ANONIMIZADO
Rol
F-167-2022
Fecha
2 de marzo de 2023
Materia
VIOLENCIA INTRAFAMILIAR
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: PRIMERO: Que la presente causa se inició por requerimiento de la Oficina Adulto Mayor de la comuna de Futrono. SEGUNDO: Que se dio curso a la presente causa, pasando los antecedentes a la Consejo Técnico del Tribunal, a fin de que emitiera opinión. TERCERO: Que la consejera técnica del tribunal sugiere en su oportunidad dar curso progresivo a los autos con medidas cautelares. CUARTO: Que, a folio 24 la Oficina del Adulto Mayor de la comuna de Los Lagos, informa el fallecimiento de doña Karen. QUINTO: Que teniendo a la vista el certificado de defunción de doña Karen, se puede verificar su fallecimiento; no siendo posible seguir adelante con el...
Texto Completo (Preview)
Los Lagos, dos de marzo de dos mil veintitrés. CAY VISTOS: PRIMERO: Que la presente causa se inició por requerimiento de la Oficina Adulto Mayor de la comuna de Futrono. SEGUNDO: Que se dio curso a la presente causa, pasando los antecedentes a la Consejo Técnico del Tribunal, a fin de que emitiera opinión. TERCERO: Que la consejera técnica del tribunal sugiere en su oportunidad dar curso progresiv
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica