MINISTERIO PUBLICO C/ PABLO RENÉ IGNACIO BUJES GUERRA
Rol
O-620-2020
Fecha
10 de enero de 2023
Materia
USURPACION NO VIOLENTA (ART. 458 CODIGO PENAL).
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: El día 27 de febrero del año 2020, siendo la 01:55 de la madrugada, los imputados Pablo René Bujes Guerra y Paulina Andrea Caroca Rojas ingresaron al domicilio ubicado en calle Los Fundadores N°2 Nro1911, Población Pompeya Sur de la comuna de Quilpué, sin autorización de su propietaria, estableciéndose en el lugar, ingresando a éste violentando la puerta de acceso y la puerta principal permaneciendo en el lugar siendo detenidos por Carabineros. Acto seguido se procede a dictar SENTENCIA ABSOLUTORIA. Que se exime al Ministerio Público del pago de las costas. Regístrese y archívense los antecedentes en su oportunidad. Código: XMXGXDXXYVE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Ejecutoriada que sea esta resolución, dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Se dejan sin efecto medidas cautelares decretadas. Dirigió la audiencia y resolvió - MARIA ALEJANDRA RADIC SOFFIA. Código: XMXGXDXXYVE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-01-10T15:58:18-0300
Texto Completo (Preview)
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL SIMPLIFICADO SENTENCIA ABSOLUTORIA: Fecha Quilpué, diez de enero de dos mil veintitrés Magistrado MARIA ALEJANDRA RADIC SOFFIA Fiscal CLAUDIA RUIZ JOFRE Defensor NICOLL ROJAS LABRA, por Paulina Caroca Defensor Privado JAVIER CRUZ BARRIA, por Pablo Bujes Hora inicio 10:11AM Hora termino 10:15AM Sala Sala 1, piso 2 Tribunal Juzgado de Garantía de Quilpué. Acta bam/pfm RUC 20
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