MP C/ CARLOS FELIPE CONCHA MORGADO
Rol
O-5691-2018
Fecha
2 de enero de 2023
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO.
Resultado
No especificado
Hechos
Visto lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley N° 18.216, procédase a la omisión, en los certificados de antecedentes, de la anotación a que diere origen esta sentencia condenatoria. III.-. Habiendo renunciado el imputado a su derecho a juicio oral y visto lo dispuesto en el artículo 47 del Código Procesal Penal, se le exime del pago de las costas de la causa. Téngase presente la renuncia a los plazos manifestada por los intervinientes y por ejecutoriada la presente sentencia. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y en su oportunidad archívese. RUC 1800537039-2 RIT 5691 - 2018 Dictada por CLAUDIO ORTEGA LOYOLA, Juez Titular del Juzgado de Garantía de San Bernardo. Código: WZNDXDDEXCC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-01-04T12:41:54-0300
Fallo
Por estas consideraciones y conforme a las disposiciones legales aplicables, se declara: I.- Que se condena a CARLOS FELIPE CONCHA MORGADO, cédula de identidad N° 0016125024-4, ya individualizado, a las siguientes penas: a) A la pena de CUARENTA Y UN (41) días de prisión en su grado máximo y accesoria de suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad en calidad de autor del delito frustrado de ROBO EN LUGAR NO HABITADO, perpetrado el día 01 de junio de 2018, en territorio Jurisdiccional de éste Tribunal. b) A la pena de SESENTA Y UN (61) días de presidio menor en su grado mínimo y accesoria de suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad en calidad de autor del delito consumado de ROBO EN LUGAR NO HABITADO, perpetrado el día 30 de enero de 2019, en territorio Jurisdiccional de éste Tribunal. II.- Que reuniendo el sentenciado los requisitos contenidos en el artículo 4° de la Ley N° 18.216, se sustituye el cumplimiento de las penas privativas de libertad impuestas por la pena de remisión condicional de la pena, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia de centro de reinserción social de Gendarmería de Chile que territorialmente corresponda por el lapso de un (1) año, debiendo presentarse en el plazo de 5 días desde que ejecutoriada se encuentre esta sentencia, bajo apercibimiento de despacharse orden de detención en su contra. Si la pena sustitutiva fu
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ACTA DE LA SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO CON ADMISIÓN DE RESPONSABILIDAD DEL IMPUTADO Fecha : dos de enero de dos mil veintitrés. Imputado : CARLOS FELIPE CONCHA MORGADO, cédula de identidad N° 0016125024-4, fecha de nacimiento 20 de mayo de 1985, con domicilio en Avenida CENTRAL Nº 25, comuna de San Bernardo. Fiscal : Beatriz Silva Cabezas Defensor : Marion Puga Quinteros, cédul
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