ROJO/
Rol
V-274-2019
Fecha
25 de mayo de 2020
Materia
PERPETUA MEMORIA, INFORMACIÓN
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1.- Que con fecha 1 de agosto de 2019, comparece doña Lilia Poblete Calderón, abogado, con domicilio en calle Manuel Bulnes N° 120, Salamanca, en representación, de doña María Luz Olga Rojo Castilllo, labores de casa, Cédula de Identidad N° 5.060.579- 5, con domicilio en Parcela N° 20, lote N° 3, Chuchiñí, Salamanca, y solicita, en conformidad al artículo 909 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se admita la información para perpetua memoria de su representada, doña María Luz Olga Rojo Castillo, con el propósito de acreditar que por error figura en la nómina de comuneros de la Comunidad de Aguas del “Canal Las Viudas” de la Cuenca del Río Choapa, con un nombre distinto, según consta de la inscripción de dichas comunidades en el Conservador de Bienes Raíces de Illapel, atendido que allí se establece que en dicha nómina aparece doña LUZ MARIA ROJO CASTILLO, como propietaria de cero coma cincuenta acciones de aguas y no al nombre de doña MARIA LUZ OLGA ROJO CASTILLO y con el propósito de modificar el nombre, por lo que requiere que se admita la información sumaria de testigos para Perpetua Memoria fundada en que en el Certificado de Vigencia de la Comunidad de Aguas acompañado a la solicitud emitido por el Señor Conservador y Archivero de Illapel, certifica que a fojas 149 vta., N° 69 del Registro de Propiedad de Aguas de ese Conservador, año 1992, está vigente la Comunidad de Aguas del Canal Las Viudas, Cuenca del Río Choapa y en la nómina de comuneros figura Luz María Rojo Castillo, como titular de cero coma cincuenta acciones, parcela 20, lote 3, Colonia Chuchiñí, Comuna de Salamanca, Provincia de Choapa, Cuarta Región, inscripción que con esta fecha se encuentra vigente a su nombre, siendo el derecho de aprovechamiento de aguas de carácter consuntivo, de ejercicio permanente y continuo. Añade que, ante la eventualidad de efectuar cualquier tipo de acto jurídico, respecto de dichas acciones, le será imposible, dado que figura individualizada erróneamente, ello dado que el nombre de su representada es MARIA LUZ OLGA ROJO CASTILLO, y no Luz María Rojo Castillo, como lo señala el certificado de vigencia de la Comunidad de Aguas acompañado a los antecedentes, por lo que en razón de lo anteriormente pide que se admita información sumaria de testigos para perpetua memoria, a fin de acreditar que la persona que figura erróneamente como Luz María Rojo Castillo, en la nómina de la Comunidad de Aguas del Canal Las Viudas de la cuenca del Rio Choapa, se trataría de su representada doña MARIA LUZ OLGA ROJO CASTILLO. 2.- Que a fin de acreditar sus pretensiones la requirente ofreció la declaración como testigos de doña Sonia Ingrid Katter Panitzki, cédula de identidad N° 5.117.120-9, agricultor, con domicilio en Cancha Brava N° 35, Salamanca, doña Milca Ruth Ulloa Santander, cédula de identidad N° 13.181.758-4, geógrafa, con domicilio en Parcela 11, lote 1, Chuchiñí, Salamanca, y doña Soraya de las Mercedes Fuentes Bugueño, cédula de
Fallo
SE RESUELVE: Que se aprueba la información para perpetua memoria contenida en las declaraciones de fecha 29 de octubre de 2019 prestadas en la presente causa por doña Sonia Ingrid Kratter Panitzki y doña Soraya de las Mercedes Fuentes Bugueño, quienes han declarado y establecido lo siguiente: 1.- En cuanto a la declaración de doña Doña SONIA INGRID KRATTER PANITZKI, quien expuso respecto del punto 1, que el nombre de la solicitante que aparece en la nómina de regantes de la Comunidad de Aguas Canal Las Viudas como LUZ MARIA ROJO CASTILLO, no es el correcto. Esto lo sabe y le consta porque ella es Presidenta del Canal Las Viudas y por lo tanto está informada de lo que allí está escrito, además, tiene a su cargo los registros de regantes y se ha dado cuenta perfectamente de esta situación, y por lo mismo el nombre de la persona que debe aparecer en esa nómina es doña MARIA LUZ OLGA ROJO CASTILLO, como propietaria de cero coma cincuenta acciones de aguas del Canal Las Viudas, Cuenca Río Choapa.. En cuanto al punto 2, señala que es efectivo, por cuanto su nombre verdadero no aparece en la nómina de regantes de la Comunidad de Aguas del Canal Las Viudas, Cuenca del Río Choapa y le consta porque la solicitante le ha exhibido su cédula de identidad en la que aparece como María Luz Olga Rojo Castillo. 2.- En relación a la declaración de doña SORAYA DE LAS MERCEDES FUENTES BUGUEÑO, quien expuso al punto 1, que el nombre señalado en la nómina de regante del Canal Las Viudas, como Luz
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Illapel CAUSA ROL : V-274-2019 CARATULADO : ROJO/ Illapel, veinticinco de Mayo de dos mil veinte. VISTO Y CONSIDERANDO: 1.- Que con fecha 1 de agosto de 2019, comparece doña Lilia Poblete Calderón, abogado, con domicilio en calle Manuel Bulnes N° 120, Salamanca, en representación, de doña María Luz Olga Rojo Castilllo, labores de casa
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