3º Juzgado de Letras de Calama

INV. SALAR DE TARA PRIMERA SPA/

Rol

V-1156-2019

Fecha

29 de mayo de 2020

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: PRIMERO.- Que, Juan Olivera Peirano, chileno, casado, abogado, c dula de identidad Nº 7.653.073-4, en representaci n de é ó INVERSIONES SALAR DE TARA PRIMERA SPA, del giro de su denominaci n, RUT.ó N°76.447.577-1, ambos domiciliados en Calle Orleans N°3700, oficina 308, comuna de Maip , Santiago, cú on fecha 05 de diciembre de 2019, siendo las 14:20 horas, solicit concesi n minera de EXPLORACION, que denominaró ó á “ELIANA A 19”, con una superficie de 300 hect reas. á SEGUNDO.- Que, el pedimento minero fue inscrito a fojas 6.196 bajo el N° 3.685, del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Calama, con fecha 16 de diciembre de 2.019. TERCERO.- Que, dicho pedimento minero fue publicado, seg n ejemplarú acompa ado, con fecha 30 de diciembre de 2019, Diario Oficial, edici n Nºñ ó 42.540 seg n consta en autos.ú CUARTO.- Que, el Servicio Nacional de Geolog a y Miner a II Regi n,í í ó Antofagasta, con fecha 06 de abril de 2.020, mediante ordinario N°2096, inform consignando que los aspectos t cnicos relacionados con la solicitud yó é plano de la concesi n referida, se encuentran conforme con las disposicionesó legales vigentes, en efecto, la forma, las dimensiones y orientaci n de la caraó superficial de la concesi n solicitada se ajustan a la ley, y sta quedaó é comprendida dentro del terreno pedido. QUINTO.- Que, el peticionario dio cumplimiento a la obligaci n de pagoó de la tasa de pedimento y la patente proporcional, seg n consta en autos.ú TERCER JUZGADO DE LETRAS EL LOA CALAMA Poder Judicial Tercer Juzgado de Letras El Loa Calama SEXTO.-. Que, en el plano de las concesiones mineras de exploraci n,ó consta que las coordenadas U.T.M. de cada uno de los v rtices de la caraé superior del pedimento minero denominada “ELIANA A 19” con una superficie de 300 hect reas, solicitadas y materia de esta concesi n son:á ó VERTICE NORTE ESTE P.M. 7.448.500,00 681.500,00 V 1 7.450.000,00 681.000,00 V 2 7.450.000,00 682.000,00 V 3 7.447.000.00 682.000,00 V

Fundamentos

considerando: que, del an lisis de los antecedentesá que obran en autos y el m rito del informe t cnico del Servicio Nacional deé é Geolog a y Miner a, la presente causa se ajusta plenamente a la Ley, sin queí í existan vicios procesales, ni otras causales que ameriten la denegaci n de laó concesi n de exploraci n o la declaraci n de caducidad, por lo que esó ó ó procedente acceder a lo solicitado. Y, VISTO adem s, lo dispuesto en los art culos 34, 35, 43, 47, 48, 51,á í 52, 55, 56, 57, 58, 87 y 90 del C digo de Miner a en vigencia y lo establecidoó í en los art culos 42, 43, 44 y 94 del Reglamento de dicho texto legal, seí resuelve: I.- Que, se aprueba el plano de la concesi n minera de exploraci nó ó denominada “ELIANA A 19”. II.- Que,

Fallo

Fallo : 25 de mayo de 2020 Calama, veintinueve de mayo de dos mil veinte. VISTOS: PRIMERO.- Que, Juan Olivera Peirano, chileno, casado, abogado, c dula de identidad Nº 7.653.073-4, en representaci n de é ó INVERSIONES SALAR DE TARA PRIMERA SPA, del giro de su denominaci n, RUT.ó N°76.447.577-1, ambos domiciliados en Calle Orleans N°3700, oficina 308, comuna de Maip , Santiago, cú on fecha 05 de diciembre de 2019, siendo las 14:20 horas, solicit concesi n minera de EXPLORACION, que denominaró ó á “ELIANA A 19”, con una superficie de 300 hect reas. á SEGUNDO.- Que, el pedimento minero fue inscrito a fojas 6.196 bajo el N° 3.685, del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Calama, con fecha 16 de diciembre de 2.019. TERCERO.- Que, dicho pedimento minero fue publicado, seg n ejemplarú acompa ado, con fecha 30 de diciembre de 2019, Diario Oficial, edici n Nºñ ó 42.540 seg n consta en autos.ú CUARTO.- Que, el Servicio Nacional de Geolog a y Miner a II Regi n,í í ó Antofagasta, con fecha 06 de abril de 2.020, mediante ordinario N°2096, inform consignando que los aspectos t cnicos relacionados con la solicitud yó é plano de la concesi n referida, se encuentran conforme con las disposicionesó legales vigentes, en efecto, la forma, las dimensiones y orientaci n de la caraó superficial de la concesi n solicitada se ajustan a la ley, y sta quedaó é comprendida dentro del terreno pedido. QUINTO.- Que, el peticionario dio cumplimiento a la obligaci n de pagoó de la tasa

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Poder Judicial Tercer Juzgado de Letras El Loa Calama NOMENCLATURA : 1. [40] Sentencia JUZGADO : 3º Juzgado de Letras de Calama CAUSA ROL : V-1156-2019 CARATULADO : INVERSIONES SALAR DE TARA PRIMERA SPA. F/p/Fallo : 25 de mayo de 2020 Calama, veintinueve de mayo de dos mil veinte. VISTOS: PRIMERO.- Que, Juan Olivera Peirano, chileno, casado, abogado, c dula de identidad Nº 7.653.073-4, en repres

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