2º Juzgado de Letras de Calama

ALBEMARLE LIMITADA (ROCKWOOD LITHIUM)/

Rol

V-98-2020

Fecha

28 de mayo de 2020

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 21 de enero de 2020, siendo las 17:24 horas, don Cristian Carrillo Gajardo, chileno, divorciado, Abogado, cédula de identidad N°16.019.043-4, en representación de ALBEMARLE LIMITADA, sociedad chilena de giro minero no metálico, rol único tributario N° 85.066.600- 8, ambos domiciliados en Av. Isidora Goyenechea N° 3162, oficina 202, comuna de Las Condes, Santiago, solicitó la constitución de una concesión minera de exploración, de sustancias concesibles en terrenos abiertos e incultos, de una superficie total de 600 hectáreas, a la que denominó “LILA 11 B”, cuyo punto medio se sitúa en la Región de Antofagasta, Provincia de El Loa, comuna de San Pedro de Atacama, y tiene las siguientes coordenadas U.T.M. AL NORTE 7.378.500,00 metros; AL ESTE 558.000,00 metros. SEGUNDO: Que el referido pedimento fue inscrito con fecha 28 de enero de 2020, a fojas 393 bajo el Nº 303, en el registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Calama, correspondiente al año 2.020. TERCERO: Que con fecha 10 de febrero de 2020, el pedimento minero se publicó en el Boletín Oficial de Minería en la edición N° 42.575, CVE 1722258, el cual se encuentra agregado a la carpeta electrónica. CUARTO: Que la superficie pedida en concesión es un rectángulo de 3.000 metros en sentido norte-sur, por 2.000 metros en sentido este-oeste, y las coordenadas Universales Transversales de Mercator (U.T.M.) de cada uno de los vértices del perímetro de la cara superior de la concesión de exploración en trámite son: VERTICES NORTE (mts.) ESTE (mts.) PM 7.378.500,00 558.000,00 V1 7.380.000,00 557.000,00 V2 7.380.000,00 559.000,00 V3 7.377.000,00 559.000,00 V4 7.377.000,00 557.000,00 QUINTO: Que, mediante ordinario N° 3128, de fecha 22 de mayo de 2020, el Servicio Nacional de Geología y Minería, emitió el correspondiente informe, sin observaciones, señalando que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano de la referida concesión se encuentran conforme con las disposiciones legales vigentes; agregando que la forma, las dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión solicitada se ajustan a la ley, concluyendo que ésta queda comprendida dentro del terreno pedido. SEXTO: Que no se ha incurrido en causal alguna de caducidad ni en vicios que obsten a la constitución de la concesión. Y visto además lo dispuesto en los artículos 1º, 22, 34 y siguientes, 55, 57, 85, 86, 87 y 89 del Código de Minería; y 42 del Reglamento del cuerpo legal citado, resuelvo: I.- Declarar CONSTITUIDA la concesión de exploración “LILA 11 B”, sobre una superficie total de 600 hectáreas, a favor de ALBEMARLE LIMITADA, antes individualizada y APROBAR el plano. II.- Publíquese esta sentencia en extracto conforme al artículo 90 del Código de Minería y artículo 43 de su Reglamento. III.- Inscríbase esta sentencia constitutiva dentro del plazo de 120 días que dispone el artículo 89 del Código de Minería, en el Registro de Descubrimientos del Conservador

Texto Completo (Preview)

FOJA: 11 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado de Letras de Calama CAUSA ROL : V-98-2020 CARATULADO : ALBEMARLE LIMITADA (ROCKWOOD LITHIUM)/ Calama, veintiocho de Mayo de dos mil veinte VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 21 de enero de 2020, siendo las 17:24 horas, don Cristian Carrillo Gajardo, chileno, divorciado, Abogado, cédula de identidad N°16.019.043-4, en re

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