ANA MARÍA COLIBORO VARGAS C/ JOSE PATRICIO MONTES VARGAS
Rol
O-800-2022
Fecha
10 de enero de 2023
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, ante el Juzgado de Garantía de esta ciudad, el Ministerio Público presentó requerimiento en procedimiento simplificado en contra de JOSÉ PATRICIO MONTES VARGAS, cédula nacional de identidad n°12.007.594-2, domiciliado en calle Tranque 98 Pacífico, Playa Ancha, Valparaíso, por ser autor del delito de amenazas simples en contexto de violencia intrafamiliar, previsto y sancionado en el artículo 296 n°3 del Código Penal en relación con el artículo 5 de la Ley 20.066. SEGUNDO: Que los hechos del requerimiento son los siguientes “Que el día 15 de junio de 2022, siendo aproximadamente las 20:00 horas, y en circunstancias que la víctima doña Ana María Coliboro Vargas, se encontraba en su domicilio ubicado en Camino El Huecún S/N, sector Las Balsas, comuna de Las Cabras, recibe un llamado de su hermano, el imputado José Patricio Montes Vargas, quien sin motivo justificado por dicho medio procede a amenazar a la víctima, señalándole “te voy a matar a ti y a tus hijos, y esto te lo confirmo, te lo confirmo”, procediendo la ofendida a dar cuenta de estos hechos a Carabineros”. Código: PQPMXDMXGEF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Los hechos descritos configuran el delito de Amenazas Simples en contexto de Violencia Intrafamiliar, previsto y sancionado en el artículo 296 n°3 del Código Penal, en relación con el artículo 5 de la Ley 20.066, el que se encuentra en grado de desarrollo consumado, atribuyéndosele al acusado participación en calidad de autor. Señala el ente persecutor que beneficia al requerido la atenuante del artículo 11 n°6 del Código Penal y no le perjudican agravantes, por lo que solicita se imponga la pena de 300 días de presidio menor en su grado mínimo, accesorias del artículo 30 del Código Penal, accesoria del artículo 9 de la Ley 20.066 letras b) y d) por dos años y costas de la causa. TERCERO: Que en audiencia realizada el 07 de diciembre de 2022
Fundamentos
motivos plausibles para presentar el requerimiento.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 5, 7, 14, 15, 18, 296 n°3, del Código Penal; artículos 48, 340, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, Ley 20.066, se declara: I.- Que se ABSUELVE al requerido JOSÉ PATRICIO MONTES VARGAS, cédula nacional de identidad N°12.007.594-2, ya individualizado, de la imputación de ser autor del delito de amenazas simples en contexto de violencia intrafamiliar, previsto y sancionado en el artículo 296 n°3 del Código: PQPMXDMXGEF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código Penal en relación al artículo 5 de la Ley 20.066, objeto del requerimiento. II- Que no se condena en costas al Ministerio Público. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. RUC N°2200599121-1. RIT Nº800-2022. Dictado por doña VERÓNICA XIMENA RAMÍREZ MUFDI, Juez Suplente del Juzgado de Letras y Garantía de Peumo. Dirigió la audiencia y resolvió - VERONICA XIMENA RAMIREZ MUFDI. Código: PQPMXDMXGEF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-01-11T11:08:31-0300
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Individualización de Audiencia de lectura de sentencia.. Fecha Peumo., diez de enero de dos mil veintitrés Magistrado VERONICA XIMENA RAMIREZ MUFDI Fiscal Juan Ignacio Aguilera Collin Defensor Adolfo Blanc Morales teléfono fijo oficina 722561194 Víctima Ana María Coliboro Vargas Hora inicio 09:07AM Hora termino 09:09AM Sala Sala 1 Tribunal 1º Juzgado de Letras y Garantía de Peumo. Acta mgl RUC 22
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