2º Juzgado Civil de Chillán

MERINO/

Rol

V-153-2017

Fecha

25 de mayo de 2020

Materia

OTROS VOLUNTARIOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que el 28 de septiembre de 2017 compareció doña MARÍA EUGENIA MERINO BRAVO, jubilada, domiciliada en calle Luis Araneda 1226 interior, Villa San Bartolomé, Chillán Viejo, y solicitó se declare la interdicción por causa de demencia de su hija, doña MACARENA ISABEL WALL MERINO, domiciliada en calle Luis Araneda 1226 interior, Villa San Bartolomé, Chillán Viejo, fundado en que ella no se encuentra en su sano juicio y se halla en un estado habitual de demencia, ya tiene una discapacidad mental severa del 70%, según consta del certificado emanado de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez y en la Credencial del Registro Nacional de Discapacidad, pues padece de autismo, lo que le produce perjuicios de orden patrimonial, debido a que sus bienes no pueden ser administrados en forma plena y se genera su detrimento y pérdida de valor comercial. Así, señala que se hace indispensable para que, en su calidad de curador, pueda administrar sus bienes en su beneficio y poder satisfacer sus necesidades, por lo que, previas citas legales, solicitó se declare la interdicción por causa de demencia de su hija, doña Macarena Isabel Wall Merino, ya individualizada, y se le designe curador definitivo de su persona y bienes. Acompañó la instrumental incorporada con esa misma fecha, consistente en: 1.- Copia autorizada de cédula de identidad del solicitante; 2.- Copia de certificados de nacimiento de la solicitante y su hija; 3.- Copias de certificado de discapacidad y de credencial de discapacidad de doña Macarena Isabel Wall Merino. El 19 de octubre de 2017 se recibió en audiencia a doña Macarena Isabel Wall Merino. El 06 de septiembre de 2019 se incorporó informe evacuado por el Servicio de Registro Civil e Identificación, en el que se señala que la presunta interdicta no registra antecedentes de matrimonio ni de hijos El 28 de octubre de 2019 se recibió en audiencia a don Máximo Antonio Wall Badillo, padre de la presunta interdicta, quien se manifestó de acuerdo con la

Fundamentos

CONSIDERANDO: Que con el mérito de los documentos allegados, de los que se desprende que la solicitante, doña María Eugenia Merino Bravo, es madre de doña Macarena Isabel Wall Merino, quien se encuentra bajo su cuidado y en estado habitual de demencia, según consta de Certificado de Discapacidad y de su credencial, y de conformidad además con lo prevenido en los artículos 2, 3 y 4 de la Ley 18.600, Ley 20.422, 10 del Decreto 47 y artículos 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil,

Fallo

se declara: I. Que se acoge la solicitud de lo principal de la presentación de 28 de septiembre de 2017 y, en consecuencia, se declara a doña MACARENA ISABEL WALL MERINO, RUT 16.784.863-k, en interdicción definitiva de administrar sus bienes por causa de demencia. II. Que se designa a doña MARÍA EUGENIA MERINO BRAVO, RUT 7.949.732-0, como curadora definitiva de su persona y bienes. III. Sirva la presente sentencia de suficiente discernimiento y se exime al curador de la obligación de rendir fianza y confeccionar inventario. IV. Dese cumplimiento con la inscripción y notificación conforme lo dispuesto en el artículo 447 del Código Civil. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. Rol V-153-2017 Dictó doña MARÍA ALEJANDRA CRUZ VIAL, Juez Interina. En Chill ná , a veinticinco de Mayo de dos mil veinte, se notific por el estadoó diario, la resoluci n precedente.ó Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-05-25T09:41:37-0400

Texto Completo (Preview)

FOJA: 16 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado Civil de Chill ná CAUSA ROL : V-153-2017 CARATULADO : MERINO/ Chill ná , veinticinco de Mayo de dos mil veinte VISTOS: Que el 28 de septiembre de 2017 compareció doña MARÍA EUGENIA MERINO BRAVO, jubilada, domiciliada en calle Luis Araneda 1226 interior, Villa San Bartolomé, Chillán Viejo, y solicitó se declare la interdicción por

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