MINISTERIO PUBLICO C/ HUGO ANDRÉS GONZÁLEZ SANTIS
Rol
O-2641-2021
Fecha
30 de diciembre de 2022
Materia
ATENTADOS Y AMENAZAS CONTRA LA AUTORIDAD. ART. 261N? 1Y., MALTRATO OBRA A CARABINEROS ART. 416 BIS CODIGO JUST.MILITAR
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: “El día 27 de agosto del año 2021 a las 11:20 horas aproximadamente, personal policial de la dotación de la vigésimo Cuarta Comisaria de Melipilla que efectuaba patrullaje preventivo por calle Carlos Avilés en dirección al norte al llegar a calle Lago Lleu-Lleu de la Comuna de Melipilla, trataba de realizar un control preventivo al requerido ya individualizado, quien se niega a la fiscalización dándose a la fuga del lugar por calle Carlos Avilés hacia el norte, tomando calle Libertad en dirección al oriente, logrando interceptarlo en calle Libertad con pasaje Violeta Parra, donde de forma agresiva comenzó un forcejeo con el personal policial tomando el armamento fiscal del subteniente Juan Muñoz Cerda, sacándolo de la funda y apuntándolo en sus piernas, debiendo prestar cooperación el cabo primero Felipe Sanhueza, dónde logran inhibir la sustracción del armamento, oponiendo reiterada resistencia el requerido dando golpes de pie y puño al personal policial, golpeando en este caso, logrando lesionar al funcionario Muñoz Cerda, resultando este con las siguientes lesiones, presencia de gradación de cinco centímetros fondo limpio con sangrado activo en cara dorsal de mano derecha, sin limitación funcional de carácter leve, conforme al suscribió el medico de turno del Hospital San José de Melipilla, logrando finalmente ser detenido en el lugar el requerido.” Circunstancias modificatorias: Que favorece al requerido las circunstancias atenuantes de responsabilidad previstas en el artículo 11 N° 9 del Código Penal, atendido que ha colaborado sustancialmente al esclarecimiento de los hechos, pues ha reconocido responsabilidad en los hechos contenidos en el requerimiento, pese a tener derecho a un juicio oral. Y visto además lo prescrito en los artículos 1, 3, 5,7, 11 N° 9, 15 N°1, 67, 70, 161 N° 2 y 162 del Código Penal; articulo 416 del código de justicia militar, artículos, 388, 389, 390, 394 y 395 del Código Procesal Penal; artículo, 1, 7 y 8 de la ley 18.216, se
Fallo
se declara que: I.- Que se condena a don HUGO ANDRÉS GONZÁLEZ SANTIS, cédula de identidad N° 0016576464-1, ya individualizado, como autor de los delitos de maltrato de obra a carabineros y atentado contra la autoridad, previsto y sancionado en el artículo 416 del código justicia militar, artículo 161 N°2 del Código Penal, en grado de desarrollo consumado, cometido el día 27 de agosto de 2021, a sufrir dos penas de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, y suspensión de cargo y oficio público mientras dure la condena. II.- Que, reuniéndose en la especie los requisitos del artículo 7 Y 8° de la Ley Código: FXGEXDXPHVX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 18.216, se concede al sentenciado la pena sustitutiva de reclusión parcial domiciliaria debiendo dar cumplimiento a dicha pena, computándose una noche por cada día que debe permanecer privado de libertad en el domicilio aportado por el condenado, desde las 22:00 horas hasta las 06:00, debiendo presentarse el día 10 de enero de 2023 para la instalación de monitoreo telemático al CRS Santiago Occidente. Sirviéndole 8 días de abonos que estuvo privado de libertad. III.- Que no se condena en costas al sentenciado. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. RUC N° 2100779737-8 RIT N° 2641 - 2021 Dictada por don VICTOR MANUEL FERNANDEZ ORTEGA, Juez titular del Juzgado de Garantía de Melipilla. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se
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SENTENCIA DEFINITIVA FECHA: Melipilla, treinta de diciembre de dos mil veintidós. TRIBUNAL: JUZGADO DE GARANTÍA DE MELIPILLA MAGISTRADO: VICTOR FERNANDEZ ORTEGA RUC: 2100779737-8 RIT: 2641-2021 IMPUTADO : HUGO ANDRÉS GONZÁLEZ SANTIS C.I. : 0016576464-1 FECHA DE NAC.: 13-10-1986 DIRECCION: Sector LOS LAGOS II PJE. COLICO Nº 1840 COMUNA: Melipilla. Hechos: “El día 27 de agosto del año 2021 a las 11
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