Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talca.

MP C/ JAIME ENRIQUE VERDUGO MUÑOZ

Rol

O-279-2022

Fecha

18 de enero de 2023

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Que el día trece de enero del presente año, ante una de las salas del Tribunal Oral en lo Penal de Talca, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral para conocer la acusación dirigida contra JAIME ENRIQUE VERDUGO MUÑOZ, cédula de identidad N°16.726.455-7, 35 años, nacido en Talca el 10 de septiembre de 1987, soltero, temporero, octavo básico cursado, domiciliado en domiciliado en Avda. Huamachuco Nº1437, Comuna de San Clemente.- Fue parte acusadora en el presente juicio el Ministerio Público, representado por el Fiscal doña Yessica Gallardo Cortés y la defensa fue ejercida por la Defensora Penal Pública, doña Marcela Cameron Maureira, ambas con domicilio registrado en este tribunal.-

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la imputación efectuada por el Ministerio Público en contra del acusado, según el auto de apertura, es del siguiente tenor: El cuanto a los hechos: “Con fecha 17 de mayo de 2022, en horas de la tarde, el acusado JAIME ENRIQUE VERDUGO MUÑOZ, en su domicilio de calle Jorge Alessandri Nro. 367 Comuna de San Clemente, procedió a vender a un consumidor que llego al lugar en un vehículo, 06 Envoltorios papel cuaderno cuadriculados contenedores de 2,1 gramos de Pasta Base de Cocaína. Con fecha 18 de mayo de 2022, un agente revelador, debidamente autorizado concurrió al domicilio de calle Jorge Alessandri Nro. 367 Comuna de San Clemente, donde el imputado JAIME ENRIQUE VERDUGO MUÑOZ, vendió en la suma de $ 10.000. (Diez Mil Pesos) 03 (Tres) Envoltorios papel cuaderno cuadriculados contenedores de 1 gramo peso bruto de Pasta Base de Cocaína. El día 14 de junio de 2022, siendo las 17:30 horas, personal de la sección OS 7 de Carabineros de Chile de Talca, debidamente autorizada, procedieron a la entrada y registro del domicilio de Calle Jorge Alessandri Nro. 367 Comuna de San Clemente, sorprendiendo al imputado JAIME ENRIQUE VERDUGO MUÑOZ, mismo lugar donde los días 17 y 18 de mayo el imputado vendió pasta base, guardando sin permiso de la autoridad competente, en el interior de la vivienda específicamente en una dependencia destinada a baño en un plato de loza color blanco 3 gramos de Pasta Base de cocaína, la que intentaba arrojar al inodoro Código: RXKZXDXHHLX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 con la finalidad que desapareciera, asimismo sobre un mueble ubicado en la dependencia destinada a living comedor en un estuche plástico el acusado mantenía 232,8 gramos peso bruto de Marihuana. El imputado además guardaba especies asociadas a la dosificación de droga, esto es, en la parte inferior del mismo mueble una balanza digital color blanco marca Digital Scale y 01 (Un) cuaderno color blanco/café Marca Auca con sus hojas cuadriculadas recortadas. El acusado no justifico que la droga estuviera destinada a su uso, y/o consumo, exclusivo y próximo en el tiempo o aun tratamiento médico sin perjuicio que por su cantidad y las circunstancias del hecho estaban destinada a ser distribuida a terceros. Sometidas a la prueba de campo de rigor tanto pasta base como la marihuana arrojaron coloración positiva a los principios activos de la pasta base de cocaína y de THC”. A juicio del ministerio público, los hechos descritos son constitutivos del delito de TRÁFICO DE DROGAS, previsto y sancionado en el artículo 3° de la Ley N° 20.000, atribuyendo al acusado participación en calidad de autor en grado consumado. Agrega que en la especie no concurren circunstancias modificatorias de responsabilidad penal, por lo que pide se imponga al acusado JAIME ENRIQUE VERDUGO MUÑOZ, la pena de 5 años y 1 día de presidio mayor en su grado mínimo y multa de 40 unidades tributarias mensuales

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1°, 7, 14 N°1, 15 N°1, 18, 21, 24, 26, 30, 49, 50, 68, 69 y 70 del Código Penal; 4, 45 y 46 de la Ley N° 20.000; 1° de su Reglamento; y 1°, 37, 45, 46, 47, 295, 296, 297, 315, 329, 333, 338, 340, 341, 342, 344 y 348 del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que se CONDENA a JAIME ENRIQUE VERDUGO MUÑOZ, ya individualizado, en calidad de autor del delito consumado de tráfico de pequeñas cantidades de estupefacientes, relativo a cocaína base, Código: RXKZXDXHHLX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 15 cometido en San Clemente, entre los días 17 de mayo de 2022 y 14 de junio de 2022, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DIAS de presidio menor en su grado medio y al pago de una multa equivalente a DOS Unidades Tributarias Mensuales, más las accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II.- Por no reunirse los requisitos legales, no se concede al sentenciado, ninguno de los beneficios contemplados en la Ley N° 18.216; debiendo cumplir efectivamente la sanción, la que se empezará a contar desde que la presente sentencia se encuentre ejecutoriada; considerándose como abono en su favor, el tiempo que ha permanecido ininterrumpidamente privado de libertad con motivo de esta causa, esto es, 218 días, contados desde el 14 de junio de 2022, según consta en el auto de apertura respectivo. III.- La multa impuesta deberá ser pag

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1 Talca, dieciocho de enero de dos mil veintitrés. VISTO: Que el día trece de enero del presente año, ante una de las salas del Tribunal Oral en lo Penal de Talca, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral para conocer la acusación dirigida contra JAIME ENRIQUE VERDUGO MUÑOZ, cédula de identidad N°16.726.455-7, 35 años, nacido en Talca el 10 de septiembre de 1987, soltero, temporero, octavo bá

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