Juzgado de Letras y Garantía de Bulnes.

MINISTERIO PUBLICO FISCALIA LOCAL C/ EDUARDO CAMILO VERA REYES

Rol

O-1128-2022

Fecha

27 de diciembre de 2022

Materia

ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS “El día 10 de septiembre del año 2022 en horas de la noche aproximadamente a las 01.15 horas el imputado Eduardo Camilo Vera Reyes concurrió al domicilio ubicado en calle Colo Colo a la altura del número 441 de la comuna de Quillón lugar al cual ingresó mediante el escalamiento de la pandereta para luego ingresar mediante una ventana al domicilio recorriendo el interior el inmueble con el objeto de apropiarse de especies siendo sorprendido por la víctima Bárbara Elizabeth Cea Castillo huyendo el imputado del lugar” CALIFICACIÓN JURÍDICA Robo en lugar habitado GRADO EJECUCIÓN Consumado PARTICIPACIÓN Autor REQUERIDO ACEPTA EL Código: GBZXXDFFXFB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl REQUERIMIENTO LECTURA DE SENTENCIA La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal; la resolutiva es del siguiente tenor: I.- Que, SE CONDENA a don EDUARDO CAMILO VERA REYES, cedula de identidad N° 0016992948-3, como autor del delito de robo en lugar habitado, a la pena de 5 AÑOS Y 1 DIA DE PRESIDIO MAYOR EN GRADO MINIMO y a las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. II.- Que no reuniendo requisitos para cumplir la pena en libertad, deberá cumplirla de manera EFECTIVA, sirviéndole de abono los dias que ha permanecido privado de libertad por esta causa, a saber desde el día 10/09/2022 (fecha de ingreso a prisión preventiva) hasta el día de hoy. III.- Se exime al sentenciado del pago de las costas al haber ahorrado un juicio efectivo al Estado. Ejecutoriado el fallo, cúmplase con lo dispuesto en el art. 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese, dese copia y archívese, en su oportunidad Existe renuncia a recursos y plaz

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Individualización de Audiencia de Procedimiento abreviado.. Fecha Bulnes., veintisiete de diciembre de dos mil veintidós Magistrado CAROLINA ANDREA SANCHEZ ABARCA Fiscal ANDRES MAURICIO SALGADO VALDEBENITO Defensor ANDRÉS ALEJANDRO MACAYA CONTRERAS Hora inicio 12:00PM Hora termino 12:30PM Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Letras y Garantía de Bulnes. Acta Pablo Flores Aguilera RUC 2210045753-2 RIT

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