ANTOFAGASTA MINERALS S.A/
Rol
V-2218-2018
Fecha
27 de mayo de 2020
Materia
MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1) Que con fecha 12 de septiembre de 2018, don José Manuel Cortés Leighton, cédula de identidad N° 17.086.247-3, chileno, abogado, soltero, en representación de ANTOFAGASTA MINERALS S.A., Rut N° 93.920.000-2, sociedad chilena del giro de su denominación, ambos domiciliados en Apoquindo 4001, piso 18, comuna de Las Condes, Santiago, solicitó 20 pertenencias mineras denominadas "AFRODITA A 7, 1 al 20”, ubicadas en la Comuna y Provincia de Copiapó, Tercera Región de Atacama. Esta manifestación se formula en uso del derecho que posee por ser titular de la concesión de exploración denominada “AFRODITA A 7”, cuyo pedimento fue presentado en el Cuarto Juzgado de Letras de Copiapó, el 22 de abril de 2016, fecha que debe ser tenida como la de presentación de esta manifestación. La sentencia constitutiva se dictó con fecha 15 de septiembre de 2016 y se inscribió a fs.5.564 N° 3.689 en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Copiapó, correspondiente al año 2016. 2) Que el acta de mensura presentada con fecha 25 de marzo de 2020, da cuenta de la mensura de las pertenencias "AFRODITA A 7, 1 AL 20”, ubicadas en sur vegas del quemado, Comuna y Provincia de Copiapó, Tercera Región de Atacama, las que abarcan una superficie total de 200 hectáreas. Las coordenadas U.T.M. de los vértices del perímetro mensurado son: VÉRTICE NORTE (m) ESTE(m) L-1 6.974.000,00 448.000,00 L-2 6.974.000,00 450.000,00 L-3 6.973.000,00 450.000,00 L-4 6.973.000,00 448.000,00 3) Que con fecha 26 de septiembre de 2018, la manifestación en referencia fue inscrita a fs.4.470 vta. Nº 2.760 en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Copiapó; y se publicó en el Boletín Oficial de Minería N° 42.177 de fecha 10 de octubre de 2018, ambos documentos acompañados con fecha 18 de abril de 2019. V-2218-2018 Foja: 1 4) Que con fecha 02 de mayo de 2019, se publicó la solicitud de mensura en el Boletín Oficial de Minería Nº 42.343, documento acompañado con fecha 05 de julio de 2019. 5) Que en el curso de la tramitación no se notaron faltas o ilegalidades y la operación de mensura fue practicada en forma correcta, según informe del Servicio Nacional de Geología y Minería Nº 002610, de fecha 12 de mayo de 2020, agregado mediante resolución de fecha 15 de mayo de 2020. No obstante lo anterior, el Servicio Nacional de Geología y Minería informó con observaciones la operación de la mensura, mediante Ordinario N° 000629 de fecha 29 de enero de 2020, agregado mediante resolución de fecha 04 de febrero de 2020. Y Vistos además, lo dispuesto en el artículo 85 del Código de Minería,
Fallo
SE DECLARA: Que SE APRUEBA el plano y el acta de mensura y quedan constituidas las pertenencias "AFRODITA A 7, 1 AL 20”, ubicadas en sur vegas del quemado, Comuna y Provincia de Copiapó, Tercera Región de Atacama, con una superficie total de 200 hectáreas, en favor de ANTOFAGASTA MINERALS S.A. Extráctese la presente sentencia en los términos establecidos en el artículo 90 del Código de Minería y publíquese. Inscríbase copia autorizada de esta sentencia y del acta de mensura en el Registro de Propiedad del Conservador de Minas de Copiapó; y remítase copias de las mismas piezas al Servicio Nacional de Geología y Minería. Archívese los planos en los términos establecidos en el artículo 87 del mencionado cuerpo legal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol V-2218-2018. Dictada por doña María Teresa Marabolí Vergara, Jueza Titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. y se notificó por el estado diario la sentencia precedente, en Copiapó, veintisiete de Mayo de dos mil veinte. YF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más
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V-2218-2018 Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado de Letras de Copiapó CAUSA ROL : V-2218-2018 CARATULADO : ANTOFAGASTA MINERALS S.A/ Copiapó, veintisiete de Mayo de dos mil veinte VISTOS Y CONSIDERANDO: 1) Que con fecha 12 de septiembre de 2018, don José Manuel Cortés Leighton, cédula de identidad N° 17.086.247-3, chileno, abogado, soltero, en representación de ANTOFAGASTA
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