MP C/ JONATHAN NELSON PIZARRO ALARCÓN
Rol
O-7483-2020
Fecha
27 de diciembre de 2022
Materia
POSESIÓN O TENENCIA DE ARMAS PROHIBIDAS, POSESION TENENCIA O PORTE DE MUN Y SUST QUIMICAS
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos HECHO 1.- RUC 2000699748-2. El día 12 de julio del año 2020 siendo las 9:15 horas aproximadamente los imputados circulaban al interior del auto placa patente única JRLF-94 marca Ford, modelo ecosport, color rojo, año 2017 y lo hacían por Calle Pedro Sancho de la hoz cercano intersección Avenida Santa Marta comuna de San Bernardo, el imputado JONATHAN NELSON PIZARRO ALARCÓ conducía el auto y portaba y poseía entre sus pies en el suelo del auto entre los pedales 15 proyectiles balísticos calibre 9mm, el imputado JOSÉ LUIS UTRERAS CORDERO portaba y poseía en su bolsillo de pantalón 13 proyectiles balísticos 9 mm y respecto del imputado ROBERTO CLAUDIO MORALES VIDAL portaba en su bolsillo de pantalón 5 cartuchos balístico de 9 mm, los tres imputados sin contar con autorización para el porte o tenencia de municiones. HECHO 2.- RUC 2100574269-K. El día 17 de junio de 2021, en calle Diego de Medellín NRo. 4689 de la comuna de San Bernardo, el imputado JOSÉ LUIS UTRERAS CORDERO, portaba – sin la competente autorización- una pistola marca Blow, modelo TK92K, serie Nro. B22y2-21010987, color negro, con mira laser Código: XREKXDTPXWX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl en su cañón, manteniendo en su cargador una munición marca GFL 9mm P.A.KNALL, sin percutir, armamento que era originariamente arma de fogueo con su cañón desobturado y apta para el disparo de munición real. Transcripción de lo resolutivo de la sentencia dictada en audiencia. La parte expositiva y considerativa de la presente sentencia se encuentra íntegramente registrada en audio de esta misma fecha, así también la parte resolutiva, cuyo tenor es el siguiente: Y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 No. 9, 15 No. 1, 18, 21, 25, 29, 30, 31, 49, 50 al 54 del Código Penal; 45, 47, 297, 340, 342, 406 y siguientes del Código Procesal Penal; 2,3,9,13 de la Ley No. 17.798, se declara: I.- Que se condena a JOSÉ LUIS UTRERAS CORDERO,
Fallo
se declara: I.- Que se condena a JOSÉ LUIS UTRERAS CORDERO, cédula de identidad N° 0018750026-5, a la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, y a la accesoria legal de suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, como autor del delito de porte y tenencia de municiones ilegal previsto y sancionado artículo 9° inciso segundo en relación al artículo segundo letra C) de la ley 17798, delito cometido en este territorio jurisdiccional del tribunal, el día 12 de julio de 2020. La pena corporal se tiene por cumplida atendido el tiempo que permaneció sujeto a la medida cautelar de arresto domiciliario nocturno entre el día 13 de julio de 2020 al día de hoy (896 días atendido que registra un incumplimiento), lo que proporcionalmente corresponde a un total de 597 días de abono. II.- Que se condena a JOSÉ LUIS UTRERAS CORDERO, cédula de identidad N° 0018750026-5, a la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad en calidad de autor de un delito consumado de porte de arma modificada, previsto y sancionado en el artículo 13 en relación al artículo 3 letra d) de la ley 17.798 ; cometido en esta jurisdicción el día 17 de junio de 2022. Código: XREKXDTPXWX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en ht
Texto Completo (Preview)
ACTA DE LA SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO CON ADMISIÓN DE RESPONSABILIDAD DEL IMPUTADO. Fecha : veintisiete de diciembre de dos mil veintidós. Imputado : JOSÉ LUIS UTRERAS CORDERO, cédula de identidad N° 0018750026-5, nacido el día 04 de enero de 1994, con domicilio en Calle Calle JUAN DE HERRERA villa santa marta Nº016 Nº ., comuna de San Bernardo.. Fiscal : CRISTOFER MORALES. Defe
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