C/ DOUGLAS NICOLÁS GALLARDO VIDAL
Rol
O-605-2022
Fecha
10 de enero de 2023
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: PRIMERO: Que con fecha cinco de enero de dos mil veintitrés, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de la ciudad de Viña del Mar, constituida por los jueces señor Cristóbal Andrés Lira Orphanopoulos, quien presidió la audiencia, doña Ada María Díaz Espinosa y por doña Mónica del Rosario López Castillo, se llevó a efecto el Juicio Oral rit N° 605-2022, seguido contra Douglas Nicolás Gallardo Vidal, cédula de identidad 20.068.210-6, nacido en Quilpué el 29 de septiembre de 1999, 23 años, soltero, obrero de la construcción, con domicilio en pasaje El Loa 01849, Comuna de Quilpué, representado por el abogado defensor penal privado don Matías Mundaca Campos, con domicilio y forma de notificación registrados en el tribunal. Fue parte acusadora en el presente juicio el Ministerio Público, representado por la fiscal señora Mónica Arancibia Farías, con domicilio y forma de notificación ya registrados en el Tribunal. SEGUNDO: Que los hechos materia de la acusación, según el auto de apertura del juicio oral son los siguientes: “Con fecha 17 de mayo del año 2022 a las 08:25 horas aproximadamente, encontrándose el acusado Douglas Nicolás Gallardo Vidal como conductor del vehículo marca Chevrolet, modelo Spark GT, color celeste, placa patente única BPPS.79, en la intersección de las calles Siete con Camino Troncal Antiguo, en las inmediaciones del colegio Aconcagua, de la comuna de Quilpué, éste mantenía guardada y transportaba en el interior de dicho vehículo, específicamente bajo su Código: PLBHXDRWMXE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 2 asiento, sobre las gomas del asiento del conductor, 3 bolsas de nylon contenedoras de una sustancia color blanca, pastosa, que aplicada la prueba de cocatest, dando positivo para clorhidrato de cocaína y resultó ser ketamina y cafeína, teniendo un peso de 17 gramos 500 miligramos, no teniendo autorización para su porte ni tenencia el imputado. Asimis
Fundamentos
considerando anterior. Es así como el Cabo Segundo de carabineros Bastián López López, señaló que el día 17 de mayo del 2022, a las 08.00 de la mañana estaba de servicio de primer turno focalizado para iniciar el servicio de tránsito en el colegio Aconcagua, acompañado del carabinero Chávez, específicamente en pasaje 7 camino Troncal antiguo, cuando vio un Chevrolet Spark color celeste, al cual le hizo señales de tránsito para que siguiera el camino, pero hizo caso omiso e intentó seguir avanzando, y al hacerlo, al chofer se le paró el auto, así que se acercaron, y le pidieron licencia de conducir, cédula de identidad y documentación del vehículo, el chofer le dijo que no tenía licencia de conducir, lo verificó radialmente por Cenco y efectivamente no tenía licencia, luego revisó la documentación del vehículo y tenía vencido el permiso de circulación y el resto de documentación, por lo que correspondía retirar el vehículo de circulación, en ese momento, le dijo al conductor que descendiera del auto, porque al sacar el vehículo de circulación el conductor les tiene que mostrar todo lo que hay en su interior, como rueda de repuesto y accesorios, porque en el acta se escribe todo lo que hay en su interior, y eso se manda al corral y al momento de bajar el conductor, él pudo visualizar en el suelo por el lado del piloto tres bolsas transparentes de un contenido pastoso, pensó que podía ser droga y ahí el sujeto ya se puso más nervioso y más alterado, así que lo detuvieron y lo llevaron a la comisaria de Quilpué para hacerle un control investigativo policial donde se le ordenó hacer la prueba de campo, arrojando que se trataba de droga, por lo que se le efectuó constatación de lesiones, según da cuenta Hoja DAU Nº 4298762, de fecha 17 de mayo de 2022, emitida por el Servicio de Salud Viña del Mar – Quillota y se le detuvo. Se le exhibió Código: PLBHXDRWMXE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 13 13 set de fotografías y en la Nº 1 y N° 2 reconoció el vehículo Spark celeste PP DPPS 79, en la Nº 3 se ve el permiso de circulación que le exhibió el conductor y se ve su fecha de vencimiento que era el 31 de marzo del 2022. En la Nº 4 se ve el seguro obligatorio del mismo vehículo que vencía el 31 de 03 de 2022, en la N° 5 y N° 6 se ve el interior del vehículo fiscalizado y se ven las dosis en el suelo que pudo observar cuando el conductor se bajó del auto, están por el lado del chofer, la Nº 7 muestra la cedula de identidad del detenido Douglas Nicolás Gallardo Vidal. Este relató resultó íntegramente ratificado por el Carabinero Martín Cristóbal Chávez Chávez, quien declaró que el día 17 de mayo de 2022, siendo las 08:30 de la mañana estando en tránsito de colegio para descongestionar la entrada al Colegio Aconcagua, se encontraba con el carabinero López López en la intersección de calle 7 camino Troncal antiguo y se divisa un vehículo Chevrolet Spark GT, color azul, el ocupante mantenía poc
Fallo
Por lo expuesto, la Fiscalía requiere se imponga al acusado Douglas Nicolás Gallardo Vidal la pena de cinco años de presidio menor en grado máximo y multa de 60 unidades tributarias mensuales, además de las accesorias legales que correspondan, comiso de todas las especies provenientes del delito, determinación de huella genética e incorporación de la misma al registro de condenados de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 17 de la ley 19.970; y, se condene al pago de las costas según lo prescrito en el artículo 45 y siguientes del Código Procesal Penal. TERCERO: Que, en su alegato de inicio, el Ministerio Público señaló que el procedimiento no admite debates formales, y la prueba de cargo testimonial y pericial es suficiente para lograr convicción en el tribunal, por lo que al término del juicio reiterará su petición de condena. Luego, en su alegato de clausura, la Fiscal reitera su solicitud de condena respecto del acusado como autor del delito de micro tráfico de estupefacientes por los hechos contenidos en la acusación. Atendido el tipo de droga estaríamos frente a un delito por porte y transporte de 17 gramos de droga, no puede pensarse que estaban destinados a su consumo, Código: PLBHXDRWMXE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 3 3 estimando que el procedimiento estaba ajustado a derecho, pues si bien el acusado declaró, esta versión recién la ha prestado en el juicio, y si fuera como señala, efectivament
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1 1 Ministerio Público C/ Douglas Nicolás Gallardo Vidal DELITO : Microtráfico ROL ÚNICO : 2200480266-0 ROL INTERNO : 605-2022 Viña del Mar, martes diez de enero de dos mil veintitrés. VISTOS: PRIMERO: Que con fecha cinco de enero de dos mil veintitrés, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de la ciudad de Viña del Mar, constituida por los jueces señor Cristóbal Andrés Lira Orpha
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