MP C/ RODRIGO FERNANDO ORTEGA IBACETA
Rol
O-78-2022
Fecha
2 de enero de 2023
Materia
TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1° Que, el día veintiséis de diciembre del año en curso, ante la Sala Única del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique, integrada por las juezas, doña ROSALÍA EDITH MANSILLA QUIROZ, quien la presidió, doña MÓNICA GISELA COLOMA PULGAR y el juez don PABLO ANDRÉS FREIRE GAVILÁN, se dio inicio a la audiencia de juicio oral en contra de los acusados: 1. RODRIGO FERNANDO ORTEGA IBACETA, C.I. 13.993.935-2, chileno, soltero, obrero de la construcción, 41 años de edad, nacido en Viña del Mar, el 2 de septiembre de 1981, con domicilio en Destructor Jayac, Block 34, departamento 32, Nuevo Horizonte, Glorias Navales, comuna de Viña del Mar, representado por el Defensor Penal Público, don MARCEL VILLEGAS VARGAS, con domicilio en calle Freire N°274, comuna de Coyhaique, y, 2. JHOSELYN ALEXANDRA BASTIDAS ILLANES, C.I. 16.487.036-7, chilena, separada, técnico en enfermería nivel superior, 36 años, nacida en Valparaíso, el 12 de diciembre de 1986, con domicilio en calle Fragata Covadonga N°345, Block 29, departamento 23, Nuevo Horizonte, Glorias Navales, comuna de Viña del Mar, representada por el defensor penal privado, don LORENZO AVILÉS RUBILAR, con domicilio en calle Moraleda N°480, oficina 1, comuna de Coyhaique. Sostuvo la acusación el MINISTERIO PÚBLICO, representado por la Fiscal Adjunto, doña MARÍA INÉS NÚÑEZ BRISO, con domicilio en calle 21 de Mayo N°605, de esta comuna. 2° Que, la ACUSACIÓN del Ministerio Público fue del siguiente tenor: HECHOS: “En el mes de marzo de 2022, los imputados RODRIGO FERNANDO ORTEGA IBACETA y JHOSELYN ALEXANDRA BASTIDAS ILLANES coordinaron con un tercero el transporte de droga desde la ciudad de Viña del Mar hacia la comuna de Puerto Cisnes, para lo cual, utilizaron el servicio de la empresa de transportes Starken. Es así que, Código: RXFQXDNSRHB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 el día 06 de abril de 2022, la encomienda llegó a la sucursal de la empresa Starken, ubicada en calle Magallanes número 303 de la comuna de Coyhaique. En dicho lugar, la encomienda fue identificada por un can detector de drogas, y previa autorización, personal de OS7 procedió a su apertura, sustitución y entrega vigilada. Dicha encomienda contenía en su interior las siguientes especies: -Dos bolsas transparentes contenedoras de una sustancia blanca similar a la cocaína cuyo análisis de laboratorio concluyó que se trataba de cocaína clorhidrato 13% y 14% respectivamente, y cuyo peso neto ascendió a 35,8 y 10,45 gramos. -Una bolsa con una sustancia vegetal de color verde similar a la marihuana cuya prueba de campo arrojó positivo a la presencia de tetrahidrocannabinol y su análisis de laboratorio detectó la presencia de cannabinoides, tratándose de hierba del género cannabis. Su peso neto ascendió a 27.87 gramos. - Un envase metálico con la leyenda Nescafé con dos contenedores envueltos en cinta adhesiva en cuyo interior había una sustancia vegetal simila
Fallo
se acuerda la entrega, en la tarde. La compradora agradece diciendo “me salvaste el finde”. En otra conversación de septiembre de 2021, le preguntan a la acusada si tiene un producto, y ella responde que no, que en cuanto llegue le avisa. Lo mismo ocurre en otra conversación de octubre de 2021, luego de lo cual la acusada le dice que ya llegaron, que valen 15, a lo que la compradora le contesta que le va a depositar, se envían los datos de transferencia y luego el comprobante de pago, respondiéndole la compradora nuevamente que “le había salvado el fin de semana”. Luego, en el mes de febrero de 2022, la misma compradora, le consulta por una gramera, ella le dice que Rodrigo tiene, que le va a preguntar a él. Posteriormente, en las imágenes, se pueden observar sustancias vegetales similares a la marihuana, plantas del mismo género, un envoltorio de nylon con una sustancia amarillenta, según el experto, similar al tusy, y un comprobante de transferencia por $30.000 a Rodrigo Ortega Ibaceta, de fecha 27 de agosto de 2021, lo que puede colegirse que corresponde al pago de dos gramos de $15.000. Finalmente, en los audios, el perito destacó uno de fecha 5 de enero de 2022, en que la acusada indica que su hombre vende, de diez para arriba, que lo atribuye a la venta de droga. Luego el 6 de febrero hace alusión a que no “te vayan a pillar con yerba”. El 25 de marzo de 2022 habla presumiblemente con el acusado, éste le señala que tiene la falopa en la mano, y ella le pide que le guard
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1 Coyhaique, dos de enero de dos mil veintitrés. VISTO Y CONSIDERANDO: 1° Que, el día veintiséis de diciembre del año en curso, ante la Sala Única del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique, integrada por las juezas, doña ROSALÍA EDITH MANSILLA QUIROZ, quien la presidió, doña MÓNICA GISELA COLOMA PULGAR y el juez don PABLO ANDRÉS FREIRE GAVILÁN, se dio inicio a la audiencia de juicio ora
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