Juzgado de Letras y Garantia de Alto Hospicio

FL AH C/ JOSÉ JACINTO VALLEJOS SÁNCHEZ

Rol

O-4095-2021

Fecha

27 de diciembre de 2022

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3.

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto y

Fundamentos

considerando

Fallo

Se declara: Que se condena a RUTH DEL TRÁNSITO TAPIA CASTRO, cédula de identidad N° 10.961.826-8, ya individualizado, como autor del delito consumado de AMENAZAS SIMPLES, previsto y sancionado en el artículo 296 N°3 del Código Penal, ocurrido en territorio jurisdiccional de este tribunal, el día 21 de noviembre de 2021, a sufrir la pena de: PENA CORPORAL Extensión Pena Abonos 61 días Presidio menor en su grado medio Sin abonos Pena Sustitutiva Extensión Lugar de cumplimiento Remisión condicional 1 año CRS Alto Hospicio Observación: • Que concurriendo a su respecto los presupuestos del artículo 4 de la Ley N°18.216, se sustituye a la sentenciada la pena privativa de libertad por la de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo someterse a la observación y vigilancia de Gendarmería de Chile correspondiente a su domicilio, esto el CRS de Alto Hospicio, por el plazo de 1 año. • El sentenciado deberá presentarse ante el Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile, ya individualizado, dentro del plazo de DIEZ días. PENAS ACCESORIAS, INHABILIDADES Y OTRAS Suspensión de cargo y oficio público durante el tiempo que dure la condena SI Código: LGTFXDWVFYX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Observación: • Sin observaciones. COSTAS No se condena en costas. OTROS EFECTOS • Los intervinientes quedan personalmente notificados en este acto. • Téngase por efectuada la renuncia a los plazos y recursos legales de la defensa y e

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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO “Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal. La Presente acta solo constituye un registro administrativo que contiene una relación resumida de lo obrado

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