Juzgado de Garantía de San Antonio.

MP C/ MARTÍN DAVID GONZÁLEZ ÁLVAREZ

Rol

O-2679-2020

Fecha

18 de enero de 2023

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos materia del requerimiento.  La defensa solicita se decrete el sobreseimiento de conformidad al art.250 letra a del Código Procesal Penal, respecto de la infracción del art. 318 del Código Penal  El Ministerio Público solicita se resuelva conforme a derecho.  Tribunal resuelve: se accede a la solicitud de la defensa, se decreta el sobreseimiento total y definitivo de conformidad al art.250 letra a del Código Procesal Penal.  El imputado acepta responsabilidad en los hechos materia del requerimiento respecto del delito de robo en lugar no habitado.  Tribunal dicta sentencia condenatoria.  Las partes renuncian a los plazos y recursos legales, dese cumplimiento a lo dispuesto en el art. 468 del Código Procesal Penal.  Déjese sin efecto las medidas cautelares si las hubieran. HECHOS: El día 19 de mayo del año 2020, alrededor de las 00:50 hrs. los imputados, previamente concertados, con ánimo de lucro y contra la voluntad de su dueño, concurrieron hasta el local comercial tipo almacén, ubicado en calle Cristo Rey nº201, sector Llo-Lleo, San Antonio, de propiedad de don Fernando Tapia Galleguillos, donde la imputada KAREN GRETEL ARELLANO HERRERA escaló el cierre perimetral de aproximadamente 2 metros, luego una reja de la bodega, y sustrajo desde allí 18 botellas de bebidas de distintas marcas y 02 botellas de cloro, especies que entregaba al imputado MARTIN DAVID GONZÁLEZ ALVAREZ que permanecía en el exterior y que este iba guardando en un coche, siendo sorprendidos Código: XZHVXDSBSPX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl por carabineros y detenidos. Los imputados, al transitar en la vía pública el día y hora señalados, en calle Cristo Rey nº201 , San Antonio, sin contar con autorización que los habilitara para ello e infringiendo el toque de queda, pusieron en peligro la salud pública con dicha acción, al infringir la medida dispuesta por la autoridad sanitaria a través de Resolución Exent

Fallo

Se declara la legalidad de la detención, se despachan las contraordenes a favor del imputado.  Se da lectura a los hechos materia del requerimiento.  La defensa solicita se decrete el sobreseimiento de conformidad al art.250 letra a del Código Procesal Penal, respecto de la infracción del art. 318 del Código Penal  El Ministerio Público solicita se resuelva conforme a derecho.  Tribunal resuelve: se accede a la solicitud de la defensa, se decreta el sobreseimiento total y definitivo de conformidad al art.250 letra a del Código Procesal Penal.  El imputado acepta responsabilidad en los hechos materia del requerimiento respecto del delito de robo en lugar no habitado.  Tribunal dicta sentencia condenatoria.  Las partes renuncian a los plazos y recursos legales, dese cumplimiento a lo dispuesto en el art. 468 del Código Procesal Penal.  Déjese sin efecto las medidas cautelares si las hubieran. HECHOS: El día 19 de mayo del año 2020, alrededor de las 00:50 hrs. los imputados, previamente concertados, con ánimo de lucro y contra la voluntad de su dueño, concurrieron hasta el local comercial tipo almacén, ubicado en calle Cristo Rey nº201, sector Llo-Lleo, San Antonio, de propiedad de don Fernando Tapia Galleguillos, donde la imputada KAREN GRETEL ARELLANO HERRERA escaló el cierre perimetral de aproximadamente 2 metros, luego una reja de la bodega, y sustrajo desde allí 18 botellas de bebidas de distintas marcas y 02 botellas de cloro, especies que entregaba al imputado

Texto Completo (Preview)

Individualización de Audiencia de control de la detención.. Fecha San Antonio., dieciocho de enero de dos mil veintitrés Magistrado DANIEL OMAR ZUÑIGA RIVAS Fiscal FRANCISCO MARTINEZ SALDIAS Defensor KAREN NEIRA MARTINEZ Hora inicio 11:57AM Hora termino 12:05PM Sala Sala 2/SEMIPRESENCIAL Tribunal Juzgado de Garantía de San Antonio. Acta dmm RUC 2000503778-7 RIT 2679 - 2020 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRE

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