Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción.

MINISTERIO PÚBLICO C/ CRISTIAN ALBERTO URRA QUINTANA

Rol

O-377-2022

Fecha

16 de enero de 2023

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha nueve y diez de enero de dos mil veintitrés, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral correspondiente a la causa RUC Nº 2210012112-7, RIT Nº 377-2022, seguida en contra del acusado Cristián Alberto Urra Quintana, RUN 18.111.329-4, chileno, soltero, comerciante ambulante, 30 años de edad, estudios básicos incompletos, domiciliado en calle Eduardo Frei N°7229, Villa Los Presidentes, Chiguayante, Concepción. Fue parte acusadora el Ministerio Público, representado por la fiscal Roxana Torres Eades, en tanto que la defensa estuvo a cargo del defensor penal público Christian Ríos Coles. SEGUNDO: Que la acusación del Ministerio Público, contenida en el auto de apertura del juicio oral proveniente del Juzgado de Garantía de Concepción, es del siguiente tenor: “El día 11 de marzo de 2022, aproximadamente a las 21:50 horas, el acusado CRISTIAN ALBERTO URRA QUINTANA procedió, con ánimo de apropiación y lucro, a sustraer desde el interior del automóvil marca Hyundai, modelo Elantra, placa patente única UV.2628, de propiedad de Juan Ricardo Correa Henríquez, quien había dejado estacionado dicho vehículo en la vía pública, específicamente en calle Argentina frente al N° 588 de la comuna de Concepción; lugar donde el imputado con un objeto contundente procedió a quebrar las lunetas de ambas puertas traseras, para sustraer desde el interior del vehículo un (01) scanner de vehículo marca Viden modelo 450, de color negro con rojo; una (01) impresora scanner multifuncional marca Canon; un (01) par de zapatos de colegio marca Tiner; un (01) teléfono celular marca Samsung; especies que corresponden también a cotillón de cumpleaños, un (01) polerón; dos (02) chaquetas; y un (01) lente de sol marca Popper Mint de color negro; especies de las cuales el imputado se apropió, siendo detenido más tarde por Carabineros de Chile. El avalúo total de las especies asciende a la suma de $1.000.000 (un millón de pesos).” A juicio del Ministerio Público los hechos descritos configuran el delito de robo en bienes nacionales de uso público, establecido y sancionado en el artículo 443 inciso 1°, en relación a los artículos 432 y 442, todos del Código Código: NERQXDNHWEH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 Penal, en grado consumado, atribuyéndole al acusado participación en calidad de autor inmediato y directo, de conformidad al artículo 15 N° 1 del Código Penal; agregando que concurre en su contra la agravante del artículo 12 N° 15 del Código Penal, esto es, haber sido condenado el culpable anteriormente por delitos a que la ley señale igual o mayor pena; por lo cual pide se imponga al acusado la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, más las accesorias legales y se condene al acusado al pago de las costas. En su alegato de apertura refirió que con la prueba que se rendirá en la

Fallo

fallo Rol N°32.589-2021 de Código: NERQXDNHWEH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 6 la Corte Suprema, en que la circunstancia es casi idéntica, pues trata de un sujeto que se desprende especies en Talcahuano, que se percata de la presencia policial, lanza los objetos al suelo y huye, lo que origina que fueran en su persecución y se efectuara el control. La Corte dice que las circunstancias en que se da este control permiten descartar la arbitrariedad, abuso o sesgo en el actuar policial. En cuanto a las diligencias autónomas, refiere que están perfectamente amparadas dentro del marco legal, el realizar la diligencia de ubicar a la víctima o testigos de este hecho, por lo tanto no hay infracción a ninguna norma legal en este caso. En cuanto a la congruencia, señala que en todos los delitos de robo muchas veces nos encontramos con que el sujeto es sorprendido afuera del lugar, o con especies, pero en ningún caso se les pide que determinen cómo el sujeto rompió la puerta de la casa, ni cómo quebró el vidrio de la ventana; eso no se les puede pedir para el hecho de formalizar posteriormente al sujeto diciendo que este ingresó a la casa mediante la rotura de la ventana, es un elemento que es evidente, lo que se les pide acreditar en el hecho es la fuerza utilizada para ingresar al interior del vehículo, y la fuerza utilizada para ingresar al interior del vehículo fue la rotura de las lunetas; hecho que fue realiz

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1 PODER JUDICIAL TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL CONCEPCION Concepción, dieciséis de enero de dos mil veintitrés. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha nueve y diez de enero de dos mil veintitrés, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral correspondiente a la causa RUC Nº 2210012112-7, RIT Nº 377-2022, seguida en

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