HERRERA/
Rol
V-292-2019
Fecha
25 de mayo de 2020
Materia
VEHÍCULOS MOTORIZADOS, INSCRIPCIONES EN REGISTRO
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Comparece GLORIA MARCELA HERRERA SALGADO, factor de comercio, Ced. Nac. de Ident. N 10.132.422-2, domiciliada en Parcela Elº Naranjal S/N , comuna de San Javier, en representaci n seg n acredito en° ó ú el Segundo Otros de "TRANSPORTES ALTO LAS CRUCESí LIMITADA , Sociedad destinada al giro de su denominaci n, RUT N” ó º 76.697.869-K, domiciliado en Quinta Gaete N 1460 Depto. 306,° Constituci n y para estos efectos ambos con domicilio en Hu rfanos Nó é ° 1022, Of. 806, comuna de Santiago Centro, se ala que su representada esñ due a del CAMION marca SCANIA, modelo R470, a o de fabricaci nñ ñ ó 2014, color BLANCO, motor N 6240104, chasis Nº º XLER6X20005114253, Potencia de motor 340 HP, Tipo Tracci n 6X2,ó n mero y disposici n de los ejes S2-D6, tipo de combusti n DIESEL, Pesoú ó ó Neto Vehicular 10.000 Kgs., Peso Bruto Vehicular 23.000 Kgs., carga 13.000 Kgs., Tipo de carrocer a PLANA BARANDAS y este veh culo noí í se encuentra inscrito en el Registro Nacional de Veh culos Motorizados coní Placa Patente Provisoria LPDY.81-7. Expresa que desea regularizar a su nombre la inscripci n del veh culoó í a su nombre y de acuerdo a la ley 18.290 y art culo 19071, solicita ení definitiva que se ordene al Registro Nacional de Veh culos Motorizados delí Registro Civil se inscriba el veh culo una vez practicada las diligencias queí procedan. Para efectos de acreditar la identidad del veh culo solicitado inscribirí se acompa el certificado de inspecci n ocular emitido por la Planta deñó ó Revisi n T cnica e informe de Carabineros de Chile que se ala que eló é ñ veh culo no est afecto a un delito que afecte el parque automotriz al igualí á que las citadas patentes que porta. Inform el Registro Civil e Identificaciones respecto de laó solicitud de autos. Se trajo los autos para fallo.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que TRANSPORTES ALTO LAS CRUCES LIMITADA solicita se ordene practicar, a su nombre, inscripci n en eló Registro Civil e Identificaci n, Secci n de Veh culos Motorizados, de unó ó í cami n, conforme a los antecedentes que se alan en lo expositivo.ó ñ SEGUNDO: Que el art culo 43 de la Ley de Tr nsito, establece lasí á condiciones en las que el juez puede ordenar la inscripci n o anotaci n deó ó un veh culo motorizado en el Registro Civil e Identificaci n, en el caso deí ó reclamaci n ante la negativa de inscribir o ante solicitud directa como es eló caso. TERCERO: Que se han cumplido los tr mites ordenados por la leyá en cuanto a la solicitud de informes, se alando tanto el Registro deñ Veh culos Motorizados como Carabineros de Chile que se trata de uní veh culo actualmente en circulaci n por poseer patente provisoria y no tenerí ó encargos judiciales pendientes. CUARTO: Que solicitante acompa copia de la factura que dañó cuenta de la adquisici n del cami n motivo de la presente gesti n yó ó ó declaraci n de ingreso y pago de los derechos aduaneros.ó QUINTO: Que de la inspecci n ocular realizada por la secretar a deó í Transportes y Telecomunicaciones es posible extraer adem s que los datosá suministrados por el solicitante y acreditados de la manera en que se ha dicho corresponden a lo que en la materialidad existe. SEXTO: Que en relaci n con las normas de aduana y derechos deó importaci n general, la ley 18483 en su art culo 21 se ala: A contar de laó í ñ ¨ fecha de publicaci n de esta ley, s lo podr n importarse veh culos sin uso.ó ó á í Lo dispuesto en este art culo no se aplicar a las ambulancias, cochesí á celulares, coches mortuorios, coches bombas, coches escalas, coches barredores, regadores y an logos para el aseo de v as p blicas, cochesá í ú quitanieves, coches de riego, coches gr as, coches proyectores, cochesú talleres, coches hormigoneros, coches radiol gicos, coches blindados para eló transporte de valores, coches para el arreglo de aver as, veh culos casa-í í rodante, veh culos para el transporte fuera de carretera y otros veh culosí í an logos para usos especiales, distintos del transporte propiamente dicho.á Tampoco se aplicar a aquellos veh culos que puedan importarse al amparoá í de los reg menes aduaneros especiales de la Secci n 0 del Arancelí ó Aduanero, ni a aquellos que gocen de exenci n total o parcial de derechos yó dem s grav menes de importaci n.á á ó SEPTIMO: Que sin embargo, no es posible a este Tribunal de los antecedentes aportados que se est en presencia de alguna acci n que, porá ó encubierta, pudiera estar en contradicci n con la norma antes referida. ó OCTAVO: Que no parece conveniente mantener en la incertidumbre respecto de terceros la posesi n de un bien mueble como el que nos ocupaó atendida las consecuencias que su circulaci n puede acarrear siendo de todaó necesidad tenerlo sujeto a la reglamentaci n y fiscalizaci n reglamentaria.ó ó NOVENO: Que
Fallo
por estas razones se dar lugar a lo pedido.á En consecuencia y visto lo dispuesto en los art culos 33 y siguientes deí la Ley de Tr nsito, ordenase al Registro nacional de Veh culos Motorizadosá í la inscripci n a nombre de TRANSPORTES ALTO LAS CRUCESó LIMITADA RUT N 76.697.869-Kº el CAMION marca SCANIA, modelo R470, a o de fabricaci n 2014, color BLANCO, motor N 6240104, chasisñ ó º N XLER6X20005114253, Potencia de motor 340 HP, Tipo Tracci n 6X2,º ó n mero y disposici n de los ejes S2-D6, tipo de combusti n DIESEL, Pesoú ó ó Neto Vehicular 10.000 Kgs., Peso Bruto Vehicular 23.000 Kgs., carga 13.000 Kgs., Tipo de carrocer a PLANA BARANDAS Placa Patenteí Provisoria LPDY.81-7 debi ndose mantener dicha placa provisoria adem sé á de la hora y fecha de la solicitud rechazada, declar ndose la inscripci ná ó exenta de impuesto a la transferencia por tratarse de la primera inscripci n.ó Reg strese, of ciese, dese copia y arch vese.í í í Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veinticinco de Mayo de dos mil veinte Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Góme
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 9 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-292-2019 CARATULADO : HERRERA/ Santiago, veinticinco de Mayo de dos mil veinte VISTOS Comparece GLORIA MARCELA HERRERA SALGADO, factor de comercio, Ced. Nac. de Ident. N 10.132.422-2, domiciliada en Parcela Elº Naranjal S/N , comuna de San Javier, en representaci n seg n acredito en° ó ú el Segundo Otros de "TRANS
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