Juzgado de Garantía de Quilpué.

MINISTERIO PUBLICO C/ FRANCISCA SOLEDAD OLIVARES OYARZO

Rol

O-3689-2020

Fecha

3 de enero de 2023

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE 4 A 40 UTM., INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: El día 10 de octubre del año 2020, a las 14:30 horas aproximadamente, al interior del supermercado Líder, ubicada en Freire N° 1351, Quilpué, la imputada se apropió con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño de diversas especies, entre ellas 15 unidades de bolso tipo banano, 02 cremas, 02 cremas de 6 x 7, 07 envases al vacío de lomo liso y vetado, 02 envases al vacío de sobrecostilla y 02 de carne tipo carnicero, los envase de carne son todos de carne de vacuno, especies todas avaluadas en la suma de $255.533, los que ocultó al interior de una bolsa tipo ecológica que portaba, traspasando el lineal de las cajas registradoras, no pagando el valor de las especies, siendo detenida por el guardia de seguridad y posteriormente entregada a funcionarios de carabineros. Los funcionarios de carabineros, al identificar a la imputada se percatan que la imputada tiene domicilio en la comuna de Viña del Mar y que ha salido de ella, comuna que se encuentra en cuarentena, sin contar con los documentos o autorizaciones correspondientes, toda vez que ésta se encuentra en cuarentena desde el 11/06/2020, según Resolución Exenta del Ministerio de Salud N° 448-2020 de la fecha indicada, manteniéndose con la última de estas resoluciones, que corresponde a la Resolución Exenta N° 831-2020 de fecha 02/10/2020.- SENTENCIA ABSOLUTORIA: Quilpué, tres de enero de dos mil veintitrés Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y la resolutiva es del siguiente tenor: Visto además lo dispuesto en los artículos 1, 5, 7, 446 N° 2 y 318 del Código Penal, artículos 45, 48, 297, 340 340, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se resuelve: I.- Que se ABSUELVE a FRANCISCA SOLEDAD OLIVARES OYARZO, cédula de identidad N° 20.484.946-3 ya individualizada, de la imputación realizada por parte del Ministerio Público como autora de un delito de Hurto simple, previsto y sancionado en el artículo 446 N° 2 del Código Penal y por el del

Fallo

se resuelve: I.- Que se ABSUELVE a FRANCISCA SOLEDAD OLIVARES OYARZO, cédula de identidad N° 20.484.946-3 ya individualizada, de la imputación realizada por parte del Ministerio Público como autora de un delito de Hurto simple, previsto y sancionado en el artículo 446 N° 2 del Código Penal y por el delito previsto y sancionado en el artículo 318 del Código Penal y por hechos ocurridos en territorio jurisdiccional de este Tribunal presuntamente con fecha 10 de octubre del año 2020. II.- Que se exime de costas al Ministerio Público estimando que litigó con motivo plausible. Dese cumplimiento a la anotación y registro de la sentencia una vez ejecutoriada. RUC N° 2001035097-3 Código: XXLXXDYYJTB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT N° 3689 - 2020 Dictada por doña PAULA BEATRIZ MILLON LORENS, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Quilpué. Código: XXLXXDYYJTB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-01-03T19:17:54-0300

Texto Completo (Preview)

HECHOS: El día 10 de octubre del año 2020, a las 14:30 horas aproximadamente, al interior del supermercado Líder, ubicada en Freire N° 1351, Quilpué, la imputada se apropió con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño de diversas especies, entre ellas 15 unidades de bolso tipo banano, 02 cremas, 02 cremas de 6 x 7, 07 envases al vacío de lomo liso y vetado, 02 envases al vacío de sobrecostilla

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