6º Juzgado Civil de Santiago

EBENSPERGER/ITAÚ CORPBANCA

Rol

C-325-2019

Fecha

28 de mayo de 2020

Materia

CONTRATO, CUMPLIMIENTO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Que comparece Marcelo Andres Calder n Ram rez, abogado, domiciliado en Cerro Eló í Plomo N 5420, oficina 1208, Comuna de Las Condes, en calidad de mandatario° judicial de Inmobiliaria e Inversiones Ebensperger SPA, sociedad del giro de su denominaci n representada legalmente por Gustavo Adolfo Ebensperger Diez y deó este ltimo en calidad de persona natural, todos domiciliados para estos efectos en Cerroú El Plomo N 5420, oficina 1208, comuna de Las Condes e interpone demanda en juicio° ordinario de cumplimiento de contrato con indemnizaci n de perjuicios en contra deó Banco Itau Corpbanca, sociedad an nima del giro de su denominaci n representada poró ó Manuel Olivares Rossetti, ignoro profesi n u oficio, ambos domiciliados en Avenidaó Presidente Riesco N 5537, Piso 20, comuna de Las Condes.° Funda su acci n en la circunstancia que sus representados desde mediados del a o 2016ó ñ a la fecha de la presentaci n de la acci n desarrollaron una serie de proyectosó ó inmobiliarios, en especial una cadena de gimnasios, las que se encuentran ubicadas en las ciudades de Puc n y de Vi a del Mar respectivamente.ó ñ A ade que en una primera etapa, fue Gustavo Ebensperger Diez, quien comenz añ ó realizar dichos proyectos, financi ndolos con su patrimonio personal. Pero con el devenirá del tiempo y al ver que sus recursos personales, no eran suficientes; y dado que hab aí personas interesadas en sumarse al proyecto de esta cadena de gimnasios, se cre laó Inmobiliaria e Inversiones Ebensperger SPA., en el mes de marzo de 2018, a fin de que todo lo que tuviese relaci n con dicho proyecto fuese realizado a trav s de dichaó é inmobiliaria. En ese contexto, es que desde principios del 2018, sus representados, comenzaron la b squeda de financiamiento para poder finalizar ambas sedes de laú cadena de gimnasios, pasando por algunas Sociedades de Garant a Rec proca. As lasí í í RIT« » Foja: 1 cosas, en el mes de abril del a o 2018 Gustavo Ebensperger, conoci a H ctorñ ó é Rimmelin

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en orden a acreditar la existencia, estipulaciones, modalidades y estado del contrato aludido por el actor, este rindi prueba documental consistente enó copia, con firma electr nica avanzada, de la escritura p blica de fecha 29 de junio deó ú 2018, otorgada ante el notario de Santiago Ren Benavente Cash, anotada bajo elé repertorio N 24409-2018, donde consta la hipoteca con cl usula de garant a general° á í constituida por Inmobiliaria e Inversiones Ebensperger Spa, con el aval y codeuda solidaria de Gustavo Adolfo Ebensperger Diez, en favor de Banco Itau Corpbanca, copia de los certificados emitidos por el Conservador de Bienes Ra ces de Puc n, en losí ó cuales consta la inscripci n de la hipoteca sobre el lote N 3 ubicado en Avenidaó ° Bernardo O Higgins N 1275, comuna de Puc n, en favor de Banco Itau Corpbanca,’ ° ó Informe t cnico emitido con fecha 19 de octubre de 2018 por Jessica Ruiz analistaé inmobiliario, contrato productos y servicios personas jur dicas naturales con giro,í condiciones generales productos y servicios bancarios personas jur dicas empresas,í conversaciones de wasap de diversas fechas certificadas por Notario P blico, veintis isú é correos electr nicos debidamente percibidos en la audiencia realizada con fecha once deó febrero de 2020 e informe de tasaci n urbana de fecha 5 de marzo del 2018, los que noó fueron objetados, por lo que apreciados de conformidad con las reglas reguladoras de la prueba permiten establecer, en lo que interesa al punto de prueba en an lisis, queá Gustavo Ebensperger Diez constituyo mediante escritura p blica de fecha 29 de junio deú 2018 hipoteca general en favor del Banco Itau sobre el terreno ubicado en Cacique RIT« » Foja: 1 Paillalef N 1100, comuna de Puc n a fin de garantizar el cumplimiento ntegro y° ó í oportuno de todas y cualquiera de las obligaciones que Inmobiliaria e Inversiones Ebensperger SPA tuviera actualmente o en el futuro y la existencia de hipoteca y prohibici n de enajenar sobre el inmueble ubicado en Avda. Bernardo O Higginsó ’ N 1275, comuna de Puc n, de propiedad de Gustavo Ebensperger, ambas en favor del° ó Banco Itau. Que asimismo queda acreditado que en el informe t cnico de fecha 10 deé octubre de 2018, emanado de la entidad financiera demandada el evaluador del proyecto analizado rechaza el proyecto aportado por el cliente y no lo recomienda como garant a,í por su escaso mercado, el que dificultar a su eventual venta.í Que de igual modo resulta probada la existencia de una cuenta corriente y de sobregiro entre Gustavo Ebensperger Diez y el Banco Itau, de diversos mensajes de whatsapp entre Gustavo Ebensperger Diez, H ctor Rimmelin y Eduardo Enr quez, todos relativos a lasé í condiciones en que otorgar an cr ditos solicitados por el demandante Ebensperger Diez,í é como de correos electr nicos entre el actor y funcionarios de la entidad bancariaó demandada, entre los que se encuentra el fechado 27 de julio de 2018 en el que Antonio Gonz lez, A

Fallo

por tanto una confianza de sus representados enó Banco Itau Corpbanca, quienes de buena fe confiaron en el comportamiento anterior y habitual de la contraria. Por lo anterior, el demandado va contra sus propios actos, contra su l nea conductual, pese a haber aprobado los cr ditos solicitados por susí é representados, seg n consta de los correos electr nicos aludidos en la presente demandaú ó contradicci n que causa grave perjuicio a los actores, quienes confiaron en la conductaó anterior e invariable del Banco demandado, quien, pese a haber aprobado 3 operaciones crediticias, a fin de financiar los proyectos inmobiliarios presentados por sus representados, luego en la mitad de la ejecuci n de las obras, simplemente decidió ó retractarse y de un d a para otro, informando que no entregar a m s dinero a susí í á representados. El actuar recientemente se alado, en el sentido de que el Banco demandado, hañ contravenido abiertamente su actuar a lo largo de la relaci n comercial con losó demandantes, es el hecho que motiva la presente demanda. Actuar que ha acarreado una serie de perjuicios a sus representados, quienes confiando en la seriedad de la“ ” instituci n demandada procedieron a adquirir una serie de compromisos, que debido a laó abierta contradicci n del banco demandado, al retractarse, en forma unilateral eó intempestiva de las operaciones aprobadas, no han podido cumplir. Se ala que respecto de los presupuestos para que se indemnice conforme a las reglas deñ la respons

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RIT« » Foja: 1 FOJA: 63 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 6º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-325-2019 CARATULADO : EBENSPERGER/ITA CORPBANCAÚ Santiago, veintiocho de Mayo de dos mil veinte Vistos: Que comparece Marcelo Andres Calder n Ram rez, abogado, domiciliado en Cerro Eló í Plomo N 5420, oficina 1208, Comuna de Las Condes, en calidad de mandatario° judicial de Inmobiliar

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