 200 hectáreas de terreno, con 2.000 metros de largo en el sentido Norte-Sur U.T.M. y 1.000 metros los lados orientados Este-Oeste. En el folio 2, se certificó que esta solicitud fue presentada en Secretaría del Tribunal con fecha 10 de diciembre de 2019 a las 16:14 horas, anotada en el Registro de Minas con el rol N° 101. En el folio 8, se encuentra agregado el formulario 10 y 41. En el folio 8, rola la inscripción de la solicitud de pedimento en el Registro de Descubrimiento de Minas, a cargo del señor Conservador de Minas de Los Ángeles, de fojas 724, N° 343, del 2019. En el folio 8, se encuentra agregada la publicación de la solicitud de pedimento minero en el Boletín de Minería de Santiago, efectuada el día 6 de enero de 2020. En folio 11, se lee el oficio N° 000739, del Servicio Nacional de Geología y Minería que se pronuncia sobre los aspectos técnicos de la concesión de exploración denominada SAN MATIAS 26, Rol Nacional 08401-0639-K, documento de 15 de abril de 2020. La referida institución informa que los aspectos técnicos de la solicitud y plano de la concesión se encuentran conforme con las disposiciones legales vigentes, por cuanto l
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en folio 1, se presenta don Hugo Prieto Rojas, en representación de Sociedad Agrícola Quelen Limitada, quien deduce una petición minera de concesión de exploración respecto de una concesión que denominará SAN MATIAS 26, por los fundamentos de hecho y de derecho ya señalados en la expositiva de esta sentencia. SEGUNDO: Que, con el mérito de los antecedentes y documentos reseñados precedentemente, este sentenciador concluye que se ha dado cabal cumplimiento a lo establecido en el artículo 55 del Código de Minería, por cuanto se han seguido todos los requisitos establecidos en la ley, cuya omisión o retardo acarrea la caducidad de los derechos emanados del pedimento. TERCERO: Que, a consecuencia de lo señalado, este tribunal accederá a la petición minera de la explotación solicitada. Por lo que de acuerdo a como se han venido razonando y teniendo presente lo establecido en los artículos 2, 24, 34, 35, 37, 55, 56, 57, 86, 87 y demás pertinentes del Código de Minería, declaro: 1. Que se acoge la solicitud de petición minera de exploración impetrada en folio 1. 2. Que en consecuencia se tiene por legalmente constituida la concesión de exploración minera MATIAS 26 a favor de Sociedad Agrícola Quelen Limitada., representada por Hugo Prieto Rojas, titular del pedimento de folio 1, ubicada en la comuna de Los Ángeles, provincia y región del Biobío, de 200 hectáreas. Las coordenadas UTM del punto medio y de los vértices de perímetro de la concesión de exploración otorgadas son: Punto medio: Norte, 5.855.569,00 metros; Este, 720.900,00 metros. a. Vértice 1: Norte, 5.856.569,00 metros; Este, 720.400,00 metros. b. Vértice 2: Norte, 5.856.569,00 metros; Este, 721.400,00 metros. c. Vértice 3: Norte, 5.854.569,00 metros; Este, 721.400,00 metros. d. Vértice 4: Norte 5.854.569,00 metros; Este, 720.400,00 metros. 3. Que se aprueba el plano de la misma concesión de exploración de folio 8, cuyo plano original se encuentra en custodia del tribunal. 4. Publíquese el extracto de esta sentencia en conformidad a lo dispuesto por el artículo 90 del Código de Minería. 5. Inscríbase esta sentencia en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de esta ciudad de Los Ángeles, previa publicación ordenada en el numeral anterior, dentro del plazo de 120 días, contados desde la fecha de la presente sentencia. 6. Hecho, archívese el plano acompañado en la forma dispuesta en el artículo 239 del Código de Minería, agregándolo al referido registro. 7. Otórguese copia autorizada de esta sentencia y el original del plano para ser entregados. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Los Angeles, dos de Junio de dos mil veinte Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continen
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de Los Angeles CAUSA ROL : V-263-2019 CARATULADO : SOCIEDAD AGRICOLA QUELEN LIMITADA/ Los Angeles, dos de Junio de dos mil veinte Visto: En el folio 1, se presenta Hugo Prieto Rojas, chileno, casado, abogado, cédula de identidad 11.947.423-K, en representación según se acredita de Sociedad Agrícola Quelen Limitada, Rut 76.047.022-8, am
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