Juzgado de Familia Talca

ANONIMIZADO

Rol

C-280-2023

Fecha

4 de marzo de 2023

Materia

DIVORCIO DE COMUN ACUERDO

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Fallo

se resuelve: A LO PRINCIPAL: Por admitida a tramitación demanda de DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO. Infórmese por las partes, su interés en que la presente causa sea resuelta de plano, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 bis de la Ley 19.968, dentro del término de cinco días. En tal caso, los solicitantes, deberán informar, expresamente, si existe intención de reanudar la vida en común para los efectos de cumplir con el llamado a conciliación que establece el artículo 67 de la Ley 19.947. Además, deberán ratificar el acuerdo...

Texto Completo (Preview)

Talca, dos de marzo de dos mil veintitrés. Proveyendo presentación de folio 13: Por cumplido lo ordenado. En virtud de lo anterior y proveyendo presentación de folio 01 se resuelve: A LO PRINCIPAL: Por admitida a tramitación demanda de DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO. Infórmese por las partes, su interés en que la presente causa sea resuelta de plano, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 bi

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica