4 ° Juzgado de Letras Civil de Antofagasta

MESTRE BRAVO ANDRES

Rol

V-64-2020

Fecha

2 de junio de 2020

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 04 de Febrero de 2020, Alberto Polette Zaldivar, chileno, Cédula de Identidad N° 16.018.386- 1, casado, abogado, en representación, según se acredita en autos de don Andrés Mestre Bravo, chileno, Cédula de Identidad N° 13.568.579-8, soltero, geólogo, ambos domiciliados para estos efectos en calle Altos del Mar N° 1001, departamento 84A de esta ciudad, solicitó el pedimento de la concesión de exploración denominada “COLCA1”, ubicada en la comuna, provincia y región de Antofagasta. SEGUNDO: Que con fecha 06 de Febrero de 2020, el pedimento fue inscrito a fjs. 670, bajo el Nº 344 en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Antofagasta, correspondiente al año 2020. TERCERO: Que con fecha 24 de Febrero de 2020, se publicó la inscripción del pedimento en el Boletín Oficial de Minería de la Región de Antofagasta. CUARTO: Que el informe del Servicio Nacional de Geología y Minería Ord. Nº 3.310, de fecha 28 de Mayo de 2020, agregado en folio 8 del SITCI, señala que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano de la referida concesión se encuentran conformes con las disposiciones legales vigentes. QUINTO: Que las coordenadas U.T.M. del punto medio y de cada uno de los vértices del perímetro de la concesión de exploración son: VERTICE NORTE (metros ESTE (metros) PM 7.414.500,00 377.500,00 V1 7.415.000,00 376.000,00 V2 7.415.000,00 379.000,00 V3 7.414.000,00 379.000,00 V4 7.414.000,00 376.000,00 SEXTO: Que teniendo presente lo dispuesto en el artículo 57 del Código de Minería, por haberse cumplido todos los requisitos legales y no existiendo impedimentos técnicos: R E S U E L V O: Se aprueba el plano y queda constituida la concesión de exploración denominada “COLCA1”, con una superficie de 300 hectáreas, a favor de Andrés Mestre Bravo, ya individualizado. Extráctese la presente sentencia constitutiva tal como lo estipula el artículo 90 del Código de Minería y publíquese. Inscríbase y archívese en conformidad a la ley. Remítase copia autorizada de esta sentencia, la que deberá obtenerse por la interesada directamente de la Oficina Judicial Virtual, según lo dispuesto en el Auto Acordado N° 71-2016 de fecha 17 de Junio de 2016 de la Excma. Corte Suprema, en relación a la Ley 20.886, artículo 4°, inciso final, conjuntamente con el plano original al Servicio Nacional de Geología y Minería. Archívese copia del plano en el respectivo Conservador de Minas. Regístrese y notifíquese. Dictada por doña Susana Tobar Bravo, Juez Titular.- Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://ww

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FOJA: 10.- diez.- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4 ° Juzgado de Letras Civil de Antofagasta CAUSA ROL : V-64-2020 CARATULADO : MESTRE BRAVO ANDRES AUTOS : 01.06.2020 Antofagasta, dos de Junio de dos mil veinte. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 04 de Febrero de 2020, Alberto Polette Zaldivar, chileno, Cédula de Identidad N° 16.018.386- 1, casado, abogado, en representación,

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