7º Juzgado de Garantía de Santiago

CAMILO ALEXIS CANCINO NOVOA C/ CARLOS FELIPE MARTÍNEZ SEPÚLVEDA

Rol

O-11759-2020

Fecha

3 de enero de 2023

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos: “El día 09 de julio de 2019, a las 19:51 horas aproximadamente, la victima Patricio Morgado Salgado conducía la motocicleta por tercera pista de circulación por calle Marin en dirección al poniente y al llegar a la intersección de calle Isidoro de la comuna de Santiago, detiene su marcha ya que lo antecedían otros vehículos y en ese momento es impactado en la parte posterior, por el vehículo marca Chery modelo iq color negro patente placa única CZLZ-40 conducido por CARLOS FELIPE MARTINEZ SEPULVEDA, quien lo hacía por la misma calle y dirección, la victima producto del impacto cae al suelo sufriendo lesiones, que de acuerdo a la hipótesis diagnostica del informe de atención de urgencia del HOSCAR, resultó poli contuso de carácter leve. Al llegar Carabineros de Chile realizar el procedimiento de rigor para ambos conductores, se percatan que el Código: CYQHXDSVCSB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 requerido CARLOS FELIPE MARTINEZ SEPULVEDA, lo hacía en estado de ebriedad la cual fue constatada en el lugar por los funcionarios policiales debido a su hálito alcohólico, inestabilidad al caminar e incoherencia al hablar, practicándole en ese momento el examen de alcohotest que arrojó como resultado 1.66 gramos por mil de alcohol en la sangre al momento de desempeñar la conducción del vehículo. La alcoholemia realizada al requerido arrojó como 2,32 gramos de alcohol por mil en la sangre.” A juicio de la fiscalía Ministerio Público, los hechos descritos configuran el delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD CON RESULTADO DE DAÑOS Y LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 196 inciso primero de la Ley N° 18.290, Ley del Tránsito, en grado de desarrollo de CONSUMADO, en el cual correspondió al requerido participación en calidad de autor. Se le reconoce al imputado la circunstancia atenuante de responsabilidad penal del artículo 11 nº 6 del Código Penal1 y requiere se imponga al CARLOS

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha veintiocho de diciembre del año dos mil veintidós ante la jueza Isabel Margarita Correa Haeussler, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral del caso rol único 1900748050-7, rol interno del tribunal 11.759-2020, seguida en contra de Carlos Felipe Martínez Sepúlveda, RUN Nº15.954.997-6, nacido el 6 de enero de 1985 en Coronel, chileno, casado, funcionario público, domiciliado en pasaje Los Canelos N°102 B, comuna de Renca, asistido por la defensora penal pública doña María del Carmen Castillo. Sostuvo el requerimiento el Ministerio Público representado en la audiencia de juicio por la fiscal doña Viviana Montenegro. SEGUNDO: Que, según consta en el auto de apertura del juicio oral simplificado, el ente persecutor dedujo requerimiento, en razón de los siguientes hechos: “El día 09 de julio de 2019, a las 19:51 horas aproximadamente, la victima Patricio Morgado Salgado conducía la motocicleta por tercera pista de circulación por calle Marin en dirección al poniente y al llegar a la intersección de calle Isidoro de la comuna de Santiago, detiene su marcha ya que lo antecedían otros vehículos y en ese momento es impactado en la parte posterior, por el vehículo marca Chery modelo iq color negro patente placa única CZLZ-40 conducido por CARLOS FELIPE MARTINEZ SEPULVEDA, quien lo hacía por la misma calle y dirección, la victima producto del impacto cae al suelo sufriendo lesiones, que de acuerdo a la hipótesis diagnostica del informe de atención de urgencia del HOSCAR, resultó poli contuso de carácter leve. Al llegar Carabineros de Chile realizar el procedimiento de rigor para ambos conductores, se percatan que el Código: CYQHXDSVCSB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 requerido CARLOS FELIPE MARTINEZ SEPULVEDA, lo hacía en estado de ebriedad la cual fue constatada en el lugar por los funcionarios policiales debido a su hálito alcohólico, inestabilidad al caminar e incoherencia al hablar, practicándole en ese momento el examen de alcohotest que arrojó como resultado 1.66 gramos por mil de alcohol en la sangre al momento de desempeñar la conducción del vehículo. La alcoholemia realizada al requerido arrojó como 2,32 gramos de alcohol por mil en la sangre.” A juicio de la fiscalía Ministerio Público, los hechos descritos configuran el delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD CON RESULTADO DE DAÑOS Y LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 196 inciso primero de la Ley N° 18.290, Ley del Tránsito, en grado de desarrollo de CONSUMADO, en el cual correspondió al requerido participación en calidad de autor. Se le reconoce al imputado la circunstancia atenuante de responsabilidad penal del artículo 11 nº 6 del Código Penal1 y requiere se imponga al CARLOS FELIPE MARTÍNEZ SEPÚLVEDA una pena de 540 días de presidio menor en su grado mínimo y multa de 10 UTM, además de la suspensión de la licencia para conducir vehículos por el término de

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1° del CP, artículos 45, 46, 47, 48, 296, 297, 340, 342, 344 y 347 del CPP, SE DECLARA: I Que, se absuelve a CARLOS FELIPE MARTÍNEZ SEPÚLVEDA, ya individualizado, del requerimiento deducido en su contra en el que se le imputó la calidad de autor del delito de conducción en estado de ebriedad con resultado de daños y lesiones leves, previsto y sancionado en el artículo 196 inciso primero de la Ley N° 18.290, supuestamente perpetrado el día 9 de julio del 2019 en la jurisdicción de este Tribunal. I. Que, no se condena en costas al Ministerio Público. Déjense sin efecto las medidas cautelares que pesan sobre el requerido. Ejecutoriada esta sentencia dese cumplimiento a lo establecido en el artículo 468 del CPP. Notifíquese, regístrese y archívese en su oportunidad. RUC 1900748050-7 RIT 11.759-2020 Sentencia redactada por la jueza titular del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, Isabel Margarita Correa Haeussler. Código: CYQHXDSVCSB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: CYQHXDSVCSB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-01-03T16:57:20-0300

Texto Completo (Preview)

1 SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO Contra CARLOS FELIPE MARTÍNEZ SEPÚLVEDA RUC 1900748050-7 RIT 11.759-2020 DELITO CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD CON RESULTADO DE DAÑOS Y LESIONES LEVES SANTIAGO, tres de enero del año dos mil veintitrés. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha veintiocho de diciembre del año dos mil veintidós ante la jueza Isabel Margarita Correa Haeussler,

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