FISCALIA LOCAL VILLA ALEMANA C/ JUAN MARCOS GONZÁLEZ URRA
Rol
O-1027-2022
Fecha
18 de enero de 2023
Materia
VIOLACION DE MORADA.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: El día 01 de junio del año 2022 alrededor las 00:20 horas el imputado JUAN MARCOS GONZÁLEZ URRA, llegó hasta el frontis del domicilio ubicado en calle Llanos de Challe 2131 Villa Alemana, donde mora su ex conviviente, la víctima Joselyn Bravo Hidalgo y luego de llamarla a viva voz desde el exterior, abrió la puerta principal e ingresó sin el consentimiento de la víctima, huyendo del lugar, cuando supo que habían llamado a carabineros. Que, por estas consideraciones, y según lo dispuesto en el artículo 1ro, 7mo, 14, 15, 18, 21, 25 y 296 N°3 del Código Penal; artículos 47, 48, 297, 388, 395 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: 1.- Que se absuelve al imputado JUAN MARCOS GONZALEZ URRA, Cédula de Identidad N° 15.430981-0 de la acusación de ser autor de delito de VIOLACION DE MORADA. 2.- Que no se condena en costas para el Ministerio Público, atendido lo dispuesto en el art. 48 del Código Procesal Penal, estimando que tuvo motivo plausible para litigar en esta causa. En su momento dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Código: MLDVXDENXKX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Se dejan sin efecto las medidas cautelares decretadas. Resolvió doña DANIELA ALEJANDRA RODRIGUEZ NIÑO, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Villa Alemana. Código: MLDVXDENXKX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-01-18T16:42:00-0300
Fallo
por estas consideraciones, y según lo dispuesto en el artículo 1ro, 7mo, 14, 15, 18, 21, 25 y 296 N°3 del Código Penal; artículos 47, 48, 297, 388, 395 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: 1.- Que se absuelve al imputado JUAN MARCOS GONZALEZ URRA, Cédula de Identidad N° 15.430981-0 de la acusación de ser autor de delito de VIOLACION DE MORADA. 2.- Que no se condena en costas para el Ministerio Público, atendido lo dispuesto en el art. 48 del Código Procesal Penal, estimando que tuvo motivo plausible para litigar en esta causa. En su momento dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Código: MLDVXDENXKX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Se dejan sin efecto las medidas cautelares decretadas. Resolvió doña DANIELA ALEJANDRA RODRIGUEZ NIÑO, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Villa Alemana. Código: MLDVXDENXKX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-01-18T16:42:00-0300
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SENTENCIA EN JUICIO ORAL SIMPLIFICADO Fecha: Villa Alemana, dieciocho de enero de dos mil veintitrés. Nombre imputado: JUAN MARCOS GONZALEZ URRA Cédula de Identidad N° 15.430.981-0 RUC: 2200529799-4 RIT: 1027-2022 HECHOS: El día 01 de junio del año 2022 alrededor las 00:20 horas el imputado JUAN MARCOS GONZÁLEZ URRA, llegó hasta el frontis del domicilio ubicado en calle Llanos de Challe 2131 Vill
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