Juzgado de Garantía de Puerto Varas.

MINISTERIO PUBLICO C/ DORAMA ESTEFANNY SEPÚLVEDA ORMEÑO

Rol

O-2292-2022

Fecha

29 de diciembre de 2022

Materia

VIOLACION DE MORADA.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos “El día 16 de octubre del año 2022, en horas de la mañana cerca de las 08:45 horas aproximadamente, los imputados José Luis Garrido Ormeño y Dorama Sepúlveda Ormeño, concurrieron hasta el domicilio ubicado en Pasaje E Población del Sur, N° 2388 de Puerto Varas, de propiedad de la víctima Gladys Ortega Gallardo, efectuando ingreso hasta el patio de la propiedad del inmueble contra la voluntad y autorización de su propietaria”. Puerto Varas, a veintinueve de diciembre de dos mil veintidós. VISTOS Y OÍDOS Por las consideraciones expuestas y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 14 N°1, 15 N°1, 25, 30, 67, 69, 70, 144 del Código Penal; artículos 45 y siguientes, 297, 340 y siguientes, 388 y siguientes, 395 del Código Procesal Penal; SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a JOSÉ LUIS GARRIDO ORMEÑO, Cédula de Identidad N° 15.280.385-0, domiciliado en Calle Nicanor García D-32, comuna de Puerto Varas, mail valentinagarriado323@gmail.com, por su responsabilidad como AUTOR del delito CONSUMADO de VIOLACIÓN DE MORADA, previsto y sancionado en el artículo 144 del Código Penal, hecho ocurrido el día 16 de octubre de 2022, en la comuna de Puerto Varas, en perjuicio de la propiedad de Gladys Ortega Gallardo, a la pena de SETENTA Y CUATRO (74) DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, accesoria de suspensión de cargo y oficio público durante el tiempo de la condena. II.- Que, la pena privativa de libertad SE TENDRA POR CUMPLIDA con el tiempo que estuvo detenido, a saber el 16 de octubre de 2022, y luego en prisión preventiva desde el 17 de octubre de 2022 de manera ininterrumpida hasta la fecha, por lo tanto, se da por cumplida dicha condena, oficiando a ese respecto a Gendarmería para la pronta libertad del sentenciado. III.- Que se exime a los sentenciados del pago de las costas de la causa, por el ahorro de recursos que significa aceptar este procedimiento. Atendida la renuncia a plazos y recursos legales de parte de los intervinientes, CÚM

Fallo

SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a JOSÉ LUIS GARRIDO ORMEÑO, Cédula de Identidad N° 15.280.385-0, domiciliado en Calle Nicanor García D-32, comuna de Puerto Varas, mail valentinagarriado323@gmail.com, por su responsabilidad como AUTOR del delito CONSUMADO de VIOLACIÓN DE MORADA, previsto y sancionado en el artículo 144 del Código Penal, hecho ocurrido el día 16 de octubre de 2022, en la comuna de Puerto Varas, en perjuicio de la propiedad de Gladys Ortega Gallardo, a la pena de SETENTA Y CUATRO (74) DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, accesoria de suspensión de cargo y oficio público durante el tiempo de la condena. II.- Que, la pena privativa de libertad SE TENDRA POR CUMPLIDA con el tiempo que estuvo detenido, a saber el 16 de octubre de 2022, y luego en prisión preventiva desde el 17 de octubre de 2022 de manera ininterrumpida hasta la fecha, por lo tanto, se da por cumplida dicha condena, oficiando a ese respecto a Gendarmería para la pronta libertad del sentenciado. III.- Que se exime a los sentenciados del pago de las costas de la causa, por el ahorro de recursos que significa aceptar este procedimiento. Atendida la renuncia a plazos y recursos legales de parte de los intervinientes, CÚMPLASE con el artículo 468 del Código Procesal Penal. Código: BXJNXDXRFWX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:valentinagarriado323@gmail.com Juzgado de Garantía de Puerto Varas Se ordena el cese de la prisió

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Juzgado de Garantía de Puerto Varas SENTENCIA PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Hechos “El día 16 de octubre del año 2022, en horas de la mañana cerca de las 08:45 horas aproximadamente, los imputados José Luis Garrido Ormeño y Dorama Sepúlveda Ormeño, concurrieron hasta el domicilio ubicado en Pasaje E Población del Sur, N° 2388 de Puerto Varas, de propiedad de la víctima Gladys Ortega Gallardo, efectua

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