Juzgado de Garantía de Talca.

MP C/ ROGER ALEXANDER BRICEÑO MARRON

Rol

O-4308-2022

Fecha

4 de enero de 2023

Materia

TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 09 de junio de 2022, funcionario de la ODI TALCA, antinarcóticos, previamente autorizados por una orden de entrada y registro 15 ½ norte n°975 Taca, donde mantiene residencia los imputados ROGER ALEXANDER BRICEÑO MARRON y JORDANO ALVEIRO CONTRERAS GONZALEZ, junto a otras personas de nacionalidad venezolana, una vez al interior de inmueble sorprendieron al imputado ROGER BRICEÑO, manteniendo en su poder, específicamente en el interior de su dormitorio, guardaba un frasco de vidrio contenedores de 302,21 gramos de cannabis Código: SWNCXDXXPJD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl debajo de la cama, guardaba un calcetín que en su interior contenía dos contenedores de látex compactado en forma de ovoides, que en su interior contenía clorhidrato de cocaína, uno de ellos con un peso bruto de 15,3 gramos y el otro con un peso bruto de 1.83 gramos. En la misma habitación detrás de la puerta de acceso al dormitorio, en el suelo, se encontró una balanza digital color gris, en el piso, junto a otras prendas de vestir, en uno de sus bolsillos de una casaca una pistola el imputado mantenía una pistola a fogueo, marca Bruni, modelo 84 con 31 cartuchos calibre 9 milímetros a fogueo sin percutir. La droga que el imputado guardaba al interior de su dormitorio la mantenía sin autorización de la autoridad competente y sin haber justificado que dicha droga estuviera destinada a su uso y consumo personal, exclusivo y próximo en el tiempo o a un tratamiento médico, sin perjuicio que por su cantidad, forma de distribución, numero de dosis que se puede obtener de la droga que guardaba y circunstancias del hecho, estaba destinada a ser distribuida o comercializada a terceros. Calificación jurídica: Los hechos descritos en concepto del Ministerio público constituyen el delito de tráfico de droga, previsto y sancionado en el artículo 3° ley 20.000. Circunstancias modificatorias: articulo 11 n°6 y n°9 del Código p

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1 y 3 de la Ley 20.000, demás pertinente del Código Penal; artículos 406 y siguientes del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA al imputado ROGER ALEXANDER BRICEÑO MARRON, cédula nacional de identidad N°0014888301-7, domiciliado en Calle 15 ½ Norte n°975, Comuna de Taca, a sufrir las siguientes penas: La pena de TRES AÑOS Y UN DIA de presidio menor en su grado máximo, por su participación en calidad de autor en el delito de tráfico ilícito de drogas del artículo 3 en relación al artículo 1 de la ley 20.000, en grado de consumado, perpetrado el día 09 de junio de 2022, en Talca. II.- Que reuniéndose los requisitos del artículo 15 bis de la ley 18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta, por la pena de LIBERTAD VIGILADA INTENSIVA, por igual termino que el de la pena privativa de libertad que se sustituye, debiendo presentarse al Centro de reinserción social de Talca, debiendo además cumplir durante el periodo de control, con el plan de intervención individual que se apruebe en su momento y con las condiciones legales de las letras a, b y c de artículo 17 BIS de la ley 18.216, imponiéndose la obligación de asistir a un programa de rehabilitación de alcohol o drogas. Adicionalmente se impone al sentenciado las condiciones de la letra d del artículo 17 TER de la ley 18.216, esto es la obligación de cumplir con algún programa de formación laboral, cult

Texto Completo (Preview)

Individualización de Audiencia de Procedimiento abreviado.. Fecha Talca., cuatro de enero de dos mil veintitrés Magistrado MARIO ANDRÉS VILLAGRA GARCÍA Fiscal PAZ ELIZABETH FILIPPI PEREDO POR LILIAN PATRICIA ALVARADO PINOCHET Defensor CAROLINA VILLALOBOS VASQUEZ Hora inicio 09:27AM Hora termino 10:17AM Sala SEGUNDA SALA Audio n°2 Tribunal Juzgado de Garantía de Talca. Acta Eaj RUC 2200578804-1 R

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