ALEJANDRA PAULINA GONZALEZ CASTILLO C/ MARIO ANTONIO POZO ZÚÑIGA
Rol
O-3418-2021
Fecha
16 de enero de 2023
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3., DESACATO (ART. 240 CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL).
Resultado
No especificado
Hechos
visto lo dispuesto en el artículo 47 del Código Procesal Penal, se le exime del pago de las costas de la causa. Se reconocen circunstancias modificatorias de responsabilidad penal: Agravantes: no concurren Atenuantes: 11 N° 6 del Código Penal. Ejecutoriada que sea esta sentencia, certifíquese y cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Téngase presente la renuncia que los intervinientes han hecho a los plazos para recurrir de la sentencia, por lo que ella se encuentra EJECUTORIADA. Se dejan sin efecto las medias cautelares decretadas. Ofíciese a carabineros del domicilio de la víctima para que dé cumplimiento a la medida accesoria decretada con esta fecha. Remítase copia simple del acta de esta audiencia vía correo electrónico a los intervinientes. RUC: 2101102506-1 RIT: 3418 - 2021 Dictada por SS., VERONICA ISABEL ENCINA VERA, Juez del Juzgado de Garantía de Graneros Audiencia tramitada: vfsch “La Presente acta sólo constituye un registro administrativo que contiene una relación resumida de lo obrado y resuelto en la audiencia. Los argumentos Código: MXWXXDQPXJX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Juzgado de Garantía de Graneros vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia”. Código: MXWXXDQPXJX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-01-18T16:09:49-0300
Fallo
Por estas consideraciones y conforme a las disposiciones legales aplicables, se declara: I.- Que se condena a MARIO ANTONIO POZO ZÚÑIGA, cédula de identidad N° 10.449.329-7, ya individualizado, a sufrir dos penas de SESENTA Y UN (61) días de Código: MXWXXDQPXJX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Juzgado de Garantía de Graneros presidio menor en su grado mínimo, letra b) prohibición de acercarse a la víctima o a su domicilio, lugar de trabajo o estudio, así como a cualquier otro lugar al que ésta concurra o visite habitualmente, dentro de un radio de 200 metros por el plazo de un año, por su responsabilidad en calidad de autor del delito de AMENAZAS SIMPLES EN CONTEXTO DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR, perpetrado el día 06 de diciembre del 2021 y el día 27 de diciembre del 2021 en perjuicio , Alejandra Paulina González Castillo en territorio Jurisdiccional de éste Tribunal. Que se condena a MARIO ANTONIO POZO ZÚÑIGA, cédula de identidad N° 10.449.329-7, ya individualizado, a sufrir la pena de SESENTA Y UN (61) días de presidio menor en su grado mínimo, por su responsabilidad en calidad de autor del delito de DESACATO, perpetrado el día 09 de enero del 2021 en perjuicio de doña Alejandra Paulina González Castillo en la comuna de Codegua. II.- Que se le condena a la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de las penas privativas de libertad. III.- Que reuniendo el sentenciado los req
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Juzgado de Garantía de Graneros ACTA DE AUDIENCIA dieciséis de enero de dos mil veintitrés Ruc: 2101102506-1 Rit: 3418 - 2021 Hora Inicio: 12:05 Hora Término: 12:23 Juez: Veronica Isabel Encina Vera Tipo De Audiencia: Simplificado Delito: Amenazas y Desacato. Imputado: Mario Antonio Pozo Zúñiga C.I. N° 10449329-7 Comparece: Si Domicilio: Callejon Los Silva S/N°, Codegua. Vícitma Alejandra Paulin
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