Juzgado de Letras y Gar.de Freirina

COMUNIDAD INDÍGENA DIAGUITA CHIPASSE TA TATARA/

Rol

V-615-2019

Fecha

26 de mayo de 2020

Materia

DONAR O INSINUACIÓN, AUTORIZACIÓN PARA

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, compareció Mario Eduardo García Rodríguez, abogado, domiciliado para estos efectos en el domicilio de su representada, en representación -cuya naturaleza no indica- de la COMUNIDAD INDÍGENA DIAGUITA CHIPASSE TA TATARA, del giro de su denominación, RUT N° 69.065.738-3, representada legalmente por Hortensia Lemus Espinoza, chilena, diaguita, agricultora, casada, cédula de identidad N° 9.305.352-4, ambas con domicilio en sector Tatara Alto sin número, comuna de Freirina, solicitando en procedimiento no contencioso autorización para donar un bien inmueble. El inmueble corresponde al Lote 9-A1, de una superficie de una hectárea, de propiedad de la Junta de Vecinos Quebrada de Tatara, ubicado en la comuna de Freirina, sector Tatara, que forma parte de un predio de mayor superficie denominado Lote 9-A, de una superficie de 1,55 hectáreas. Sus deslindes son: NORTE: Con canal Nicolasa, línea sinuosa entre vértice V uno y V dos en ciento siete coma setenta metros; SUR: Con saldo Lote Nueve línea recta entre los vértices V tres V cuatro en ochenta y ocho coma noventa y nueve metros; ORIENTE: Con saldo lote Nueve línea recta entre vértices V dos y V tres en ciento ochenta y dos coma noventa metros; y PONIENTE: Con saldo Lote Nueve línea quebrada en dos tramos entre vértices V cuatro y V cinco en setenta y cinco coma cincuenta y seis metros, y vértice V uno y V cinco en setenta coma ochenta y siete metros; camino interior existente de por medio. El título de dominio se encuentra inscrito a nombre de la organización mencionada a fojas 824, N° 534 del Registro de Propiedad correspondiente al año 2013, del Conservador de Bienes Raíces de Freirina. El rol de avalúo del Servicio de Impuestos Internos es el número 103-292, comuna de Vallenar. El Lote 9-A fue subdividido en dos lotes, según autorización que consta del certificado número 49/2016, de fecha 16 de diciembre de 2016, suscrito por Carlos Guerrero Moya, Jefe SAG, Oficina Huasco-Vallenar, del Servicio Agrícola y Ganadero, a saber Lote 9-A, de 0,55 hectáreas y Lote 9-A1, de 1 hectárea, cuyo plano de subdivisión y otros documentos se encuentran archivados al final del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Freirina, correspondiente al año 2016, bajo los N° 484, 485, 486 y 487, según subinscripción marginal. El Lote 9-A1, cuya autorización para donar solicita, posee los siguientes deslindes especiales, según memoria de deslindes del proyecto de subdivisión predial Lote 9-A, confeccionado por la arquitecta Natalia Portilla Maldonado: NORTE: Con canal Nicolasa línea sinuosa entre vértices V1 y V2 en 107,70 metros; SUR: Con Camino interior existente, en línea sinuosa entre los vértices ad en 142,95 metros; ORIENTE: Con saldo Lote 9 línea recta entre los vértices V2 y a en 152,40 metros; y PONIENTE: Con saldo Lote 9 línea recta entre los vértices V1 y d en 17,41 metros. El rol de avalúo del Servicio de Impuestos Internos es el número 103-378, comuna d

Fallo

por tantos años. Los primeros trámites los inició la Sra. Hortensia Lemus Espinoza, quien era la Cacique de la Comunidad Indígena Chipasse Ta Tatara. El año 2013 Agrosuper aceptó realizar una donación del terreno ocupado por la comunidad, pero una de las exigencias era que debía tratarse de una institución con personalidad jurídica definitiva, y ellos poseían sólo la provisoria, y la definitiva se encontraba en tramitación. Ante esa situación, se habló con el Presidente de la Junta de Vecinos de Tatara de esa época, quien accedió a recibir la donación que haría Agrosuper a nombre de esa junta vecinal, sólo por el hecho de que eran una entidad con personalidad jurídica definitiva, estableciéndose el compromiso que una vez que la comunidad obtuviera su personalidad jurídica definitiva, la Junta de Vecinos le transferiría el dominio correspondiente a la comunidad. A manera de formalizar el compromiso contraído entre ambas partes, en el año 2016 se firmó un comodato, estableciéndose entre sus cláusulas que una vez que la comunidad obtuviera la personalidad jurídica definitiva, la Junta de Vecinos de Tatara procedería a transferir la porción de terreno que se había acordado inicialmente con Agrosuper, es decir, 1 hectárea para la comunidad Diaguita solicitante de autos y 0,55 hectáreas para la Junta de Vecinos, por lo que esta última en ningún momento perderá su patrimonio, ya que conservará dicha superficie, más una sede comunitaria que obtuvo a través de la I. Municipalidad de

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar.de Freirina CAUSA ROL : V-615-2019 CARATULADO : COMUNIDAD INDÍGENA DIAGUITA CHIPASSE TA TATARA/ Freirina, veinticinco de mayo de dos mil veinte. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, compareció Mario Eduardo García Rodríguez, abogado, domiciliado para estos efectos en el domicilio de su representada, en representación -cuy

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