MINISTERIO PÚBLICO C/ MANUEL FRANCISCO BELLO CABRERA
Rol
O-3355-2022
Fecha
9 de enero de 2023
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos del requerimiento. IV. Cúmplase en su oportunidad con lo dispuesto en el artículo 38, si se cumple con los requisitos allí establecidos. Cúmplase en su oportunidad con lo previsto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. La presente acta sólo constituye un registro administrativo en el que se resume lo acontecido y decidido en la audiencia, conteniendo sólo la parte resolutiva del fallo. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. La audiencia se encuentra respaldada en forma íntegra en el registro de audio del Tribunal. Dirigió la audiencia, resolvió y dictó sentencia JIMENA CECILIA TRONCOSO SAEZ, Juez de Garantía de Concepción. Código: BKXHXDXCSDX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-01-18T10:59:18-0300
Fallo
SE DECLARA: I. Que se condena a NATALIA SCARLETH DÍAZ CASTRO, R.U.N. 19.157.794-9, ya individualizada, a la pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de su condena, por su responsabilidad de autora del delito de robo en lugar no habitado, cometido en la comuna de Penco el día 11 de mayo de 2022, en grado de desarrollo de consumado. II. Que cumpliéndose con los presupuestos establecidos en el artículo 4 ° y siguiente de la Ley 18.216, se sustituye la pena corporal por la de REMISIÓN CONDICIONAL de la pena, debiendo cumplir con lo establecido en el artículo 5° de la Ley 18.216, señalando que se deberá presentar ante el Centro de Reinserción Social para dar inicio al cumplimiento de su pena el día 23 de enero de 2022, entre las 09:00 y 13:00 horas en el Centro de Reinserción Social de Concepción. Se señala que en el evento de que deba entrar a cumplir de manera efectiva la pena, no tiene abonos que imputar más allá de los que haya que imputar en relación al cumplimiento de su pena sustitutiva. III. Que no le condena en costas por haber admitido responsabilidad en los hechos del requerimiento. IV. Cúmplase en su oportunidad con lo dispuesto en el artículo 38, si se cumple con los requisitos allí establecidos. Cúmplase en su oportunidad con lo previsto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. La presente acta sólo constituye un registro administrativo en el que se resume lo
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Individualización de Audiencia de preparación de juicio oral. Fecha Concepción, nueve de enero de dos mil veintitrés Magistrado JIMENA CECILIA TRONCOSO SAEZ Fiscal ALEJANDRO MARCELO ALÍ VALLEJOS Defensor FRANCISCO JAVIER RIVEROS REYES. Hora inicio 10:18 Horas Hora término 10:39 Horas Acta Sala 6. César Fica Orellana Tribunal Juzgado de Garantía de Concepción RUC 2210022893-2 RIT 3355 - 2022 N° re
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