MAVRAKIS/MERCADO
Rol
T-21-2021
Fecha
25 de octubre de 2021
Materia
Art. 19 Nº 1 CPR. Derecho a la vida y la integridad, Art. 19 Nº 4 CPR. Vida Privada y Honra, Otras Indemnizaciones
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que don Emilio Nikitas Mavrakis Assad, Rut 7.944.765-k, domiciliado en calle Taira N° 1033, Calama, debidamente representado por la abogada doña María Luisa Astudillo vega interpone denuncia de tutela laboral vigente la relación laboral, en contra de la empresa “GÉMINIS SPA.” rut 76.045.121-5, representada por don Wilibaldo Mercado Sempertegui, RUT 4.430.409-6, ambos domiciliados en Avenida Bernardo O¨Higgins N° 078, Calama, y, solidariamente, en contra de la Corporación Nacional Del Cobre De Chile, división Chuquicamata, Rut 61.704.000-K, representada legalmente por don NICOLÁS RIVERA RODRÍGUEZ, RUT 14.119.793-2, ambos domiciliados en Avenida 11 Norte N° 1291, Villa Exótica, Calama. Expone que existiendo una relación laboral de carácter indefinido, el denunciante tiene el cargo de administrador de contrato con remuneraciones de acuerdo a clausula tercera y cuarta del contrato de trabajo. Indica que el 22 de enero de 2021, personal de Codelco Chile, comunicaron al Gerente de Operaciones don Víctor Tapia Saavedra y, a don Emilio Nikitas Mavrakis Assad, Administrador del Contrato por la contratista, que la minera había decidido cambiar la jornada laboral 7x7 y 4x3 de sus trabajadores, para atender al nuevo requerimiento de la mandante, la contratista debió implementar la modificación del servicio de transporte de personal, en la misma fecha le comunican al actor y a otros trabajadores que deben trabajar en la modificación e implementación de los recorridos, referidos a los conductores y recursos técnicos, solicitando por el actor y sus compañeros un plazo minimo de 10 dias para trabajar en ello, lo que fue rechazado ya que el mandante había exigido que el dia 27 de enero de 2021 debian partir con los nuevos recorridos. Trabajando el actor y sus compañeros incluso horas extras para cumplir lo ordenado dentro del plazo otorgado por el mandate, lo que fue cumplido. Una vez puesto en practico el nuevo sistema de recorridos hubo problemas con el personal de la denunciada principal, principalmente a través de los sindicatos nº1, 3. En cuanto a los indicios de la vulneración alega los insultos, ofensas por escrito, via mail, hacia el denuncia y equipo de trabajo, de parte de la dirigencia del sindicato nº3, comunicaciones via mail del 27 y 29 de enero de 2021, comunicaciones whatsapp trabajadores sindicato n1 el 01 de enero de 2021, agresiones verbales de Manuel Salazar, cuestionamientos por parte de la empresa por la implementación de los cambios el 01 de febrero de 2021 por Victor Tapia, ausencia de apoyo y validación de la empresa, condiciones de trabajo hostil, sin las mínimas condiciones para ejercer funciones y estrés laboral, amenazas de despido por parte de Víctor Tapia, vulnerándose sus derechos a la vida e integridad física de la persona artículo 19 n1, a la dignidad articulo 19 n4 ambos de la Constitución Política de la República. Indica haber sufrido perjuicios por daño emergente ya que al haber presentado licencia medid
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 2, 4, 5, 7, 8, 10, 63, 160, 420, 425 y siguientes, 446 y siguientes, 456, 459, 485, 489 y siguientes del Código del Trabajo, artículo 19 número 1°, 4 de la Constitución Política de la República y demás disposiciones aplicables, se declara: I.- SE RECHAZA en todas sus partes la denuncia de tutela laboral vigente la relación laboral interpuesta por Emilio Nikitas Mavrakis Assad, Rut 7.944.765-k, domiciliado en calle Taira N° 1033, Calama, en contra de la empresa “GÉMINIS SPA.” rut 76.045.121-5, representada por don Wilibaldo Mercado Sempertegui, RUT 4.430.409-6, ambos domiciliados en Avenida Bernardo O¨Higgins N° 078, Calama, y, solidariamente, en contra de la Corporación Nacional Del Cobre De Chile, división Chuquicamata, Rut 61.704.000-K, representada legalmente por don Nicolás Rivera Rodríguez, RUT 14.119.793-2, ambos domiciliados en Avenida 11 Norte N° 1291, Villa Exótica, Calama II.- Que cada parte pagara sus costas. Regístrese y comuníquese. RIT N° RUC N° 21- 4-0322330-9 Dirigió la audiencia y dictó sentencia LISSETE CAIMANQUE SALAS, Juez del Trabajo suplente de Calama. En Calama, a veinticinco de octubre de dos mil veintiuno, la sentencia que antecede se notificó por el estado diario de hoy. 38
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Calama, veinticinco de octubre de dos mil veintiuno VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que don Emilio Nikitas Mavrakis Assad, Rut 7.944.765-k, domiciliado en calle Taira N° 1033, Calama, debidamente representado por la abogada doña María Luisa Astudillo vega interpone denuncia de tutela laboral vigente la relación laboral, en contra de la empresa “GÉMINIS SPA.” rut 76.045.121-5, representada por don
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