2º Juzgado de Letras de Osorno

TRIVENTO SPA/

Rol

V-204-2019

Fecha

27 de mayo de 2020

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: En el folio 1, de estos antecedentes digitales voluntarios del ingreso civil V 204 2019, don Sebastián Huidobro Carrere, Chileno, Casado, Abogado, RUN 13.905.291-9, en representación de “Trivento  SpA”, empresa del giro de asesorías e inversiones financieras, RUT 76.594.778-2, ambos domiciliados en calle Doctor Manuel Barros Borgoño N°71, oficina 1702, comuna de Providencia de la ciudad de Santiago, presenta el 18 de diciembre de 2019, a las 17:00:08 horas, pedimento minero solicitando una concesión de exploración en terrenos abiertos de la Décima Región de Los Lagos, Provincia de Osorno, comuna de Osorno que denominará “POLLOICO 1”, de una superficie de 200 hectáreas, cuyas coordenadas U.T.M. del punto medio del pedimento, son las siguientes: Norte 5.509,100,00 metros y Este: 669.100,00 metros. La superficie total de la cara superior del pedimento es de 300 hectáreas y conforma un rectángulo de 3.000 metros de norte a sur UTM., por 1.000 metros de Este a Oeste. Dicho pedimento fue inscrito con fecha 3 de enero de 2020, a fojas 1 número 1, del Registro de Descubrimientos de Minas de 2020, del Conservador de Minas de Osorno y la copia de esta inscripción fue publicada íntegramente en el Boletín Oficial de Minería de Santiago, con fecha 16 de enero de 2020, según da cuenta de la pieza acompañada de dicho ejemplar en el folio 4. Se pagó la tasa del pedimento y la patente proporcional en tiempo y forma, según consta en el folio 4. En el folio 4, con fecha 28 de febrero de 2020 y dentro de plazo legal, se solicita sentencia constitutiva de la concesión. En el folio 10, Servicio Nacional de Geología y Minería, a través de oficio 790, de fecha 17 de abril de 2020, informa que los aspectos técnicos relacionados con el pedimento y el plano de la concesión de exploración solicitada se encuentran conforme con las disposiciones legales vigentes, pues la forma, las dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión solicitada se ajustan a la ley.- En el

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el peticionario cumplió con todos los trámites establecidos por la Ley, en tiempo y forma.- SEGUNDO: Que no existen faltas o ilegalidades sobre las que este Tribunal deba pronunciarse. TERCERO: Que no se ha incurrido en vicios procesales que resten valor al procedimiento, ni caducidad que lo anulen y; CUARTO: Que en estas circunstancias, y atendido que según lo dispuesto en el inciso 3º del artículo 57 del Código de Minería, no es facultad discrecional de los Tribunales otorgar la concesión o no hacerlo, por lo que solo corresponde declararla constituida. Con lo relacionado anteriormente y lo dispuesto, además, en los artículos 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 43, 44, 46, 47, 48, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 86, 87, 89, 90, 91 y 107 del Código de Minería, 160 y 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil,

Fallo

se resuelve: I.- Declárese constituida la concesión de exploración ubicada en la Decima Región de Los Lagos, provincia de Osorno, comuna de Osorno, denominada “POLLOICO 1”, de una superficie total de 300 hectáreas, cuyas coordenadas U.T.M. de los vértices y la relación en azimut y distancia del vértice 1 con el punto medio son: Punto Medio: Norte 5.509.100,00 metros; Este: 669.100,00 metros. Vértice 1: Norte: 5.510.600,00 metros; Este: 668.600,00 metros. Vértice 2: Norte: 5.510.600,00 metros; Este: 669.600,00 metros. Vértice 3: Norte: 5.507.600,00 metros; Este: 669.600,00 metros. Vértice 4: Norte: 5.507.600,00 metros; Este: 668.600,00 metros. El vértice 1 se encuentra a una distancia U.T.M. de 1.581,139 metros y azimut U.T.M. de 179,5167 grados centesimales. El azimut está expresado en sistema centesimal. Las coordenadas U.T.M. están referidas al Elipsoide internacional 1924, origen Datum provisorio Sudamericano “La Canoa” 1956, Huso 18. II.- Otorgase la concesión constituida en el número anterior, a “Trivento SpA”, empresa del giro de asesorías e inversiones financieras, RUT 76.594.778-2, domiciliada en calle Doctor Manuel Barros Borgoño N°71, oficina 1702, comuna de Providencia de la ciudad de Santiago. III.- Apruébese el plano de la concesión constituida y otorgada, acompañado en el folio 4 y archívese una copia en el Oficio del Conservador de Minas que se indica a continuación en el número V.- IV.- Publíquese en extracto esta sentencia en el Boletín Oficial de Mine

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Osorno, veintisiete de mayo de dos mil veinte.- VISTO: En el folio 1, de estos antecedentes digitales voluntarios del ingreso civil V 204 2019, don Sebastián Huidobro Carrere, Chileno, Casado, Abogado, RUN 13.905.291-9, en representación de “Trivento  SpA”, empresa del giro de asesorías e inversiones financieras, RUT 76.594.778-2, ambos domiciliados en calle Doctor Manuel Barros Borgoño N°71, ofic

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