Juzgado de Letras y Garantía de Curanilahue.

ANSELMO IVAN GARRIDO CONTRERAS C/ ALEJANDRO ISRAEL PEÑA CONCHA

Rol

O-494-2022

Fecha

9 de enero de 2023

Materia

PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: En la comuna de Curanilahue, el día 25.08.2022, alrededor de las 22:55 horas, personal policial sorprendió en Avenida O’Higgins ingreso a Villa El Sol de esta comuna, al requerido ALEJANDRO ISRAEL PEÑA CONCHA, quien al abrir su banano de color lila con negro, marca Steet Wear, que portaba en su cintura y al sacar su cedula de identidad se percata personal policial que mantenía en el interior de dicha banano un cuchillo de 13 cms., de hoja y 10,5 cms., de empuñadura de color azul sin marca, quien no pudo justificar razonablemente el porte del arma, procediendo dicho personal a su debida detención. Fiscal modificación de pena en conformidad artículo 395 CPP. SI X NO Admisión de responsabilidad SI X NO Alegatos defensa SI X NO Código: XFHQXDXKJDE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Traslado Ministerio Público SI X NO SENTENCIA: Curanilahue, nueve de enero de dos mil veintitrés. VISTO, OIDO Y TENIENDO PRESENTE (Sentencia íntegra en audio) PARTE RESOLUTIVA: Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto, en los artículos 1°, 3°, 7°, 9°, 15°, 24° y siguientes, artículo 288° bis, todos ellos del Código Penal; 1°, 2°, 3° y siguientes del Código Procesal Penal, artículos 47°, 297°, 340°, 388°, 395° y demás normas pertinentes del Código Procesal Penal, se resuelve: I.- Que se condena, a ALEJANDRO ISRAEL PEÑA CONCHA, cédula de identidad N° 0018987133-3, ya individualizado, como AUTOR del delito de Porte de arma cortante o punzante (288 bis del Código Penal), en grado de desarrollo de CONSUMADO, cometido en Curanilahue, el dia 25 de Agosto de 2022, a la multa ascendente a un tercio de unidad tributaria mensual, la que deberá pagar dentro de los 30 días siguientes a que quede firme la presente sentencia. II.- Que se exime al condenado del pago de las costas de la causa por admitir responsabilidad en los hechos materia del requerimiento y ahorrar con ello recursos al estado. Las partes presentes

Fundamentos

fundamentos de lo resuelto. Dirigió la audiencia y resolvió NATALIA INÉS SANDOVAL JARA, Juez Suplente del Juzgado de Letras y Garantía de Curanilahue. Código: XFHQXDXKJDE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-01-09T17:43:49-0300

Fallo

Se declara ajustada a derecho la detención del imputado. Individualización de las partes SI X NO Lectura de requerimiento SI X NO Hechos: En la comuna de Curanilahue, el día 25.08.2022, alrededor de las 22:55 horas, personal policial sorprendió en Avenida O’Higgins ingreso a Villa El Sol de esta comuna, al requerido ALEJANDRO ISRAEL PEÑA CONCHA, quien al abrir su banano de color lila con negro, marca Steet Wear, que portaba en su cintura y al sacar su cedula de identidad se percata personal policial que mantenía en el interior de dicha banano un cuchillo de 13 cms., de hoja y 10,5 cms., de empuñadura de color azul sin marca, quien no pudo justificar razonablemente el porte del arma, procediendo dicho personal a su debida detención. Fiscal modificación de pena en conformidad artículo 395 CPP. SI X NO Admisión de responsabilidad SI X NO Alegatos defensa SI X NO Código: XFHQXDXKJDE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Traslado Ministerio Público SI X NO SENTENCIA: Curanilahue, nueve de enero de dos mil veintitrés. VISTO, OIDO Y TENIENDO PRESENTE (Sentencia íntegra en audio) PARTE RESOLUTIVA: Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto, en los artículos 1°, 3°, 7°, 9°, 15°, 24° y siguientes, artículo 288° bis, todos ellos del Código Penal; 1°, 2°, 3° y siguientes del Código Procesal Penal, artículos 47°, 297°, 340°, 388°, 395° y demás normas pertinentes del Código Procesal Penal, se resuelve: I.- Que se

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INDIVIDUALIZACIÓN DE AUDIENCIA DE CONTROL DE LA DETENCIÓN. (VIDEOCONFERENCIA) Fecha Curanilahue, nueve de enero de dos mil veintitrés Magistrado NATALIA INÉS SANDOVAL JARA Fiscal CAROLINA ANDREA MOLINA ALBORNOZ Defensor EMMANUEL ARREDONDO HERNANDEZ Hora inicio 13:41 Hora termino 14:00 Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Letras y Garantía de Curanilahue. Acta Claudio Saavedra Lara Coordinador Pablo G

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