30º Juzgado Civil de Santiago

MÉNDEZ

Rol

V-118-2016

Fecha

27 de mayo de 2020

Materia

REGISTRO CIVIL, RECTIFICACIÓN PARTIDAS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 27 de mayo de 2016, comparece do a SUSANAñ ALEJANDRA M NDEZ ARRIAGADA, trabajadora, C.I. N 12.147.349-É ° 6, domiciliado en Avenida Portales 2657, comuna de Maip , enú representaci n de su hija, Josefa Ignacia Men ndez M ndez, en el sentidoó é é de modificar el apellido paterno MEN NDEZ por M NDEZ , y“ É ” “ É ” agregar como segundo apellido DE LA BARRA quedando su nombre“ ” completo en definitiva como JOSEFA IGNACIA M NDEZ DE LA“ É BARRA ,” Se ala que consta en el documento que acompa a en un otros deñ ñ í esta presentaci n que su hija fue inscrita en la circunscripci n de Quintaó ó Normal el 26 de marzo de 2012, bajo la inscripci n N 867 del Registro deló ° a o 2012.ñ Sin embargo, a pesar de haber sido reconocido por medio de sentencia pronunciada por el Juzgado de Familia que determin su filiaci nó ó por su padre biol gico, ste la abandono y jam s se ha hecho cargo de suó é á educaci n y alimentaci n por lo tanto ella reconoce como imagen paterna aó ó su padre (su abuelo materno) y ella desea llevar sus apellidos quedando su nombre en definitiva como JOSEFA IGNACIA M NDEZ DE LA BARRAÉ y es como se presenta socialmente y es reconocida entre amigos y familiares. Que con fecha 16 de mayo de 2017, se lee el informe realizado por el Servicio de Registro Civil e Identificaci nó Que con fecha 17 de noviembre de 2016 consta la publicaci n de laó solicitud. Que con fecha 12 de diciembre de 2017, se registra la informaci nó sumaria de testigos. Foja: 1 Que con fecha 30 de enero de 2020 consta entrevista con la ni a.ñ Que con fecha 14 de abril de 2020, se trajeron los autos para fallar.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 27 de mayo de 2016, comparece do añ Susana Alejandra M ndez Arriagada, trabajadora, en representaci n de sué ó hija, Josefa Ignacia Men ndez M ndez, en el sentido de modificar elé é apellido paterno MEN NDEZ por M NDEZ , y agregar como segundo“ É ” “ É ” apellido DE LA BARRA quedando su nombre completo en definitiva“ ” como JOSEFA IGNACIA M NDEZ DE LA BARRA ,“ É ” Conforme lo anterior, la solicitante estima que se dan los presupuestos de la Ley 17.344 en concordancia con la ley 4.808, para decretar el cambio de nombre y apellidos, en los casos que indica la ley. SEGUNDO: Que con fecha 12 de diciembre de 2017, se rindió informaci n sumaria, ante ministro de fe, de los testigos do a Mar a Josó ñ í é Rivera Calisto y Mar a Cecilia Donoso S nchez, quienes manifestaron, queí á conocen a la solicitante y a su hija y que siempre la han conocido como JOSEFA IGNACIA M NDEZ DE LA BARRA por m s de 5 a os.É á ñ TERCERO: Que, con el objeto de dar cumplimiento a la normativa legal, se hicieron las publicaciones de rigor en el Diario Oficial con fecha 15 de noviembre de 2016, no existiendo oposici n a la solicitud planteadaó como consta en la certificaci n del Secretario del tribunal que se lee conó fecha 22 de noviembre de 2017. CUARTO: Que a su turno, el 16 de mayo de 2017, se recepcionó informe de la del Servicio de Registro Civil e Identificaci n N 1630,ó ° instituci n que no manifest oposici n o cuestionamientos a la solicitud.ó ó ó Se al que en la partida de nacimiento de la solicitante consta la inscripci nñ ó ó de nacimiento N 867, del a o 2012, de la circunscripci n de Quinta° ñ ó Normal, siendo titular de ella Josefa Ignacia Men ndez M ndez, nacido elé é 21 de marzo de 2012, consign ndose en el rubro correspondiente a laá madre a do añ Susana Alejandra M ndez Arriagada y al rubro del padre aé don Jorge Luis Men ndez Espinoza.-é QUINTO: Que el art culo 1 de la Ley 17.344 dispone que todaí ° persona tiene derecho a usar los nombres y apellidos con que haya sido individualizado en su respectiva inscripci n de nacimiento, sin perjuicio,ó Foja: 1 cualquier persona podr solicitar por una sola vez que se le autorice paraá cambiar sus nombres o apellidos o ambos, cuando unos u otros sean rid culos, risibles o lo menoscaben moral o materialmente; cuando elí solicitante ha sido conocido durante m s de cinco a os por motivosá ñ plausibles con nombres o apellidos o ambos, diferentes de los propios y en los casos de filiaci n no matrimonial.-ó Por su parte, el art culo 4 de la Ley 17.344, indica que una vezí ° modificada la partida de nacimiento, la persona que haya cambiado su nombre o apellidos, solo podr usar en el futuro, en todas sus actuaciones suá nuevo nombre propio o apellidos en la forma ordenada por el Juez.- SEXTO: Que en este sentido y conforme a todo lo expresado y lo expuesto por la ni a en la audiencia que consta con fecha 30 de enero deñ 2020, es posible concluir que se dan los supuestos exigidos por la Ley

Fallo

se declara:í º ° º Que se hace lugar a lo pedido y se autoriza el cambio de nombre solicitado para Josefa Ignacia Men ndez M ndez, en cuanto a modificar sué é apellido MEN NDEZ para que sea reemplazado por el de M NDEZ e“ É ” “ É ” incluir como segundo apellido DE LA BARRA , y en consecuencia; Se“ ” ordena la rectificaci n de la inscripci n de nacimiento N 867, del a oó ó º ñ 2012, de la circunscripci n de Quinta Normal de la Oficina del Servicio deó Registro Civil e Identificaci n, en el sentido de establecer que el nombre deló inscrito ser el de JOSEFA IGNACIA M NDEZ DE LA BARRA , cedulaá “ É ” nacional de identidad N 23.906.234-2 ° Sirva una copia autorizada de la presente resoluci n, debidamenteó ejecutoriada, de m rito suficiente para requerir la inscripci n ordenada.é ó Reg strese, notif quese, inscr base y arch vese en su oportunidad.í í í í Foja: 1 ROL. V -118 2016– Pronunciada por don Mauricio Vergara Vargas, Juez Suplente.- Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintisiete de Mayo de dos mil veinte Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y

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Foja: 1 FOJA: 110 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 30 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-118-2016 CARATULADO : M NDEZÉ Santiago, veintisiete de Mayo de dos mil veinte VISTOS: Con fecha 27 de mayo de 2016, comparece do a SUSANAñ ALEJANDRA M NDEZ ARRIAGADA, trabajadora, C.I. N 12.147.349-É ° 6, domiciliado en Avenida Portales 2657, comuna de Maip , enú representaci n de su hija,

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