CLAUDIA ALEJANDRA NEIRA FIGUEROA C/ BRIAN FELIPE VARGAS HERNÁNDEZ
Rol
O-6225-2022
Fecha
30 de diciembre de 2022
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el Ministerio Público dedujo requerimiento en contra del imputado, fundándolo en que “El día 20 de octubre de 2022, alrededor de las 16:30 horas, la víctima doña Claudia Alejandra Neira Figueroa se encontraba en su domicilio ubicado en calle Jaspe N° 1470, Block 30, Depto. 24, comuna de La Florida; ocasión en la que recibió un llamado telefónico de parte de su conviviente y padre de su hijo, el requerido Brian Felipe Vargas Hernández, quien la amenazó de forma seria y verosímil, indicándole: “voy a llegar a la casa a dejarte la cagá, y si te poni’ hueona te voy a sacar la concha de tu madre, maraca”. Posteriormente, alrededor de las 20:00 horas, mientras la víctima se encontraba en su domicilio -ubicado en la dirección antes señalada-, Neira Figueroa llegó al lugar bajo los efectos del alcohol y las drogas, manifestándole a la víctima “estoy que te saco la concha de tu madre”, hechos que causan gran temor en la afectada”. Según el Ministerio Público, los hechos antes descritos son constitutivos de un delito de amenazas en contexto de violencia intrafamiliar previsto y sancionado en el artículo 296 N° 3 del Código Código: NXXXXDJQSKC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Penal en relación con los artículos 5 y 9 de la Ley 20.066 de Violencia Intrafamiliar, en grado de desarrollo consumado. Al requerido se le atribuye participación en calidad de autor ejecutor en los términos del artículo 15 Nº 1 del Código Penal. Que, según el Ministerio Público, concurre la atenuante contemplada en el artículo 11 N° 6 del Código Penal. Es en virtud de lo anterior que se solicitó la imposición de una pena de 300 días de presidio menor en su grado mínimo, accesorias del artículo 30 del Código Penal, además de la medida accesoria establecidas en la letras a) y b) de la Ley 20.066. SEGUNDO: Que, el Ministerio Público, en su alegato de apertura, que se resuelva conforme a derecho de acuerdo a la prueba que se va a presentar en juicio. TERCERO: Que, la Defensa, en su alegato de apertura, solicitó la absolución del imputado por ausencia de prueba. CUARTO: Que el imputado ejerció su derecho a guardar silencio. QUINTO: Que, se recibió el testimonio de la señora CLAUDIA NEIRA FIGUEROA, quien expresó en estrado que los hechos contenidos en el requerimiento verdaderamente no ocurrieron, puesto que el imputado nunca la amenazó sino que tuvieron desavenencias de pareja, pero en cuanto a expresiones amenazadoras el imputado nunca las hizo. SEXTO: Conforme lo escuchado de la víctima es la fuente principal de información de lo que ocurrió el día de los hechos no puede sino que arribarse a una decisión de absolución respecto del imputado. SÉPTIMO: No es posible fijar ningún hecho probado en este juicio. OCTAVO: Que, no se condena en costas al Ministerio Público, por haber tenido motivos plausibles para litigar. En mérito de lo anterior y artículo 1 del Código Penal; artículos 45
Fallo
se declara: Código: NXXXXDJQSKC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que, se absuelve a BRIAN FELIPE VARGAS HERNÁNDEZ, ya individualizado, del requerimiento que fue presentado en su contra que lo estimó autor ejecutor de un delito consumado de amenazas en contexto de violencia intrafamiliar, perpetrados en la comuna de La Florida el día 20 de octubre del 2022. II.- Que, no se condena en costas al Ministerio Público. Los intervinientes son notificados personalmente de esta sentencia y renuncian a plazos y recursos legales, por lo que queda firme y ejecutoriada. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Pronunciada por el Juez Titular del 14º Juzgado de Garantía de Santiago don CARLOS HUMBERTO MUÑOZ SEPÚLVEDA. Código: NXXXXDJQSKC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-01-05T00:34:49-0300
Texto Completo (Preview)
C/ BRIAN FELIPE VARGAS HERNÁNDEZ RIT: 6225-2022. RUC: 2201043270-0. AMENAZAS SIMPLES EN CONTEXTO DE VIF. Santiago, treinta de diciembre de dos mil veintidós. Que, ante este 14º Juzgado de Garantía de Santiago con fecha 30 de diciembre del 2022 se celebró audiencia de juicio oral simplificado bajo la dirección del Juez Carlos Muñoz Sepúlveda, en la causa RIT 6225-2022, seguida contra BRIAN FELI
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