MP C/ MAURO ANTONIO GONZÁLEZ ROJAS
Rol
O-164-2023
Fecha
12 de enero de 2023
Materia
PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 11 de enero de 2023 aproximadamente a las 23:30 horas en el frontis del domicilio ubicado en calle Los Carreras 975 en circunstancias en que Carabineros se apersonó en ese lugar para verificar violencia intrafamiliar y otros procedimientos informados al nivel 133 dando cuenta de situaciones familiares o conflictos familiares, un testigo del sector, indicó ser la persona que había realizado el llamado, sindica al imputado MAURO ANTONIO GONZÁLEZ ROJAS como quien mantenía entre sus vestimentas un arma cortante, situación que es persibida por Carabineros con sus sentidos, debido que el arma era visible y se procede a su detención, incautando entre sus vestimentas un arma blanca de tipo cuchillo carnicero de 30 cms. De largo con 18 cms. De hoja y 12 de empuñadura. Arma que el imputado tenía en sus vestimentas sin contar con ninguna razón suficiente que lo habilitare para mantenerla en la vía pública, máxime que el imputado reclamaba y mantenía en sus brazos a una lactante de 7 meses. SE DECLARA: I. Que se condena a MAURO ANTONIO GONZÁLEZ ROJAS, ya individualizado, en calidad de AUTOR, del delito de Porte de arma cortante o punzante grado de desarrollo CONSUMADO, perpetrado en la comuna de Copiapó, a la pena de MULTA DE UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL Y COMISO. II. La pena de multa se tendrá por cumplida, por el día que pasó a control de detención entre el 11 y 12 de enero de 2023.- III. Comiso del arma blanca incautada, autorizando al Ministerio Público desde ya, para que proceda a su destrucción. IV. Se EXIME del pago de las costas de la causa. V. Una vez ejecutoriada la presente resolución, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal.- “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”./mmg Código: FWLXXDJYXWF Este documento tiene firma electrónica y su ori
Fallo
SE DECLARA: I. Que se condena a MAURO ANTONIO GONZÁLEZ ROJAS, ya individualizado, en calidad de AUTOR, del delito de Porte de arma cortante o punzante grado de desarrollo CONSUMADO, perpetrado en la comuna de Copiapó, a la pena de MULTA DE UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL Y COMISO. II. La pena de multa se tendrá por cumplida, por el día que pasó a control de detención entre el 11 y 12 de enero de 2023.- III. Comiso del arma blanca incautada, autorizando al Ministerio Público desde ya, para que proceda a su destrucción. IV. Se EXIME del pago de las costas de la causa. V. Una vez ejecutoriada la presente resolución, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal.- “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”./mmg Código: FWLXXDJYXWF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: FWLXXDJYXWF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-01-12T14:30:59-0300
Texto Completo (Preview)
SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Copiapó., doce de enero de dos mil veintitrés TRIBUNAL: Juzgado de Garantía de Copiapo. MAGISTRADO: ÁLVARO MARCEL FERNÁNDEZ MORALES RUC: 2300046222-5 RIT: 164 - 2023 IMPUTADO: MAURO ANTONIO GONZÁLEZ ROJAS C.I. 0020409800-K FECHA DE NAC. 15 de octubre de 1999 DIRECCION Calle Paipote, Jose Antonio Villagran Nº 6616 COMUNA: Copiapó.
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