SOCIEDAD DE EXPLORACIÓN Y DESARROLLO MINERO/
Rol
V-255-2017
Fecha
27 de mayo de 2020
Materia
MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 02 noviembre de 2017, se presenta don Eugenio Rafael Ramírez Cifuentes, chileno, casado, abogado, actuando en representación de Sociedad de Exploración y Desarrollo Minero, que también usa la denominación de “EXPLODESA” sociedad contractual minera, ambos con domicilio en calle Miraflores n° 178, piso n° 7, comuna de Santiago, Región Metropolitana Expone que con el objeto de constituir concesión minera de explotación a favor de la Sociedad que representa, viene en manifestar un yacimiento de sustancias concesibles ubicadas en terrenos abiertos e incultos. Señala que el punto de interés de esta manifestación está determinado por las coordenadas UTM Norte: 6.168.554,22 metros y Este: 300.850,00 metros, y se ubica en la comuna de Nancagua, Provincia de Colchagua Sexta Región. Refiere que el área manifestada corresponde a un rectángulo cuyos lados orientados norte sur U.T.M miden 1.400 metros, mientras que los orientados este oeste miden 700 metros. Luego, ruega tener por manifestadas 14 pertenecías de 7 hectáreas de superficie cada una, las que denominará “Leopardo 4 1/14”, con un total de 98 hectáreas. SEGUNDO: Que por resolución de fecha 06 de noviembre de 2017, se ordenó la inscripción y publicación de la solicitud de manifestación minera antes descrita. TERCERO: Que con fecha 31 de mayo de 2018, don Eugenio Ramírez Cifuentes, abogado, solicita mensura de la pertenencia minera manifestada en autos, denominada “Leopardo 4 1/14”, con una superficie total de 98 hectáreas y propone perito mensurador a don Víctor Miguel Jara Inostroza. -Con fecha 27 de agosto de 2018, se tiene por designado a un nuevo perito mensurador, don Leopoldo Ramírez Morales. CUARTO: Que con los documentos acompañados en la presentación de fecha 31 de mayo de 2018, consta que con fecha 13 de noviembre de 2017, la Manifestación Minera fue inscrita a fojas 570 N° 277 en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de San Fernando del año 2017; y la publicación se efectuó en el boletín de Minería de Santiago nº 41.915 de fecha 23 de noviembre de 2017. Además, consta que la solicitud de mensura fue publicada con fecha 25 de junio de 2018, según el Boletín de Minería n.° 42.091, sección VII. QUINTO: Que con fecha 10 de agosto de 2018, se certificó que en los presentes autos no se formuló oposición a la solicitud de mensura, dentro del plazo legal, el que se encuentra vencido. SEXTO: Que con fecha 12 de diciembre de 2018, presento un escrito el Perito mensurador don Leopoldo Ramírez Morales, quien acepta el cargo y jura su fiel desempeño, el cual es proveído con fecha 14 de diciembre de 2018, teniéndosele por notificado de la resolución dictada el 27 de agosto de 2018 y por aceptado el cargo, haciendo entrega del acta de mensura y planos debidamente con fecha 22 de enero de 2019. Al respecto, se deja constancia que con fecha 29 de enero de 2019, se custodio el original del acta de mensura y 2 copias, como también el original de
Fallo
se declara: I.- Que se tiene por constituida la concesión de explotación denominada “Leopardo 4 1/14”, ubicada en la comuna de Placilla, provincia de Colchagua, Sexta Región, a favor de SOCIEDAD DE EXPLORACION Y DESARROLLO MINERO, representada legalmente por don Eugenio Rafael Ramírez Cifuentes, ya individualizados en forma legal en autos. Asimismo se aprueba el Plano de la concesión de explotación ya referida y el acta de mensura de la misma. II.- Inscríbase el acta de mensura de estas pertenencias. III. Practíquese publicaciones de la presente sentencia constitutiva de Manifestación Minera, mediante extracto redactado por la Secretaria del Tribunal o quién haga sus veces, en el boletín oficial de Minería de Santiago. IV.- Inscríbase la presente sentencia y archívese oportunamente un ejemplar del Plano custodiado con fecha 28 de enero de 2019, todo en el Conservador de Minas de San Fernando, y asimismo, remítase copia autorizada del presente fallo y del plano al Servicio Nacional de Geología y Minería. Regístrese, notifíquese y archívese. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. y se notificó por el estado diario la sentencia precedente, en San Fernando, veintisiete de Mayo de dos mil veinte. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invier
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NOMENCLATURA: 1. [40]Sentencia JUZGADO: 1º Juzgado de Letras de San Fernando CAUSA ROL?: V-255-2017 CARATULADO: SOCIEDAD DE EXPLORACIÓN Y DESARROLLO MINERO/ San Fernando, veintisiete de Mayo de dos mil veinte. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 02 noviembre de 2017, se presenta don Eugenio Rafael Ramírez Cifuentes, chileno, casado, abogado, actuando en representación de Sociedad de Exp
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