Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica.

MINISTERIO PUBLICO ARICA C/ MEDELLYN ESTEFANY SIERRALTA PALOMINO

Rol

O-245-2021

Fecha

17 de enero de 2023

Materia

MARCH SIT SUC SIN PREST AUX VÍCTIMA. ART 195 INC 2° Y 3°

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos de la acusación fueron los siguientes: “El día 27 de octubre de 2020, siendo aproximadamente las 19:00 horas, la acusada MEDELLYN ESTEFANY SIERRALTA PALOMINO, conducía el vehículo marca HONDA modelo FIT placa Patente Única KSZC.11, por Avenida Capitán Ávalos de esta ciudad, al llegar a la altura de la intersección con calle las Brisas, redujo su velocidad, luego de lo cual, al no encontrarse atenta a las condiciones del tránsito, no se percató de la presencia de la víctima Rene Ivan Aguilar Aguilar, quien circulaba por calle Las Brisas en dirección al Sur conduciendo una bicicleta. En ese contexto, la acusada realiza un viraje hacia la izquierda, ingresando a calle Las Brisas, convergiendo al flujo vehicular de una vía distinta, sin respetar el derecho preferente de paso que mantenía la víctima Aguilar Aguilar, colisionándolo, provocando que la víctima caiga al suelo. Luego de lo cual la acusada continúa su marcha sin detenerla, retirándose del lugar conduciendo su vehículo en dirección Código: PHDXXDXSXTH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 desconocida, sin prestar la ayuda que fuese posible ni dar cuenta a la autoridad policial más inmediata. Cabe señalar que a raíz de la colisión antes referida, la víctima don RENE AGUILAR, fue en primera instancia derivado al hospital local, gracias al llamado de testigos, donde en primera instancia se le diagnosticaron lesiones de carácter grave, consistentes en politrauma, hemorragia subdural traumática. Finalmente producto de las lesiones sufridas a raíz de los hechos ya narrados con fecha 28/10/20, a las 20:00 horas, fallece la víctima de hemorragia subdural masiva, traumatismo encefálico grave”. A juicio del Ministerio Público los hechos descritos son constitutivos del delito consumado de no detener la marcha, dar cuenta a la autoridad y prestar la ayuda posible con resultado de muerte, previsto y sancionado en los artículos 195 y 176 de la ley 18.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización del tribunal, intervinientes y causa. Que con fecha 26 de diciembre de 2022, ante la sala de este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica, presidida por el Juez Titular Mario Reyes Trommer e integrada además por los Jueces Titulares don Jairo Martínez Cuadra y Sara Pizarro Grandón, se llevó a efecto audiencia de juicio oral con el fin de conocer de la acusación deducida por el Ministerio Público en los antecedentes RUC N° 2001094849-6, RIT 245-2022, en contra de la acusada MEDELLYN ESTEFANY SIERRALTA PALOMINO, chilena, cédula de identidad Nº 18.313.785-9, nacida en Arica el 9 de noviembre de 1992, 30 años, soltera, comerciante, domiciliada y apercibida conforme lo dispone el artículo 26 del Código Procesal Penal en Providencia 976, Block F, N° 53, Arica, representada por la Defensora Penal Público Cintia Cartagena Martínez. Sostuvo la acusación el Fiscal Adjunto del Ministerio Público don Cristian Echiburu Chau. SEGUNDO: Acusación fiscal. Que, según se lee en el auto de apertura, los hechos de la acusación fueron los siguientes: “El día 27 de octubre de 2020, siendo aproximadamente las 19:00 horas, la acusada MEDELLYN ESTEFANY SIERRALTA PALOMINO, conducía el vehículo marca HONDA modelo FIT placa Patente Única KSZC.11, por Avenida Capitán Ávalos de esta ciudad, al llegar a la altura de la intersección con calle las Brisas, redujo su velocidad, luego de lo cual, al no encontrarse atenta a las condiciones del tránsito, no se percató de la presencia de la víctima Rene Ivan Aguilar Aguilar, quien circulaba por calle Las Brisas en dirección al Sur conduciendo una bicicleta. En ese contexto, la acusada realiza un viraje hacia la izquierda, ingresando a calle Las Brisas, convergiendo al flujo vehicular de una vía distinta, sin respetar el derecho preferente de paso que mantenía la víctima Aguilar Aguilar, colisionándolo, provocando que la víctima caiga al suelo. Luego de lo cual la acusada continúa su marcha sin detenerla, retirándose del lugar conduciendo su vehículo en dirección Código: PHDXXDXSXTH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 desconocida, sin prestar la ayuda que fuese posible ni dar cuenta a la autoridad policial más inmediata. Cabe señalar que a raíz de la colisión antes referida, la víctima don RENE AGUILAR, fue en primera instancia derivado al hospital local, gracias al llamado de testigos, donde en primera instancia se le diagnosticaron lesiones de carácter grave, consistentes en politrauma, hemorragia subdural traumática. Finalmente producto de las lesiones sufridas a raíz de los hechos ya narrados con fecha 28/10/20, a las 20:00 horas, fallece la víctima de hemorragia subdural masiva, traumatismo encefálico grave”. A juicio del Ministerio Público los hechos descritos son constitutivos del delito consumado de no detener la marcha, dar cuenta a la autoridad y prestar la ayuda posible con resultado de muerte, previsto y sanc

Fallo

fallo Rol 40.162-2017 de la Corte Suprema y Rol 1221-2018 de la Corte de Apelaciones de Santiago que aplican este criterio a propósito de amparos deducidos. En subsidio solicitó la reclusión parcial domiciliaria, para lo cual acompañaría el informe de factibilidad de Gendarmería dentro de 48 horas. Para el evento en que le fuera reconocida únicamente una atenuante a la acusada, entendiendo que la pena a aplicar en ese caso serían 3 años y un día de presidio menor en su grado medio, solicitó el otorgamiento de la pena sustitutiva de libertad vigilada, para lo cual incorporó el informe social de fecha 11 de agosto de 2022 elaborado por la asistente social Carolina Guzmán Mamani, que señala en sus conclusiones que la evaluada presenta trabajo informal, sin embargo, ha podido generar ingresos a raíz del círculo social que mantendría para ofrecer sus artículos, productos y alimentos, destacando el esfuerzo que ha sobrellevado por la crisis económica y empleabilidad que se generó a causa de la pandemia Covid 19 en el país a la fecha, respondiendo a todas las necesidades presentadas por cada Código: PHDXXDXSXTH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 25 integrante de su grupo familiar. Por otra parte destaca que a raíz del proceso judicial ha cumplido con su rol marental apoyándose en su grupo familiar promoviendo el desarrollo de valores hacia sus hijos, visualizándose como única red de apoyo cercana y figura significa

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1 MINISTERIO PÚBLICO C/ MEDELLYN ESTEFANY SIERRALTA PALOMINO. RUC: 2001094849-6. RIT: 245-2021. Delito: No detener la marcha, prestar ayuda posible y dar aviso a la autoridad más inmediata, con resultado de muerte. Arica, diecisiete de enero de dos mil veintitrés. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización del tribunal, intervinientes y causa. Que con fecha 26 de diciembre de 2022

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