7º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ ENRIQUE EDUARDO MADARIAGA MESÍAS

Rol

O-180-2023

Fecha

5 de enero de 2023

Materia

PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: “ Que el día 04 de enero de 2023, alrededor de las 13:45 horas en calle Esperanza con Avenida San Pablo en la comuna de Santiago, los requeridos ya individualizados son observados por personal de carabineros en el momento que el requerido ENRIQUE EDUARDO MADARIAGA MESIAS , extrae un bolso tipo moral una hoja de cuchilla envuelta en uno de sus extremos particularmente la parte trasera con una tela de género como empañadura, haciendo entrega del referido elemento al imputado GIANFRANCO EDUARDO LOPEZ DIAZ , momento en que personal de carabineros proceden a su fiscalización, procediendo a su detencion en el lugar e incautacion del referido elemento, el que endefinitva se trata de una hoja de cuchillo de 31 centrimetro de largo envuelto en uno de sus extremos particularmente la parte extrema trasera con cinta de genero como empuñadura, respecto de la cual ninguno de los dos requeridos justifico razonablemente su porte.” I. Que se condena a los imputados GIANFRANCO EDUARDO LOPEZ DIAZ Y ENRIQUE EDUARDO MADARIAGA MESIAS, ya individualizados, a la PENA DE MULTA DE UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, en calidad de autores del delito de portar arma cortante punzante en la vía pública, previsto y sancionado en el Artículo N° 288 bis del Código Penal, en grado de desarrollo consumado, perpetrado el día 04 de enero de 2023, en la comuna de Santiago, y se les exime del pago de las costas de la causa. II. La pena de multa se les tiene por cumplida con el día 04 y 5 de enero de 2023, tiempo que han estado privado de libertad con ocasión de esta causa. III. Se decreta el comiso de las especies incautadas. IV. Una vez ejecutoriada la presente resolución, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. V. Las partes renuncian a los plazos. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal P

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7° Juzgado de Garantía de Santiago Av. Pedro Montt 1606, 3º piso, Edificio A. Centro de Justicia de Santiago Pág. 1 COMPLEMENTO DE SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Santiago, cinco de enero de dos mil veinitres TRIBUNAL: 7° Juzgado de Garantía de Santiago MAGISTRADO: MARIA CAROLINA HERRERA CORTES -MONROY RUC: 2300015253-6 RIT: 180-2023 IMPUTADOS: GIANFRANCO EDUARDO LOPEZ DIAZ

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