QUEBRADA SECA SPA/
Rol
V-297-2019
Fecha
2 de junio de 2020
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS y
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1º) Que con fecha 30 de diciembre de 2019, don ÁLVARO IRIARTE BARÓN, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad N° 16.359.871-K, domiciliado en Avenida Holanda N° 87, Departamento 201, comuna de Providencia, de la ciudad de Santiago, en representación de QUEBRADA SECA SpA, RUT N° 76.917.677-2, persona jurídica del giro de su denominación, con domicilio en Rosario Norte N° 532, Piso 19, comuna de Las Condes, Santiago, solicit ó la concesión de exploración denominada “OTA 37B” ubicada en la comuna de Ovalle, Provincia de Limarí, Región de Coquimbo. 2º) Que con fecha 8 de enero de 2020, el pedimento fue inscrito a fojas 93 N° 46 del Registro de Descubrimientos de Minas del Conservador de Minas de Ovalle, año 2020. 3º) Que con fecha 30 de enero de 2020, la inscripción del pedimento fue publicada en el Diario Oficial, Sección VII, del Boletín Oficial de Minería N° 42.566. 4°) Lo informado por el Servicio Nacional de Geología y Minería, mediante OF. ORD. N° 0867, de fecha 18 de abril de 2020. 5°) Que las coordenadas UTM, de cada uno de los vértices del perímetro de la concesión son las siguientes: VERTICE NORTE(mts.) ESTE (mts.) P.M. 6.624.200,00 241.900,00 V1 6.624.700,00 240.900,00 V2 6.624.700,00 242.900,00 V3 6.623.700,00 242.900,00 Foja: 1 V4 6.623.700,00 240.900,00 6º) Lo dispuesto en los art culos 55, 56, í 57 y 58 del Código de Minería: RESUELVO: Se aprueba el plano y
Fallo
se declara constituida la concesión minera de exploración denominada “OTA 37B”, en favor de QUEBRADA SECA SPA, ya individualizada, con una superficie de 200 hectáreas, ubicadas en la comuna de Ovalle, Provincia de Limarí, Región de Coquimbo. Extráctese la sentencia tal como lo estipula el Artículo 90 del Código de Minería y publíquese en el Boletín Oficial de Minería. Inscríbase copia de esta sentencia y archívese en el Conservador de Minas de Ovalle, conjuntamente con una copia del plano, en conformidad a la Ley. Remítase copia de esta sentencia constitutiva al Servicio Nacional de Geología y Minería. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Rol N° 297-2019 Dictada por do a MARñ ÍA ALEJANDRA RÍOS TEILLIER, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras de Ovalle. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Ovalle, dos de Junio de dos mil veinte Foja: 1 Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-06-02T15:50:34-0400
Texto Completo (Preview)
Foja: 1 FOJA: 11 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Ovalleº CAUSA ROL : V-297-2019 CARATULADO : QUEBRADA SECA SPA/ Ovalle, dos de Junio de dos mil veinte VISTOS y CONSIDERANDO: 1º) Que con fecha 30 de diciembre de 2019, don ÁLVARO IRIARTE BARÓN, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad N° 16.359.871-K, domiciliado en Avenida Holanda N° 87, Departam
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