MP C/ OLIVER EMANUEL AVENDAÑO VIDAL
Rol
O-3954-2022
Fecha
13 de enero de 2023
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Garantía de La Serena, el Ministerio Público de esta ciudad, interpuso requerimiento verbal en procedimiento simplificado, según lo dispuesto en el artículo 393 bis del Código Procesal Penal, en contra de don OLIVER EMANUEL AVENDAÑO VIDAL, cédula de identidad N° 9 3 - , chileno, ignora profesión u oficio, domiciliado en calle Belén N° 3 2 , comuna de Puente Alto, representado en la audiencia por un abogado de la Defensoría Penal Pública, y solicitó se le sancionara por su responsabilidad como autor de un delito de hurto simple, descrito y sancionado en el artículo 6 N° 3, en relación con en el artículo 32, ambos del Código Penal, en grado de frustrado, pidiendo por ello la imposición de una pena de 6 días de prisión en su grado máximo, multa de unidades tributarias mensuales, accesorias legales y costas. Que, los hechos fundantes del requerimiento son los siguientes que se reproduce textualmente de la exposición efectuada por el fiscal: a.- Hecho N° 1: “El día 2 de Julio de 2 22, a las 2 : horas aproximadamente, en el interior del supermercado Líder Express, ubicado en Avenida Las Parcelas Nº 99 , comuna de La Serena, el imputado Oliver Emanuel Avendaño Vidal sustrajo tres bolones de carne pollo ganso, de propiedad del referido supermercado, avaluados en la suma total de $ 8 , siendo sorprendido por guardias de seguridad en los instantes que salía del local comercial, luego de traspasar las cajas registradoras sin pagar el precio de las especies ” b.- Hecho N° 2: “El día 29 de julio de 2 22, a las 3: horas aproximadamente, el imputado Oliver Emanuel Avendaño Vidal, ingresó al supermercado Unimarc ubicado en calle Brasil N° de La Serena y sustrajo cuarenta y un chocolates marca Costa de propiedad del referido supermercado, avaluados en la suma total de $ 89 , los cuales ocultó al interior de su mochila, siendo sorprendido y detenido por guardias de seguridad en los instantes en que salía del local comercial, luego de haber traspasado las cajas registradoras sin haber pagado el valor de las especies.” SEGUNDO: Que, en la exposición del requerimiento se indicó que no concurrían circunstancias modificatorias de responsabilidad criminal; y para el evento que admitiera responsabilidad en la audiencia, el fiscal presente señaló que concurría respecto del acusado la circunstancia atenuante de colaboración sustancial en el esclarecimiento de los hechos establecida en el Nº 9 del artículo del Código Penal, y Código: TVYYXDXXTMG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Poder Judicial Juzgado de Garantía de La Serena PROCEDIMIENTO: SIMPLIFICADO RUC Nº: -K y 34 95- . RIT Nº: 3 954- y 4 49- . DELITO: Hurto simple. SENTENCIADO: Oliver Emanuel Avendaño Vidal. 2 tratándose de reiteración de delitos, de acuerdo con el artículo 3 del Código Procesal Penal, conforme a lo cual modificó su requerimiento, solicitando la imposición de una pena única de 6 dí
Fallo
se resuelve: I.- Que, SE CONDENA a OLIVER EMANUEL AVENDAÑO VIDAL, cédula de identidad N° 9 3 - , ya individualizado, a sufrir una pena única de SESENTA Y UN DIAS de presidio menor en su grado mínimo, al pago de una multa de UN TERCIO de Unidad Tributaria Mensual y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autor de dos delitos de hurto simple, sancionado en el artículo 6 N° 3 del Código Penal, en grado frustrado, perpetrados en esta ciudad los días veinticinco y veintinueve de julio del año dos mil veintidós. II.- Que, conforme lo razonado en el motivo octavo precedente, no se otorgara al sentenciado pena sustitutiva alguna a la privativa de libertad, de las establecidas en la Ley 8 2 6, por lo que deberá cumplir la pena íntegra en forma efectiva, la que se contará desde que se presente o sea habido, sirviéndole en tal caso de abono los días que permaneció privado de libertad con ocasión de esta causa, según se expresó en el motivo séptimo precedente, según consta de esta carpeta judicial. Código: TVYYXDXXTMG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Poder Judicial Juzgado de Garantía de La Serena PROCEDIMIENTO: SIMPLIFICADO RUC Nº: -K y 34 95- . RIT Nº: 3 954- y 4 49- . DELITO: Hurto simple. SENTENCIADO: Oliver Emanuel Avendaño Vidal. III.- Que, conforme lo razonado en el motivo séptimo de este fallo, la pena pecuniaria impuesta, converti
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Poder Judicial Juzgado de Garantía de La Serena PROCEDIMIENTO: SIMPLIFICADO RUC Nº: -K y 34 95- . RIT Nº: 3 954- y 4 49- . DELITO: Hurto simple. SENTENCIADO: Oliver Emanuel Avendaño Vidal. La Serena, a trece de enero del año dos mil veintitrés. VISTOS y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Garantía de La Serena, el Ministerio Público de esta ciudad, interpuso requerimiento verbal
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