FALABELLA C/ ALICIA ALEJANDRA BRAGEMANN OPAZO
Rol
O-6552-2022
Fecha
6 de enero de 2023
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE 4 A 40 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos “Que, el día 6 de noviembre de 2022, siendo aproximadamente las 17:35 horas, en circunstancias que el imputado se encontraba al interior del establecimiento comercial Falabella, Líder, ubicado en Avenida Vicuña Mackenna N° 7110, comuna de La Florida, desde donde procedió a sustraer con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño diversas especies, las que fueron avaluadas por la víctima en la suma total de $251.890.-, siendo detenido luego de haber traspasado el lineal de cajas por personal de seguridad del mismo local comercial”. Delito y grado de desarrollo Hurto simple del artículo 446 N° 2 del Código Penal, en grado de desarrollo frustrado. Participació n Autora. Artículo 15 Nº 1 Código Penal Atenuantes Art. 11 N° 6 del Código Penal.Circunstancidificatori Agravantes No se invocan. SE RESUELVE: I. Que, SE ABSUELVE a ALICIA ALEJANDRA BRAGEMANN OPAZO, ya individualizada, de los cargos formulados por el ministerio público a su respecto, en calidad de autora de un delito de Hurto Simple, previsto y sancionado en el artículo 446 Nº 2 del Código Penal, en grado de desarrollo frustrado, presuntamente perpetrado el día 06 de noviembre del año 2022, en la comuna de La Florida. II. Se exime al ministerio público y también a la parte querellante del pago de las costas por estimar que tuvieron motivo plausible para litigar. Regístrese y archívese una vez ejecutoriada la presente sentencia. LAS PARTES RENUNCIAN A LOS PLAZOS. Código: KZZDXDJMYXD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl "Que la presente sentencia fue dictada en forma íntegra en audiencia, consta en registro oficial de audio, y la transcripción se realiza conforme a los criterios previstos en el artículo 62 del Acta 71 de 16 de Junio de 2016 de la Excma. Corte Suprema”. Código: KZZDXDJMYXD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-01-09T12:37:00-0300
Fallo
SE RESUELVE: I. Que, SE ABSUELVE a ALICIA ALEJANDRA BRAGEMANN OPAZO, ya individualizada, de los cargos formulados por el ministerio público a su respecto, en calidad de autora de un delito de Hurto Simple, previsto y sancionado en el artículo 446 Nº 2 del Código Penal, en grado de desarrollo frustrado, presuntamente perpetrado el día 06 de noviembre del año 2022, en la comuna de La Florida. II. Se exime al ministerio público y también a la parte querellante del pago de las costas por estimar que tuvieron motivo plausible para litigar. Regístrese y archívese una vez ejecutoriada la presente sentencia. LAS PARTES RENUNCIAN A LOS PLAZOS. Código: KZZDXDJMYXD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl "Que la presente sentencia fue dictada en forma íntegra en audiencia, consta en registro oficial de audio, y la transcripción se realiza conforme a los criterios previstos en el artículo 62 del Acta 71 de 16 de Junio de 2016 de la Excma. Corte Suprema”. Código: KZZDXDJMYXD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-01-09T12:37:00-0300
Texto Completo (Preview)
TRIBUNAL : 14° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO RUC : 2201100038-3 RIT : 6552-2020 IMPUTADO : ALICIA ALEJANDRA BRAGEMANN OPAZO Cédula de identidad : 13.928.793-2 Fecha de nacimiento : 15 de abril de 1980 Domicilio : pasaje Paseo Los Perales N° 3670, Block 2, Dpto. Nº 21, La Florida PROCEDIMIENTO : JUICIO ORAL SIMPLIFICADO Fecha de sentencia : seis de enero de dos mil veintitrés JUEZ : CECILIA ANDRE
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